CARTA APOSTÓLICA
«Vicesimus
Quintus Annus»
DEL SUMO PONTÍFICE
JUAN PABLO II
EN EL XXV ANIVERSARIO DE LA
CONSTITUCIÓN SOBRE LA SAGRADA LITURGIA
A todos los Hermanos en el Episcopado y en el Sacerdocio,
Salud y Bendición Apostólica.
1. HAN PASADO VEINTICINCO AÑOS desde que, el
4 de diciembre del año 1963, el Sumo Pontífice Pablo VI promulgó la
Constitución Sacrosanctum concilium sobre
la Sagrada Liturgia, que los Padres del Concilio Vaticano II, reunidos en el
Espíritu Santo, poco antes habían aprobado [1]. Fue
aquel un acontecimiento memorable por diversas razones. En efecto, era el
primer fruto del Concilio, querido por Juan XXIII, para que la Iglesia se
pusiera al día; había sido preparado por un amplio movimiento litúrgico y
pastoral, y era portador de esperanza para la vida y la renovación eclesial.
Llevando a cabo la reforma de la Liturgia, el Concilio realizó de modo muy
concreto la finalidad fundamental que se había propuesto: «Acrecentar de día en
día entre los fieles la vida cristiana, adaptar mejor a las necesidades de
nuestro tiempo las instituciones que están sujetas a cambio, promover todo
aquello que pueda contribuir a la unión de cuantos creen en Jesucristo y
fortalecer lo que sirve para invitar a todos los hombres al seno de la Iglesia»
[2].
2. Desde el inicio de mi servicio
pastoral en la cátedra de Pedro, me preocupé en «insistir sobre la importancia
permanente del Concilio Vaticano II» y tomé «el empeño formal de dar al mismo
la correspondiente aplicación». Y añadí que convenía «hacer madurar, con el
estilo propio de lo que se mueve y vive, las fecundas semillas que los Padres
del Concilio Ecuménico, alimentados con la Palabra de Dios, sembraron en tierra
buena (cf. Mt 13, 8.23), es decir,
los importantes documentos y las deliberaciones pastorales». [3]
En más de una ocasión he desarrollado posteriormente, sobre diversos puntos,
las enseñanzas del Concilio respecto a la Liturgia [4] y
he llamado la atención sobre la importancia que la Constitución Sacrosanctum concilium tiene para la vida del
pueblo de Dios; en ella «es ya posible hallar la sustancia de aquella doctrina
eclesiológica que será posteriormente propuesta por la asamblea conciliar. La
Constitución Sacrosanctum concilium,
que fue el primer documento conciliar, cronológicamente hablando, anticipa [5]5 la Constitución dogmática sobre la Iglesia Lumen gentium y se enriquece, a su vez, con
la enseñanza de esta Constitución.
Después de un cuarto de siglo, durante el cual la Iglesia y la sociedad han
conocido cambios profundos y rápidos, es oportuno poner de relieve la
importancia de esta Constitución conciliar, su actualidad en relación con los
problemas nuevos y la permanente validez de sus principios.
I
RENOVACIÓN EN LA LÍNEA DE LA TRADICIÓN
3. Respondiendo a las instancias de los
Padres del Concilio de Trento —preocupados por la reforma de la Iglesia de su
tiempo— el Papa San Pío V dispuso la reforma de los libros litúrgicos: en
primer lugar el Breviario y el Misal. Este mismo objetivo fue perseguido por
los Romanos Pontífices a lo largo de los siglos siguientes, asegurando la
puesta al día, definiendo los ritos y los libros litúrgicos, y emprendiendo,
desde el comienzo de este siglo, una reforma más general.
San Pío X instituyó una Comisión especial encargada de esta reforma, para
cuya realización pensó que serían necesarios varios años; sin embargo, puso la
primera piedra del edificio con la restauración de la celebración litúrgica del
domingo y la reforma del Breviario Romano [6]. «En
verdad todo esto exige, —afirmaba— según el parecer de los expertos, un trabajo
tan grande cuanto duradero; y, por tanto, es necesario que pasen muchos años,
antes de que este edificio litúrgico, por decirlo de algún modo, (...)
muestre nuevamente el esplendor de su dignidad y armonía, una vez que haya sido
como limpiado de la suciedad del envejecimiento» [7].
Pío XII hizo suyo el gran proyecto de la reforma litúrgica publicando la
Encíclica Mediator Dei [8] e instituyendo una
nueva Comisión [9]. Asimismo, tomo decisiones sobre
algunos puntos importantes, como la nueva versión del Salterio, para facilitar
la comprensión de la plegaria de los Salmos [10], la
atenuación del ayuno eucarístico, con el fin de favorecer un acceso más fácil a
la Comunión, el uso de las lenguas vernáculas en el Ritual, y, sobre todo, la
reforma de la Vigilia Pascual [11] y de la Semana Santa
[12].
En la introducción al Misal Romano, en 1962, se incluía la declaración de Juan
XXIII, según la cual «los principios fundamentales, referentes a la reforma
general de la liturgia, debían ser confiados a los Padres en el próximo
Concilio ecuménico» [13].
4. Esta reforma global de la Liturgia
respondía a una esperanza general de la Iglesia. En efecto, el espíritu
litúrgico se había difundido cada vez más en casi todos los ambientes, junto
con el deseo de una «participación activa en los sagrados misterios y en la
oración pública y solemne de la Iglesia» [14], y junto
con la aspiración, asimismo, de escuchar la Palabra de Dios de modo más
completo. La reforma de la Liturgia, unida a la renovación bíblica, al
movimiento ecuménico, al impulso misional, a la investigación de la
eclesiología, debía contribuir a la renovación total de la Iglesia. Esto lo he
recordado en la Carta Dominicae Cenae: «Existe, en efecto, un vínculo
estrechísimo y orgánico entre la renovación de la liturgia y la renovación
de toda la vida de la Iglesia. La Iglesia no sólo actúa, sino que se
expresa también en la liturgia y saca de la liturgia las fuerzas para la vida» [15].
