SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LOS
RELIGIOSOS E INSTITUTOS SECULARES
"ELEMENTOS ESENCIALES DE
LA DOCTRINA DE LA IGLESIA
SOBRE LA VIDA RELIGIOSA DIRIGIDOS
A LOS
INSTITUTOS DEDICADOS A OBRAS
APOSTÓLICAS"
INTRODUCCIÓN
1. La renovación de la vida religiosa durante los últimos
veinte anos ha sido en múltiples aspectos una experiencia de fe. Se han hecho
esfuerzos generosos para explorar a fondo en la oración qué significa vivir la
vida consagrada según el Evangelio, el carisma fundacional de un instituto
religioso y los signos de los tiempos. Los institutos religiosos de vida
apostólica han intentado, además, afrontar los cambios exigidos por la rápida
evolución de la sociedad a la cual son enviados y por el desarrollo de los
medios de comunicación que condicionan sus posibilidades de evangelización. Al
mismo tiempo, estos institutos se han encontrado con cambios imprevistos en su
misma situación interna, elevación del promedio de edad de sus miembros,
disminución de vocaciones, merma consiguiente de sus efectivos, diversidades en
los estilos de vida y en las obras y, con frecuencia, incertidumbre acerca de
su identidad. El resultado ha sido una experiencia comprensiblemente compleja,
con muchos aspectos positivos y algunos otros notablemente dudosos.
2. Ahora, pasado el período de experimentación
extraordinaria ordenado por Ecclesiae Sanctae II, muchos institutos
religiosos dedicados a obras de apostolado están revisando sus experiencias.
Con la aprobación de sus Constituciones revisadas y la entrada en vigor del
nuevo Código de Derecho Canónico, se adentran en una nueva fase de su historia.
En este momento de reiniciación, escuchan una vez más la llamada pastoral del
Papa Juan Pablo II a " hacer una evaluación objetiva y humilde de los
años de experimentación, de modo que puedan identificar los elementos
positivos, así como las posibles desviaciones" (Disc. a la UISG 1979;
a los Superiores Mayores de religiosos y religiosas en Francia 1980).
Superiores religiosos y Capítulos han solicitado de esta Sagrada Congregación
directrices para valorar el pasado y preparar el futuro. También algunos
Obispos, debido a su especial responsabilidad en la promoción de la vida
religiosa, han pedido orientaciones. Por todo ello, la Sda. Congregación para
los Religiosos e Institutos seculares, siguiendo las indicaciones del Santo
Padre, ha preparado esta síntesis de principios y normas fundamentales. Su
intento es presentar una síntesis clara de la doctrina de la Iglesia acerca de
la vida religiosa, en un momento especialmente significativo y oportuno.
3. Esta doctrina se halla ya formulada en los grandes
documentos del Concilio Vaticano II, particularmente en Lumen gentium, Perfectae caritatis y Ad gentes. Ha sido
desarrollada posteriormente en la Exhortación Apostólica Evangelica
testificatio de Pablo VI, en las alocuciones del Papa Juan Pablo II y en
los documentos de esta Sda. Congregación para los Religiosos e Institutos
seculares, especialmente en Mutuae relationes, Religiosos y promoción humana
y Dimensión contemplativa de la vida religiosa. Últimamente, esa
riqueza doctrinal ha sido condensada en el nuevo Código de Derecho Canónico.
Todos estos textos, basados en el rico patrimonio de la doctrina preconciliar,
ahondan y afinan la teología de la vida religiosa, que vino desarrollándose y
adquiriendo densidad durante los siglos pasados.
4. La vida religiosa es un dato histórico a la vez que una
realidad teológica. La experiencia vivida, hoy como en el pasado, es variada;
lo cual tiene su importancia. Es una experiencia que necesita ser comprobada a
la luz de los fundamentos evangélicos, del magisterio de la Iglesia y de las
Constituciones aprobadas de cada instituto. La Iglesia considera ciertos
elementos como esenciales para la vida religiosa: la vocación divina, la
consagración mediante la profesión de los consejos evangélicos con votos
públicos, una forma estable de vida comunitaria, para los institutos dedicados
a obras de apostolado, la participación en la misión de Cristo por medio de un
apostolado comunitario, fiel al don fundacional específico y a las sanas
tradiciones; la oración personal y comunitaria, el ascetismo, el testimonio
público, la relación característica con la Iglesia, la formación permanente,
una forma de gobierno a base de una autoridad religiosa basada en la fe. Los
cambios históricos y culturales traen consigo una evolución en la vida real,
pero el modo y el rumbo de esa evolución son determinados por los elementos
esenciales, sin los cuales, la vida religiosa pierde su identidad. En el
presente texto, dirigido a los institutos dedicados a obras de apostolado, esta
Sda. Congregación se limita a identificar y reafirmar estos elementos
esenciales.
