Discurso del Santo Padre Juan Pablo
II
a los participantes en el curso sobre el fuero interno
organizado por la Penitenciaría Apostólica
Viernes 28 de marzo de 2003
Queridos hermanos:
1. El curso sobre el fuero interno, organizado anualmente por la
Penitenciaría apostólica, me brinda la oportunidad de acogeros en una audiencia
especial. Dirijo un saludo cordial al pro-penitenciario mayor, monseñor Luigi
De Magistris, al que agradezco las amables palabras que me ha dirigido. Saludo
también a los prelados y oficiales del mismo Tribunal y a los padres
penitenciarios de las basílicas patriarcales de Roma, así como a los jóvenes
sacerdotes y aspirantes al sacerdocio que participan en esta tradicional oportunidad
de profundización doctrinal.
En diversas ocasiones he expresado mi aprecio por cuantos se dedican al
ministerio penitencial en la Iglesia: en verdad, el sacerdote católico es, ante
todo, ministro del sacrificio redentor de Cristo en la Eucaristía y ministro
del perdón divino en el sacramento de la penitencia.
2. En esta circunstancia, deseo considerar en particular la relación
privilegiada que existe entre el sacerdocio y el sacramento de la
reconciliación, que el presbítero debe recibir ante todo con fe y humildad,
además de hacerlo con frecuencia por convicción. En efecto, con respecto a los
eclesiásticos, el concilio Vaticano II enseña: "Los ministros de la gracia
sacramental se unen íntimamente a Cristo, salvador y pastor, por medio de la
fructuosa recepción de los sacramentos, sobre todo por la confesión sacramental
frecuente, ya que, preparado con el examen de conciencia diario, favorece
muchísimo la necesaria conversión del corazón al amor del Padre de las
misericordias" (Presbyterorum ordinis, 18;
Código de derecho canónico, c. 276, 2, 5° y, análogamente, Código de cánones de
las Iglesias orientales, c. 369, 1).
Al valor intrínseco del sacramento de la penitencia, en cuanto recibido por
el sacerdote como penitente, se añade su eficacia ascética como ocasión de
examen de sí mismo y, por tanto, de verificación, gozosa o dolorosa, del propio
nivel de fidelidad a las promesas. Además, es un momento inefable de
"experiencia" de la caridad eterna que el Señor siente por cada uno
de nosotros en su singularidad irrepetible; es desahogo de desilusiones y
amarguras, que tal vez nos han infligido injustamente; y es bálsamo consolador
para las múltiples formas de sufrimiento que caracterizan la vida.
3. Asimismo, en cuanto ministro del sacramento de la penitencia, el
sacerdote, consciente del valioso don de gracia puesto en sus manos, debe
ofrecer a los fieles la caridad de la acogida solícita, sin escatimar su
tiempo, y sin aspereza o frialdad en su trato. A la vez, debe practicar la
caridad, más aún, la justicia, al referir, sin variantes ideológicas y sin
rebajas arbitrarias, la enseñanza auténtica de la Iglesia, rechazando las
profanas vocum novitates, con respecto a sus problemas.
En particular, deseo llamar aquí vuestra atención hacia la necesaria
adhesión al Magisterio de la Iglesia sobre los complejos problemas que se
plantean en el campo bioético y sobre la normativa moral y canónica en el
ámbito matrimonial. En mi carta dirigida a los sacerdotes con ocasión del Jueves
santo de 2002 observé: "A veces sucede que los fieles, a propósito de
ciertas cuestiones éticas de actualidad, salen de la confesión con ideas
bastante confusas, en parte porque "tampoco encuentran en los confesores
la misma línea de juicio". En realidad, quienes ejercen en nombre de Dios
y de la Iglesia este delicado ministerio tienen el preciso deber de no
cultivar, y menos aún manifestar en el momento de la confesión, valoraciones
personales no conformes con lo que la Iglesia enseña y proclama. "No se
puede confundir con el amor el faltar a la verdad por un mal entendido sentido
de comprensión"" (Carta a los sacerdotes, 17 de marzo de 2002, n. 10:
L'Osservatore Romano, edición en lengua española, 22 de marzo de 2002, p. 9).
4. El sacramento de la penitencia, si se administra y se recibe bien,
es un instrumento excelente para el discernimiento vocacional. Quien actúa en
el fuero interno debe alcanzar personalmente la certeza moral sobre la
idoneidad e integridad de aquellos a quienes dirige espiritualmente, para poder
aprobar lícitamente y animar su intención de acceder a las órdenes. Por tanto,
esa certeza moral sólo se puede tener cuando la fidelidad del candidato a las
exigencias de la vocación se ha comprobado con una larga experiencia.
En cualquier caso, el director espiritual no sólo debe ofrecer a los
candidatos al sacerdocio el discernimiento, sino también el ejemplo de su vida,
tratando de reproducir en sí el corazón de Cristo.
5. El recto y fructuoso ministerio penitencial y el deseo de recurrir
personalmente al sacramento de la penitencia dependen sobre todo de la gracia
del Señor. Para que el sacerdote obtenga este don es de singular importancia la
mediación de María, Madre de la Iglesia y Madre de los sacerdotes, por ser
Madre de Jesús, sumo y eterno Sacerdote. Que ella obtenga de su Hijo para todos
los sacerdotes el don de la santidad mediante el sacramento de la penitencia,
recibido con humildad y ofrecido con generosidad.
Que sobre vuestras convicciones, vuestros propósitos y vuestras esperanzas
descienda, propiciadora de las bendiciones de Dios, la bendición apostólica,
que con afecto imparto a todos.
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