La reforma de los ritos y de los libros litúrgicos fue emprendida casi
inmediatamente después de la promulgación de la Constitución Sacrosanctum concilium y fue llevada a cabo
en pocos años merced al trabajo intenso y desinteresado de un gran número de
expertos y de pastores de todo el mundo [16].
Este trabajo fue realizado obedeciendo al principio conciliar: fidelidad a
la tradición y apertura al progreso legítimo [17]. Por
ello, se puede decir que la reforma litúrgica es rigurosamente tradicional «ad
normam Sanctorum Patrum» [18].
II
PRINCIPIOS DIRECTIVOS DE LA CONSTITUCIÓN
5. Los principios directivos de la
Constitución, que sirvieron de base a la reforma, son fundamentales para
conducir a los fieles a una celebración activa de los misterios, «fuente
primaria y necesaria del espíritu verdaderamente cristiano» [19].
Dado que la mayor parte de los libros litúrgicos han sido publicados,
traducidos y puestos en uso, es necesario mantener constantemente presentes
estos principios y profundizarlos.
a) La actualización del
misterio pascual
6. El primer principio es la
actualización del Misterio pascual de Cristo en la liturgia de la Iglesia,
porque «del costado de Cristo dormido en la Cruz nació el sacramento admirable
de la Iglesia entera»[20] Toda la vida litúrgica gira
en torno al sacrificio eucarístico y a los demás sacramentos, por los que
llegamos a la fuente misma de la salvación (cf. Is 12, 3) [21].
Debemos, por tanto, ser muy conscientes de que por el «misterio pascual de
Cristo, hemos sido sepultados con él en la muerte, para resucitar con el a una
vida nueva» [22]. Cuando los fieles participan en la Eucaristía
han de comprender verdaderamente que «cada vez que se celebra el memorial de la
muerte del Señor, se realiza la obra de nuestra Redención» [23]
y a tal fin los Pastores deben formarlos con empeño constante para celebrar
cada domingo la obra maravillosa que Cristo ha llevado a cabo en el misterio de
su Pascua, para que, a su vez, lo anuncien al mundo [24].
En el corazón de todos pastores y fieles la noche pascual debe volver a tener
su importancia única, hasta el punto de ser verdaderamente la fiesta de
las fiestas en el año litúrgico.
Ya que la muerte de Cristo en la Cruz y su resurrección constituyen el
centro de la vida diaria de la Iglesia [25]. Y la
prenda de su Pascua eterna [26], la Liturgia tiene como
primera función conducirnos constantemente a través del camino pascual
inaugurado por Cristo, en el cual se acepta morir para entrar en la vida.
7. Para actualizar su misterio
pascual, Cristo esta siempre presente en su Iglesia, sobre todo en las acciones
litúrgicas [27]. La Liturgia es, por consiguiente, el
«lugar» privilegiado del encuentro de los cristianos con Dios y con quien El
envió, Jesucristo (cf. Jn 17, 3).
Cristo está presente en la Iglesia orante reunida en su
nombre. Precisamente este hecho es el que fundamenta la grandeza de la asamblea
cristiana con las consiguientes exigencias de acogida fraterna —que llega hasta
el perdón (cf. Mt 5, 23-24)— y de
decoro en las actitudes, en los gestos y en los cantos.
El mismo Cristo está presente y actúa en la persona del ministro ordenado
que celebra [28]. Este no está investido solamente de
una función, sino que, en virtud de la Ordenación recibida, ha sido consagrado
para actuar «in persona Christi». A todo esto debe corresponder una actitud
interior y exterior, incluso en los ornamentos litúrgicos, en el puesto que
ocupa y en las palabras que pronuncia.
Cristo está presente en su palabra proclamada en la asamblea y que,
comentada en la homilía, debe ser escuchada con fe y asimilada en la oración.
Todo esto debe reflejarse también en la dignidad del libro y del lugar
destinado a la proclamación de la Palabra de Dios; asimismo, en la compostura
del lector, que ha de ser siempre consciente de que es el portavoz de Dios ante
sus hermanos.
Cristo esta presente y actúa por medio del Espíritu Santo
en los sacramentos y, de modo singular y eminente (sublimiori modo),
bajo las especies eucarísticas en el sacrificio de la Misa [29],
y también fuera de la celebración, cuando éstas se conservan en el tabernáculo
para la comunión —particularmente de los enfermos— y para la adoración de los
fieles. [30]30 Sobre esta presencia real y misteriosa,
corresponde a los pastores recordar frecuentemente en su catequesis la doctrina
de la fe, de la cual deben vivir los fieles y que los teólogos están llamados a
profundizar. La fe en esta presencia del Señor implica una actitud exterior de
respeto hacia la iglesia, —lugar sagrado donde Dios se manifiesta en su misterio
(cf. Ex 3, 5)— sobre todo durante
la celebración de los sacramentos, pues las cosas santas deben ser tratadas
siempre santamente.
b) La lectura de la palabra de
Dios
8. El segundo principio es la presencia de la
Palabra de Dios.
En efecto, la Constitución Sacrosanctum
concilium ha querido también restablecer «una lectura de la Sagrada
Escritura más abundante, más variada y más apropiada» [31].