I.
LA VIDA RELIGIOSA: UNA FORMA
PARTICULAR DE CONSAGRACIÓN A DIOS
5. La consagración es la base de la vida religiosa. Al
afirmarlo, la Iglesia quiere poner en primer lugar la iniciativa de Dios y la
relación transformante con El que implica la vida religiosa. La consagración es
una acción divina. Dios llama a una persona y la separa para dedicársela a Si
mismo de modo particular. Al mismo tiempo, da la gracia de responder, de tal
manera que la consagración se exprese, por parte del hombre, en una entrega de
sí, profunda y libre. La interrelación resultante es puro don: es una alianza
de mutuo amor y fidelidad, de comunión y misión para gloria de Dios, gozo de la
persona consagrada y salvación del mundo.
6. Jesús mismo es Aquel a quien el Padre consagró y envió
en el más alto de los modos (cf. Jn 10, 36).
En El se resumen todas las consagraciones de la antigua Ley, que simbolizaban
la suya y en El está consagrado el nuevo Pueblo de Dios, de ahí en adelante
misteriosamente unido a El. Por el bautismo Jesús comparte su vida con cada
cristiano; cada uno es santificado en el Hijo; cada uno es llamado a la
santidad; cada uno es enviado a compartir la misión de Cristo, con capacidad de
crecer en el amor y en el servicio del Señor. Este don bautismal es la
consagración fundamental cristiana y viene a ser raíz de todas las demás.
7. Jesús vivió su consagración precisamente como Hijo de
Dios: dependiendo del Padre, amándole sobre todas las cosas y entregado por
entero a su voluntad. Estos aspectos de su vida como Hijo son compartidos por todos
los cristianos. A algunos, sin embargo, para bien de todos, Dios da el don de
seguir más de cerca a Cristo en su pobreza, su castidad y su obediencia por
medio de la profesión pública de estos consejos con la mediación de la Iglesia.
Esta profesión, a imitación de Cristo, pone de manifiesto una consagración
particular que está " enraizada en la consagración del bautismo y la
expresa con mayor plenitud " (PC 5). La expresión " con
mayor plenitud " nos hace pensar en el dominio de la Persona divina
del Verbo sobre la naturaleza humana que asumió y nos invita a una respuesta
como la de Jesús: un don de sí mismo a Dios de una manera que sólo El puede
hacer posible y que es testimonio de su santidad y de su ser absoluto. Una tal
consagración es un don de Dios: una gracia gratuitamente dada.
8. Cuando la consagración por la profesión de los consejos
es confirmada, como respuesta definitiva a Dios, con un compromiso público
tomado ante la Iglesia, pertenece a la vida y santidad de la Iglesia (cf. LG 44). Es la Iglesia quien autentica
el don y es mediadora de la ,consagración. Los cristianos así consagrados se
esfuerzan por vivir desde ahora lo que será la vida futura. Una vida semejante
" manifiesta más cumplidamente a todos los creyentes la presencia de
los bienes.celestiales ya en posesión aquí abajo " (LG 44). De esta manera, tales
cristianos " dan un testimonio contundente y excepcional de que el
mundo no puede ser transfigurado y ofrecido a Dios sin el espíritu de las
bienaventuranzas " (LG 31).
9. La unión con Cristo por la consagración, mediante la
profesión de los consejos, puede ser vivida en medio del mundo, puede actuar
con obras del mundo y expresarse a la manera del mundo. Esta es la vocación
especial de los institutos seculares, definidos por Pío XII como " consagrados
a Dios y a los otros " en el mundo y " con los medios del
mundo " (Primo felicíter, V y II). Por sí mismos los consejos no
separan necesariamente del mundo. En efecto, es un don de Dios a la Iglesia que
la consagración mediante la profesión de los consejos pueda tomar la forma de
una vida para ser vivida como fermento escondido. Los cristianos así
consagrados realizan su obra de salvación comunicando el amor de Cristo, por
medio de su presencia en el mundo y de su santificación desde dentro del mundo.