La razón profunda de esta restauración está expresada en la Constitución
litúrgica, «para que aparezca con claridad la íntima conexión entre la palabra
y el rito en la liturgia» [32] y en la Constitución
dogmática sobre la divina Revelación: «La Iglesia siempre ha venerado la
Sagrada Escritura, como lo ha hecho con el Cuerpo de Cristo, pues sobre todo en
la sagrada liturgia, nunca ha cesado de tomar y repartir a sus fieles el pan de
vida que ofrece la mesa de la palabra de Dios y del Cuerpo de Cristo» [33]. El incremento de la vida litúrgica, y,
consecuentemente, el desarrollo de la vida cristiana no se podrán realizar si
no se promueve constantemente en los fieles y, ante todo, en los sacerdotes un
«amor suave y vivo hacia la Sagrada Escritura» [34]. La
Palabra de Dios es ahora más conocida en las comunidades cristianas, pero una
verdadera renovación pone hoy y siempre nuevas exigencias: la fidelidad al
sentido auténtico de la Escritura debe mantenerse siempre presente,
especialmente cuando se traduce a las diversas lenguas; el modo de proclamar la
Palabra de Dios para que pueda ser percibida como tal, el empleo de medios
técnicos adecuados, la disposición interior de los ministros de la Palabra con
el fin de desempeñar decorosamente sus funciones en la asamblea litúrgica [35], la esmerada preparación de la homilía a través del
estudio y la meditación, el compromiso de los fieles a participar en la mesa de
la Palabra, el gusto de orar mediante los Salmos y —al igual que los discípulos
de Emaús— el deseo de descubrir a Cristo en la mesa de la Palabra y del pan [36].
c) La Iglesia se manifiesta a
sí misma
9. Por último, el Concilio ha querido ver en
la Liturgia una epifanía de la Iglesia, pues la Liturgia es la Iglesia en
oración. Celebrando el culto divino, la Iglesia expresa lo que es: una,
santa, católica y apostólica.
Se manifiesta como una, con aquella unidad que le viene de la
Trinidad [37], sobre todo cuando el pueblo santo de
Dios participa «en la misma Eucaristía, en una misma oración, junto al único
altar, donde preside el Obispo rodeado de su presbiterio y ministros» [38]. ¡Que nada rompa ni debilite, en la celebración de la
Liturgia, esta unidad de la Iglesia!
La Iglesia expresa la santidad que le viene de
Cristo (cf. Ef 5, 26-27) cuando,
congregada en un solo cuerpo por el Espíritu Santo [39]
que santifica y da la vida [40], comunica a los fieles,
mediante la Eucaristía y los otros sacramentos, toda gracia y toda bendición
del Padre [41].
En la celebración litúrgica la Iglesia expresa su catolicidad, ya que
en ella el Espíritu del Señor congrega a los hombres de todas las lenguas en la
profesión de la misma fe [42], y desde Oriente a
Occidente ella presenta a Dios Padre el sacrificio de Cristo y se ofrece a si
misma junto con él [43].
Finalmente, en la Liturgia la Iglesia manifiesta que es apostólica,
porque la fe que ella profesa está fundada en el testimonio de los Apóstoles;
porque en la celebración de los misterios, presidida por el Obispo, sucesor de
los Apóstoles, o por un ministro ordenado en la sucesión apostólica, transmite
fielmente lo que ha recibido de la Tradición apostólica; porque el culto que
ofrece a Dios la compromete en la misión de irradiar el Evangelio en el mundo.
De esta manera es como el Misterio de la Iglesia es principalmente
anunciado, gustado y vivido en la Liturgia [44].
III
ORIENTACIONES PARA DIRIGIR LA RENOVACIÓN
DE LA VIDA LITÚRGICA
10. De estos principios se derivan algunas
normas y orientaciones que deben regular la renovación de la vida litúrgica.
Pues si la reforma de la Liturgia querida por el Concilio Vaticano II puede
considerarse ya realizada, en cambio, la pastoral litúrgica constituye un
objetivo permanente para sacar cada vez más abundantemente de la riqueza de la
liturgia aquella fuerza vital que de Cristo se difunde a los miembros de su
Cuerpo que es la Iglesia.
Puesto que la Liturgia es el ejercicio del sacerdocio de
Cristo, es necesario mantener constantemente viva la afirmación del discípulo ante
la presencia misteriosa de Cristo: «Es el Señor» (Jn 21, 7). Nada de lo que hacemos en
la Liturgia puede aparecer como más importante de lo que invisible, pero
realmente, Cristo hace por obra de su Espíritu. La fe vivificada por la
caridad, la adoración, la alabanza al Padre y el silencio de la contemplación,
serán siempre los primeros objetivos a alcanzar para una pastoral litúrgica y
sacramental.
Ya que la Liturgia está enteramente impregnada por la Palabra de Dios,
conviene que cualquier otra palabra esté en armonía con ella, ante todo la
homilía, pero también los cantos y las moniciones; ninguna otra lectura podrá
ocupar el lugar que corresponde a la lectura bíblica; las palabras de los
hombres han de estar al servicio de la Palabra de Dios, sin oscurecerla.
Teniendo en cuenta que «las acciones litúrgicas no son acciones privadas,
sino celebraciones de la Iglesia, que es "sacramento de unidad"», [45] su reglamentación depende únicamente de la autoridad
jerárquica de la Iglesia [46]. La Liturgia pertenece a
todo el cuerpo de la Iglesia [47]. Por esto no está
permitido a nadie, ni siquiera al sacerdote, ni a grupo alguno, añadir, quitar
o cambiar algo, llevado de su propio arbitrio [48]. La
fidelidad a los ritos y a los textos auténticos de la Liturgia es una exigencia
de la «lex orandi», que debe estar siempre en armonía con la «lex credendi». La
falta de fidelidad en este punto puede afectar incluso a la validez misma de
los sacramentos.
Al ser una celebración de la Iglesia, la Liturgia requiere una participación
activa, consciente y plena por parte de todos, según la diversidad de órdenes y
funciones [49]: todos, tanto los ministros como los
demás fieles, al desempeñar su cometido, hacen aquello que les corresponde y
solo aquello que les corresponde [50].
Por esto la Iglesia da preferencia a la celebración comunitaria, cuando lo
requiere la naturaleza de los ritos [51]; alienta la
formación de ministros, lectores, cantores y comentadores, que desempeñan un
auténtico ministerio litúrgico [52]; también ha
restablecido la concelebración [53] y recomienda el
rezo común del Oficio divino [54].
Ya que la Liturgia es la gran escuela de oración de la
Iglesia, se consideró oportuno introducir y desarrollar el uso de la lengua
vulgar —sin eliminar el uso de la lengua latina, conservada por el Concilio
para los Ritos latinos [55]— para que cada uno pueda
entender y proclamar en su propia lengua materna las maravillas de Dios (cf. Hch 2, 11); igualmente se consideró
oportuno aumentar el número de prefacios y de las Plegarias eucarísticas, que
enriquecen el tesoro de la oración y ayudan a entender los misterios de Cristo.
Puesto que la Liturgia tiene un gran valor pastoral, los libros litúrgicos
permiten un margen de adaptación a la asamblea y a las personas, y una
posibilidad de apertura a la idiosincrasia y la cultura de los diversos pueblos
[56]. La revisión de los ritos ha buscado una noble
sencillez [57] y unos signos fácilmente comprensibles,
pero la sencillez deseada no debe degenerar en empobrecimiento de los signos,
sino que los signos, sobre todo los sacramentales, deben contener la mayor
expresividad posible. El pan y el vino, el agua y el aceite, y también el
incienso, las cenizas, el fuego y las flores, y casi todos los elementos de la
creación tienen su lugar en la Liturgia como ofrenda al Creador y como aporte a
la dignidad y belleza de la celebración.
IV
APLICACIÓN CONCRETA DE LA REFORMA
a) Dificultades
11. Conviene reconocer que la aplicación de
la reforma litúrgica ha encontrado algunas dificultades debidas sobre todo a un
contexto poco favorable, caracterizado por una tendencia a privatizar el ámbito
religioso, por un cierto rechazo de toda institución, por una menor presencia
visible de la Iglesia en la sociedad, por un cuestionar la fe personal. Se
puede suponer también que el pasar de una mera asistencia —a veces más bien
pasiva y muda— a una participación mas plena y activa haya sido para algunos
una exigencia demasiado fuerte; por lo cual han surgido actitudes diversas e
incluso opuestas ante la reforma. En efecto, algunos han acogido los nuevos
libros con una cierta indiferencia o sin tratar de comprender ni de hacer
comprender los motivos de los cambios; otros, por desgracia, se han encerrado
de manera unilateral y exclusiva en las formas litúrgicas anteriores,
consideradas por algunos de estos como única garantía de seguridad en la fe.
Otros, finalmente, han promovido innovaciones fantasiosas, alejándose de las
normas dadas por la autoridad de la Sede Apostólica o por los Obispos,
perturbando así la unidad de la Iglesia y la piedad de los fieles, en
contraste, a veces, con los datos de la fe.
b) Resultados positivos
12. Esto no debe hacer olvidar que los
pastores y el pueblo cristiano, en su gran mayoría, han acogido la reforma
litúrgica con espíritu de obediencia y, más aún, de gozoso fervor.
Por ello conviene dar gracias a Dios por el paso de su Espíritu en la
Iglesia, como ha sido la renovación litúrgica [58]; por
la mesa de la Palabra de Dios, dispuesta con abundancia para todos [59]; por el inmenso esfuerzo realizado en todo el mundo
para ofrecer al pueblo cristiano las traducciones de la Biblia, del Misal y de
los otros libros litúrgicos; por la mayor participación de los fieles, a través
de las plegarias y los cantos, de los gestos y del silencio en la celebración
de la Eucaristía y de los demás sacramentos; por los ministerios desempeñados
por los laicos y las responsabilidades que han asumido en virtud del sacerdocio
común, del que participan por el Bautismo y la Confirmación; por la irradiante
vitalidad que tantas comunidades cristianas reciben de la Liturgia.
Estos son otros tantos motivos para permanecer fieles a la enseñanza de la
Constitución Sacrosanctum concilium y a
las reformas que ésta ha permitido llevar a cabo: «La renovación litúrgica es
el fruto más visible de la obra conciliar» [60].Para
muchos el mensaje del Concilio Vaticano II ha sido percibido ante todo mediante
la reforma litúrgica.
c) Aplicaciones erróneas
13. Junto a estos beneficios de la reforma
litúrgica, hay que reconocer y deplorar algunas desviaciones, de mayor o menor
gravedad, en la aplicación de la misma.
Se constatan, a veces, omisiones o añadiduras ilícitas, ritos inventados
fuera de las normas establecidas, gestos o cantos que no favorecen la fe o el
sentido de lo sagrado, abusos en la práctica de la absolución colectiva,
confusionismos entre sacerdocio ministerial, ligado a la ordenación, y el
sacerdocio común de los fieles, que tiene su propio fundamento en el bautismo.
No se puede tolerar que algunos sacerdotes se arroguen el derecho de
componer plegarias eucarísticas o sustituir textos de la Sagrada Escritura con textos
profanos. Iniciativas de este tipo, lejos de estar vinculadas a la reforma
litúrgica en sí misma, o a los libros que se han publicado después, la
contradicen directamente, la desfiguran y privan al pueblo cristiano de las
riquezas auténticas de la Liturgia de la Iglesia.
Compete a los Obispos corregirlas, ya que la reglamentación de la Liturgia
depende del Obispo según el derecho [61], y de él
«deriva y depende en cierto modo la vida en Cristo de sus fieles» [62].