Su estilo de vida y presencia no se distingue externamente del de los otros
cristianos. Su testimonio se da en el ambiente común de sus vidas. Esta forma
discreta de testimonio proviene de la misma naturaleza de su vocación secular y
forma parte del modo propio con que su consagración debe vivirse (cf. PC 11).
10. En cambio, no puede decirse lo mismo de aquellos a
quienes la consagración por la profesión de los consejos constituye como
religiosos. La naturaleza misma de la vocación religiosa lleva consigo el
testimonio público de Cristo y de la Iglesia. La profesión religiosa se realiza
mediante votos que la Iglesia recibe como públicos. La forma estable de vida
común en un instituto canónicamente erigido por la autoridad eclesiástica
competente, manifiesta en forma visible la alianza y comunión que la vida
religiosa expresa. Desde el momento mismo del ingreso en el noviciado, una
cierta separación de la familia y de la vida profesional, habla potentemente de
lo absoluto de Dios; pero al mismo tiempo, se establece un vínculo nuevo y más
profundo en Cristo con la familia que se ha dejado. Este vínculo se refuerza
aún más cuando el desprendimiento de otras relaciones, ocupaciones y formas de
diversión en sí legítimas, siguen reflejando públicamente en la vida lo
absoluto de Dios. Otro aspecto de la naturaleza pública de la consagración
religiosa está en el apostolado de los religiosos que, en cierto sentido, es
siempre comunitario. La presencia religiosa es visible tanto en las formas de
actuar, como en las de vestir o en el estilo de vida.
11. La consagración religiosa se vive dentro de un
determinado instituto, siguiendo unas Constituciones que la Iglesia, por su
autoridad, acepta y aprueba. Esto significa que la consagración se vive según
un esquema específico que pone de manifiesto y profundiza la propia identidad.
Esa identidad proviene de la acción del Espíritu Santo, que constituye el don
fundacional del instituto y crea un tipo particular de espiritualidad, de vida,
de apostolado y de tradición (cfr. MR 11). Cuando se contemplan las numerosas
familias religiosas, queda uno asombrado ante la riqueza de dones
fundacionales. El Concilio insiste en la necesidad de fomentarlos como dones
que son de Dios (cf PC 2b).
Ellos determinan la naturaleza, espíritu, fin y carácter, que forman el
patrimonio espiritual de cada instituto y constituyen el fundamento del sentido
de identidad, que es un elemento clave en la fidelidad de cada religioso (cf ET
51).
12. En el caso de institutos dedicados a obras de
apostolado, la consagración religiosa presenta aún otra característica: la
participación en la misión de Cristo en forma específica y concreta.Perfecta
Caritatis recuerda que la naturaleza misma de estos institutos exige "
la actividad apostólica y las obras de caridad " (PC 8). Por el mero hecho de su
consagración, los miembros de estos institutos están dedicados a Dios y
disponibles para ser enviados. Su vocación implica la proclamación activa del
Evangelio por medio de "obras de caridad, confiadas al instituto por la
Iglesia y realizadas en su nombre" (PC 8). Por esta razón, la actividad
apostólica de tales institutos no es simplemente un esfuerzo humano para hacer
el bien, sino " una acción profundamente eclesial" (EN 60) que
hunde sus raíces en la unión con Cristo, enviado por el Padre para realizar su
obra y que expresa una consagración por parte de Dios, que envía a los
religiosos para servir a Cristo en sus miembros de determinadas maneras (cf EN
69), de acuerdo con los dones fundacionales del instituto (cf MR 15). " Toda
la vida de tales religiosos debe estar imbuída de espíritu apostólico y toda su
actividad apostólica de espíritu religioso " (PC 8).
II.
CARACTERÍSTICAS
1. LA CONSAGRACIÓN MEDIANTE LOS VOTOS PÚBLICOS
13. Es propio, aunque no exclusivo, de la vida religiosa,
profesar los consejos evangélicos por medio de votos que la Iglesia recibe.
Estos son una respuesta al don de Dios, que siendo don de amor, no puede ser
racionalizado. Es algo que Dios mismo realiza en la persona que ha escogido.
14. Como respuesta al don de Dios, los votos son la triple
expresión de un único si a la singular relación creada por la total
consagración. Son ellos la acción, mediante la cual, religiosos y religiosas se
dan " a Dios de manera nueva y especial " (LG 44).