V
EL FUTURO DE LA RENOVACIÓN
14. La Constitución Sacrosanctum concilium ha reflejado la voz
unánime del colegio episcopal, reunido en torno al Sucesor de Pedro y con la
asistencia del Espíritu de la verdad, prometido por el Señor Jesús (cf. Jn 15, 26). Este Documento sigue
sosteniendo a la Iglesia en el camino de la renovación y de la santidad
fomentando su genuina vida litúrgica.
Los principios enunciados en la Constitución sirven también de orientación
para el futuro de la Liturgia, de manera que la reforma litúrgica sea cada vez
más comprendida y realizada. «Es, por tanto, muy conveniente y necesario que
continúe poniéndose en práctica una nueva e intensa educación, para
descubrir todas las riquezas encerradas en la nueva liturgia» [63].
La Liturgia de la Iglesia va mas allá de la reforma litúrgica: No estamos en
la misma situación de 1963; una generación de sacerdotes y de fieles, que no ha
conocido los libros litúrgicos anteriores a la reforma, actúa hoy con
responsabilidad en la Iglesia y en la sociedad. No se puede, pues, seguir
hablando de cambios como en el tiempo de la publicación del Documento, pero sí
de una profundización cada vez más intensa de la Liturgia de la Iglesia,
celebrada según los libros vigentes y vivida, ante todo, como un hecho de orden
espiritual.
a) Formación bíblica y
litúrgica
15. El cometido más urgente es el de la
formación bíblica y litúrgica del pueblo de Dios: pastores y fieles. La
Constitución ya lo había subrayado: «No se puede esperar que esto ocurra (la
participación plena, consciente y activa de todos los fieles), si antes los
mismos pastores de almas no se impregnan totalmente del espíritu y de la fuerza
de la Liturgia y llegan a ser maestros de la misma» [64].
Esta es una obra a largo plazo, la cual debe empezar en los Seminarios y Casas
de formación [65] y continuar durante toda la vida
sacerdotal [66]. Esta misma formación, adaptada a su
estado, es también indispensable para los laicos [67],
tanto más que éstos, en muchas regiones, están llamados a asumir
responsabilidades cada vez mayores en la comunidad.
b) Adaptación
16. Otro cometido importante para el futuro
es el de la adaptación de la Liturgia a las diferentes culturas. La Constitución
ha enunciado su principio, indicando el procedimiento a seguir por parte de las
Conferencias Episcopales [68]. La adaptación de las
lenguas ha sido rápida, aunque a veces difícil de llevar a cabo. Después se ha
hecho la adaptación de los ritos, cosa más delicada, pero igualmente necesaria.
Es aún arduo el esfuerzo que se debe hacer para enraizar la Liturgia en
algunas culturas, tomando de éstas las expresiones que pueden armonizarse con
el verdadero y auténtico espíritu de la Liturgia, respetando la unidad
sustancial del Rito romano expresada en los libros litúrgicos [69]. La adaptación ha de tener en cuenta el hecho de que
en la Liturgia —y particularmente en la sacramental— hay una parte
inmutable, por ser de institución divina, de la cual es guardiana la Iglesia, y
hay otras partes susceptibles de cambios, para lo cual la Iglesia tiene
el poder y, a veces, incluso el deber de adaptar a las culturas de los pueblos
evangelizados recientemente [70]. No es éste un
problema nuevo en la Iglesia; en efecto, la diversidad litúrgica puede ser
fuente de enriquecimiento pero, a la vez, puede provocar tensiones,
incomprensiones recíprocas e incluso cismas. En este terreno, está claro que la
diversidad no debe dañar la unidad. Ella no puede expresarse sino en la
fidelidad a la fe común, a los signos sacramentales que la Iglesia ha recibido
de Cristo, y a la comunión jerárquica. La adaptación a las culturas exige
también una conversión del corazón y, si fuera necesario, también la ruptura
con costumbres ancestrales incompatibles con la fe católica. Esto exige una
seria formación teológica, histórica y cultural, como también un prudente
juicio para discernir lo que es necesario o útil, de lo que es inútil o
peligroso para la fe. «Un progreso satisfactorio en este campo no podrá ser
sino el fruto de una maduración progresiva en la fe, que integre el
discernimiento espiritual, la lucidez teológica, el sentido de Iglesia
universal en el marco de una amplia concertación [71].
c) Prestar atención a los
nuevos problemas
17. El esfuerzo de la renovación litúrgica
debe responder además a las exigencias de nuestro tiempo. La Liturgia no está
desencarnada [72]. Durante estos veinticinco años han
surgido nuevos problemas o han tomado un nuevo aspecto como, por ejemplo: el ejercicio
del diaconado accesible a hombres casados; las funciones litúrgicas que en las
celebraciones pueden ser confiadas a los laicos, hombres o mujeres; las
celebraciones litúrgicas para niños, jóvenes y minusválidos; la modalidad de
composición de los textos litúrgicos apropiados para un país determinado.
En la Constitución Sacrosanctum concilium
no se hace mención de estos problemas, pero se indican los principios generales
para coordinar y promover la vida litúrgica.
d) Liturgia y piedad popular
18. Finalmente, para salvaguardar la reforma
y asegurar el fomento de la Liturgia [73], hay que
tener en cuenta la piedad popular cristiana y su relación con la vida litúrgica
[74]. Esta piedad popular no puede ser ignorada ni
tratada con indiferencia o desprecio, pues es rica en valores [75] y expresa de por sí la actitud religiosa ante Dios;
pero tiene necesidad de ser evangelizada continuamente, para que la fe que
expresa llegue a ser un acto cada vez más maduro y auténtico. Tanto los actos
piadosos del pueblo cristiano [76], como otras formas
de devoción, son acogidos y aconsejados mientras no suplanten y no se mezclen
con las celebraciones litúrgicas. Una pastoral litúrgica auténtica sabrá
apoyarse en las riquezas de la piedad popular, purificarlas y orientarlas hacia
la liturgia como contribución de los pueblos [77].
VI
ORGANISMOS RESPONSABLES
DE LA RENOVACIÓN LITÚRGICA
a) Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos
19. La función de promover la renovación de
la Liturgia compete, en primer lugar, a la Sede Apostólica [78].
Este año se cumplen cuatro siglos desde que el Papa Sixto V creó la Sagrada
Congregación de Ritos, a la que confió la tarea de vigilar el desarrollo
del Culto Divino, reformado por el Concilio de Trento. San Pío X instituyó otra
Congregación para la Disciplina de los Sacramentos. Para la aplicación práctica
de la Constitución litúrgica del Concilio Vaticano II, Pablo VI instituyó un Consejo
[79], luego la Sagrada Congregación para el
Culto Divino [80], los cuales con generosidad,
competencia y prontitud han llevado a cabo la tarea que les fue confiada. Con
la nueva estructura de la Curia Romana, prevista en la Constitución Apostólica Pastor Bonus, todo el ámbito de la
liturgia es unificado y puesto bajo la responsabilidad de un solo Dicasterio:
la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos.
Corresponde, por tanto, a ésta —salva la competencia de la Congregación para la
Doctrina de la Fe [81] — regular y promover la
Liturgia, cuya parte esencial son los sacramentos, alentando la actividad
pastoral litúrgica [82], sosteniendo los diversos
Organismos que se ocupan del Apostolado litúrgico, la música, el canto y el
arte sacro [83], y vigilando la disciplina sacramental [84]. Esta es una obra importante, pues se trata, ante
todo, de custodiar fielmente los grandes principios de la Liturgia católica,
ilustrados y desarrollados en la Constitución conciliar, así como inspirarse en
la misma para promover y profundizar en toda la Iglesia la renovación de la
vida litúrgica.
La Congregación, por tanto, ayudará a los Obispos diocesanos en su misión de
presentar a Dios el culto de la religión cristiana y regularlo según los
preceptos del Señor y las leyes de la Iglesia [85]. Por
otra parte, se mantendrá en estrecho y franco contacto con las Conferencias
Episcopales en lo que se refiere a su competencia en el ámbito litúrgico [86].
b) Conferencias Episcopales
20. Las Conferencias Episcopales recibieron
el importante encargo de preparar las traducciones de los libros litúrgicos [87]. Las necesidades del momento obligaron a veces a
utilizar traducciones provisionales, que fueron aprobadas ad interim.
Pero ha llegado ya el momento de reflexionar sobre ciertas dificultades
surgidas posteriormente, dar solución a ciertas carencias o inexactitudes,
completar las traducciones parciales, crear o aprobar los cantos litúrgicos,
vigilar sobre el respeto de los textos aprobados y, finalmente, publicar los
libros litúrgicos que tengan una vigencia estable y una presentación digna de
los misterios celebrados.
Para llevar a cabo el trabajo de traducción, y también para una
confrontación más amplia en el ámbito de cada País, las Conferencias
Episcopales debían crear una Comisión nacional y asegurarse la colaboración de
personas expertas en los diversos sectores de la ciencia y del apostolado
litúrgico [88]. Es preciso preguntarnos ahora sobre el
balance, positivo o negativo, de tal Comisión, sobre las orientaciones y la
aportación que ha recibido de la Conferencia Episcopal en su creación y
actividades. El papel de esta Comisión es mucho más delicado cuando la
Conferencia quiere ocuparse de ciertas medidas de adaptación o de una
inculturación más profunda [89]; ésta es una razón más
a tener en cuenta, para que en dicha Comisión haya personas verdaderamente
expertas.
c) Obispo diocesano
21. El Obispo es en cada diócesis el
principal dispensador de los misterios de Dios, así como el moderador, promotor
y custodio de toda la vida litúrgica en la Iglesia particular que le ha sido
confiada [90]. Cuando el Obispo celebra la Liturgia con
el pueblo se manifiesta el misterio mismo de la Iglesia. Por tanto, es
necesario que el Obispo sea profundamente consciente de la importancia de estas
celebraciones para la vida cristiana de sus fieles, las cuales deben ser un
modelo para toda la diócesis [91]. Aún queda mucho por
hacer en la labor de ayudar a los sacerdotes y fieles a que profundicen en el
sentido de los ritos y de los textos litúrgicos, como también a que fomenten la
dignidad y belleza de las celebraciones y de los lugares de culto, y a que
promuevan —como hicieron los Padres de la Iglesia— una «catequesis mistagógica»
de los sacramentos. Para llevar a buen término esta tarea, el Obispo ha de
crear una o incluso varias Comisiones diocesanas, que le ofrezcan su
colaboración en promover la acción litúrgica, la música y el arte sacro en su
diócesis [92]. La Comisión diocesana, por su parte,
actuará según el pensamiento y las directrices del Obispo y deberá contar con
su autoridad y su aliento para llevar a cabo de modo conveniente la propia
tarea.
CONCLUSIÓN
22. Como ha recordado la Constitución Sacrosanctum concilium, la liturgia no agota
toda la actividad de la Iglesia [93], sino que es
ciertamente su fuente y su culmen [94]. Es su fuente
porque, sobre todo en los sacramentos, los fieles reciben abundantemente el
agua de la gracia, que brota del costado de Jesús crucificado. Evocando una
imagen usada por el Papa Juan XXIII, la Liturgia es como la fuente del pueblo a
la que cada generación va a sacar el agua siempre fresca y vivificante. Y es
también su culmen, sea porque toda la actividad de la Iglesia tiende hacia la
comunión de vida con Cristo, sea porque en la Liturgia es donde la Iglesia
manifiesta y comunica a los fieles la obra de la salvación, realizada por
Cristo una vez para siempre.
23. Parece llegado el momento de dar nuevo vigor
al hálito que empujó a la Iglesia cuando la Constitución Sacrosanctum concilium fue preparada,
discutida, votada y promulgada, y cuando comenzó a aplicarse. El grano sembrado
tuvo que soportar el rigor del invierno, pero la semilla ha germinado y se ha
hecho árbol. Efectivamente, se trata del crecimiento orgánico de un árbol tanto
más vigoroso cuanto más profundamente extiende sus raíces en el terreno de la
tradición [95]. Deseo recordar lo que dije en 1984, con
ocasión del Congreso de las Comisiones litúrgicas: En la obra de la renovación
litúrgica querida por el Concilio hay que tener presente «con gran equilibrio,
la parte de Dios y la parte del hombre, la jerarquía y los fieles, la tradición
y el progreso, la ley y la adaptación, el individuo y la comunidad, el silencio
y el canto del coro. De esta forma, la Liturgia de la tierra se conectará con
la del cielo, donde (...) se formará un solo coro (...) para entonar un himno,
a una sola voz, al Padre, por medio de Jesucristo» [96].
Con estos deseos, que en lo íntimo del corazón se hacen plegaria, imparto a
todos la Bendición Apostólica.
Vaticano, 4 de diciembre de 1988, undécimo de mi Pontificado.
Notas
[1] AAS 56 (1964), pp. 97-134.
[2] Const. Sacrosanctum concilium, 1.
[3] Primer mensaje al mundo (17 de octubre de 1978): AAS
70 (1978), pp. 920-921.
[4] Cf. particularmente: Carta Encic. Redemptor Hominis (4 de marzo de 1979), 7.18-22: AAS
71 (1979), pp. 268-269, 301-324; Exhort. Apost. Catechesi Tradendae (16 de
octubre de 1979): AAS 71 (1979) 23. 27-30. 33. 37. 48. 53. 55. 66-68,
pp. 1296-1297, 1298-1303, 1305-1306, 1308-1309, 1316; Carta Dominicae Cenae,
sobre el misterio y el culto a la SS. Eucaristía (24 de febrero de 1980): AAS
72 (1980), pp. 1218-1232; Exhort Apost. Familiaris Consortio (22 de
noviembre de 1981), 13. 15. 19-21. 33. 38-39. 55-59. 66-68: AAS 74
(1982), pp. 93-96, 97, 101-106, 120-123, 129-131, 147-152, 159-165; Exhort.
Apost. postsinodal Reconciliatio
et Paenitentia (2 de diciembre de 1984): AAS 77 (1985), pp.
185-275, especialmente los nums. 23-33, pp. 233-271.
[5] Alocución al Congreso de los Presidentes y
Secretarios de las Comisiones Nacionales de Liturgia (27 de octubre de 1984),
1: Insegnamenti, VII/2 (1984), p. 1049.
[6] Const. Apost. Divino afflatu (1 de noviembre
de 1911): AAS 3 (1911), pp. 633-638.
[7] Motu proprio Abhinc duos annos (23 de octubre
de 1913): AAS 5 (1913), pp. 449 450
[8] 20 de noviembre de 1947: AAS 39 (1947), pp. 521-
600.
[9] S. Congregación de Ritos, Sección histórica, n. 71, Memoria
sobre la reforma litúrgica (1946).
[10] Pío XII, Motu proprio In cotidianis precibus
(24 de marzo de 1945): AAS 37 (1945), pp. 65-67.
[11] S. Congregación de Ritos, Decreto Dominicae
Resurrectionis (9 de febrero de 1951): AAS 43 (1951), pp. 128-129.
[12] S. Congregación de Ritos, Decreto Maxima
redemptionis (16 de noviembre de 1955): AAS 47 (1955), pp. 838-841.
[13] Juan
XXIII, Carta Apost. Rubricarum instructum (25 de julio de 1960): AAS
52 (1960), p. 954.
[14] Pío X, Motu proprio Tra le sollecitudini dell'
officio pastorale (22 de noviembre de 1903): Pii X Pontificis Maximi Acta,
1, p. 77.
[15] Carta Dominicae Cenae (24 de febrero de
1980), 13: AAS 72 (1980), p. 146.
[16] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 25.
[17] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 23.
[18] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 50; Misal Romano, Proemio, 6.
[19] Const. Sacrosanctum concilium, 14.
[20] Const. Sacrosanctum concilium, 5; Misal Romano, La Vigilia Pascual,
oración después de la VII lectura.
[21] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 5-6. 47. 61. 102. 106-107.
[22] Misal Romano, La Vigilia pascual.
Renovación de las promesas del bautismo.
[23] Cf. Misal Romano, Misa vespertina «In cena
Domini», oración sobre las ofrendas.
[24] Cf. Misal Romano, Prefacio de los Domingos
Ordinarios, l.
[25] Cf. Carta Encic. Redemptor
Hominis (4 de marzo de 1979), 7 AAS 71 (1979), pp.268-270.
[26] Cf. Carta Dominicae Cenae (24 de febrero de
1980), 4 AAS 72 (1980), pp. 119-121.
[27] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 7; cf. Pablo Vl, Carta Encíc. Mysterium Fidei (3
de septiembre de 1965): AAS 57 (1965), pp. 762-764.
[28] Cf. S. Congregación de Ritos Instrucción Eucharisticum
Mysterium (25 de mayo de 1967), 9: AAS 59 (1967), p. 547.
[29] Cf. Pablo VI, Carta Encíc. Mysterium Fidei (3
de septiembre de 1965): AAS 57 (1965), p.763.
[30] Cf. Pablo VI, Carta Encíc. Mysterium Fidei (3
de septiembre de 1965): AAS 57 (1965), pp. 769-771.
[31] Const. Sacrosanctum concilium, 35.
[32] Const. Sacrosanctum concilium, 35.
[33] Const. Dogm. Dei verbum, 21.
[34] Const. Sacrosanctum concilium, 24.
[35] Cf. Carta Dominicae Cenae (24 de febrero de
1980), 10: AAS 72 (1980), pp. 134-137.
[36] Cf. Liturgia de las Horas, Lunes de la IV Semana,
oración de vísperas.
[37] Cf. Misal Romano, Prefacio de los Domingos
Ordinarios, VIII.
[38] Const. Sacrosanctum concilium, 41.
[39] Cf. Misal Romano, Plegaria eucarística II y
IV.
[40] Cf. Misal Romano, Plegaria eucarística III;
Símbolo Nicenoconstantinopolitano.
[41] Cf. Misal Romano, Plegaria eucarística I.
[42] Cf. Misal Romano, Bendición solemne en el
Domingo de Pentecostés.
[43] Cf. Misal Romano, Plegaria eucarística III.
[44] Cf. Alocución al Congreso de los
Presidentes y Secretarios de las Comisiones Nacionales de Liturgia (27 de
octubre de 1984), 1: Insegnamenti, VII/2 (1984), p. 1049.
[45] Const. Sacrosanctum concilium, 26.
[46] Const. Sacrosanctum concilium, 22 y 26.
[47] Const. Sacrosanctum concilium, 26.
[48] Const. Sacrosanctum concilium, 22.
[49] Const. Sacrosanctum concilium, 26.
[50] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 28.
[51] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 27.
[52] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 29.
[53] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 57; cf. S. Congregación de Ritos, Decreto general
Ecclesiae semper (7 de marzo de 1965): AAS 57 (1965), pp. 410-412.
[54] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 99.
[55] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 36.
[56] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 37-40.
[57] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 34.
[58] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 43.
[59] Cf. Const. dogm. Dei verbum, 21; Sacrosanctum concilium, 51.
[60] Relación final de la Asamblea
Extraordinaria del Sínodo de los Obispos (7 de diciembre de 1985), II, B, b, 1.
[61] Cf Const. Sacrosanctum concilium, 22, 1.
[62] Cf Const. Sacrosanctum concilium, 41.
[63] Carta Dominicae Cenae, (24 de febrero de 1980),
9; AAS 72 (1980), p. 133.
[64] Const. Sacrosanctum concilium, 14.
[65] Cf. S. Congregación de Ritos, Instrucción Inter
Oecumemici (26 de septiembre de 1964), 11-13: AAS 56 (1964), pp. 879-880; S.
Congregación para la Educación Católica, Ratio fundamentalis para la
formación sacerdotal (6 de enero de 1970), cap. VIII: AAS 72 (1970), pp.
351-361; Instrucción In ecclesiasticam futurorum sobre la formación
litúrgica en los seminarios (3 de junio de 1979), Roma 1979.
[66] Cf. S. Congregación de Ritos, Instrucción Inter
Oecumenici (26 de septiembre de 1964), 14-17: AAS 56 (1964), pp. 880-881.
[67] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 19.
[68] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 39.
[69] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 37-40.
[70] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 21.
[71] Alocución a un grupo de Obispos de la
Conferencia Episcopal del Zaire (12 de abril de 1983), 5: AAS 75 (1983), p.
620.
[72] Cf. Alocución al congreso de los
Presidentes y Secretarios de las Comisiones Nacionales de Liturgia (27 de
octubre de 1984), 2: Insegnamenti, Vll/2 (1984), p. 1051.
[73] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 1.
[74] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 12-13.
[75] Cf. Pablo VI, Exhort. Apost. Evangelii
nuntiandi (8 de diciembre de 1975), 48: AAS 68 (1976), pp. 37-38.
[76] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 13.
[77] Cf. Alocución a la Conferencia Episcopal
del Abruzo y Molise en visita "ad Limina" (24 de abril de 1986), 3-7:
AAS 78 (1586) pp. 1140-1143.
[78] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 22, 1.
[79] Cart. Apost. Sacram Liturgiam (25 de enero
de 1964): AAS 56 (1964), pp. 139-144.
[80] Const. Apost. Sacra Rituum Congregatio (8
de mayo de 1969): AAS 61 (1969), pp. 297-305.
[81] Const. Apost. Pastor Bonus (28 de junio de 1988),
62: AAS 80 (1988), p. 876.
[82] Cf. Const. Apost. Pastor Bonus, 64: l.c pp. 876-877.
[83] Cf. Const. Apost. Pastor Bonus, 65: l.c p.877.
[84] Cf. Const. Apost. Pastor Bonus, 63 y 66: l.c pp. 876-877.
[85] Cf. Const. dogm. Lumen gentium, 26; Const. Sacrosanctum concilium, 22, 1.
[86] Cf. Const. Apost. Pastor Bonus, 64, 3: l.c p. 877.
[87] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 36 y 63.
[88] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 44.
[89] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 40.
[90] Cf. Decr. Christus dominus, 15.
[91] Cf. Discurso a los Obispos italianos
participantes en un Curso de actualización litúrgica (12 de febrero de 1988),
1: «L'Osservatore Romano», 13 de febrero de 1988, p. 4.
[92] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 45-46.
[93] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 9.
[94] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 10.
[95] Cf. Const. Sacrosanctum concilium, 23.
[96] Alocución al Congreso de los Presidentes y Secretarios
de las Comisiones Nacionales de Liturgia (27 de octubre de 1984), 6: Insegnamenti,
VII/2 (1984), p. 1054.