Por los votos, el religioso dedica con gozo toda su vida al servicio de
Dios, considerando el seguimiento de Cristo " como la única cosa
necesaria " (PC 5) y
buscando a Dios, y solo a El, por encima de todo. Dos razones fundamentan esta
oblación: la primera el deseo de liberarse de los obstáculos que podrían
impedir a la persona amar a Dios ardientemente y adorarle con perfección (cf ET
7); la segunda, el deseo de ser consagrado de forma más total al servicio de
Dios (cf LG 44). LOS votos
mismos "manifiestan el inquebrantable vínculo que existe entre Cristo y
su esposa la Iglesia. Cuanto más fuertes y estables sean estos vínculos, más
perfecta será la consagración religiosa del cristiano" (LG 44).
15. Los votos son también, en concreto, tres maneras de
comprometerse a vivir como Cristo vivió, en sectores que abrazan toda la
existencia: posesiones, afectos, autonomía. Cada uno pone de relieve una
relación con Jesús, consagrado y enviado. El fue rico, pero se hizo pobre por
nuestra salvación, despojándose de todo y no teniendo donde reclinar su cabeza.
Amó con un corazón indiviso, universalmente y hasta el fin. Vino a hacer la
voluntad del Padre que le envió, y lo hizo permanentemente, "aprendiendo la
obediencia por el sufrimiento y convirtiéndose en causa de salvación para todos
los que obedecen " (Hb 05, 8).
16. La señal distintiva de cada instituto religioso se
halla en el modo con que estos valores de Cristo se expresan visiblemente. Por
esta razón, el contenido de los votos de cada instituto, como está expresado en
sus Constituciones, debe aparecer claro y sin ambigüedad. El religioso renuncia
al libre uso y disposición de sus bienes, depende del legítimo superior de su
instituto en cuanto a sus necesidades materiales, pone en común los dones y
retribuciones que recibe, como propiedad que son de la comunidad, acepta y
participa en un estilo sencillo de vida. El religioso o religiosa se compromete
a vivir la castidad por un nuevo título, el del voto, y a vivirla en el
celibato consagrado por el Reino. Esto lleva consigo una manera de vida que es
testimonio convincente y verosímil de una entrega total a la castidad y que
cierra la puerta a todo comportamiento, relación personal y forma de
recreación, incompatibles. El religioso se compromete a obedecer a los mandatos
del superior legítimo según las constituciones del instituto y acepta, además,
una particular obediencia al Santo Padre, en virtud del voto de obediencia.
Implícita en el compromiso que los votos producen, está la exigencia de la vida
común con los hermanos o hermanas de comunidad. El religioso se compromete a
vivir en fidelidad a la naturaleza, fin, espíritu y carácter del instituto,
como aparecen expresados en sus constituciones, en las normas propias y en las
sanas tradiciones. Finalmente, el religioso se compromete generosamente a
emprender una vida de conversión radical y continua, como la reclama el
Evangelio, especificada ulteriormente en el contenido de cada uno de los votos.
17. La consagración, por medio de la profesión de los
consejos evangélicos en la vida religiosa, inspira una forma de vida que tiene
necesariamente una repercusión social. No es que los votos pretendan
convertirse en una protesta social; pero, sin duda, la vida según los votos
siempre da testimonio de unos valores que desafían a la sociedad, como desafían
a los mismos religiosos. La pobreza, castidad y obediencia religiosas pueden
hablar con fuerza y claridad al mundo de hoy, que sufre de tanto consumismo y
discriminación, erotismo y odio, violencia y opresión (cf RPH 15).
2. COMUNIÓN EN COMUNIDAD
18. La consagración religiosa establece una comunión
particular entre el religioso y Dios y, en El, entre los miembros de un mismo
instituto. Este es el elemento fundamental en la unidad de un instituto.
Tradición compartida, trabajos comunes, estructuras racionales, recursos
mancomunados, constituciones comunes y espíritu de cuerpo, son todos elementos
que pueden ayudar a construir y a fortalecer la unidad; pero el fundamento de
la unidad es la comunión en Cristo, establecida por el único carisma fundacional.
Esta comunión está enraizada en la consagración religiosa misma. Esta animada
por el espíritu del Evangelio, alimentada por la oración, marcada por una
mortificación generosa y caracterizada por el gozo y la esperanza que brotan de
la fecundidad de la cruz (cf ET 41).
19. Para los religiosos, la comunión en Cristo se expresa
de una manera estable y visible en la vida comunitaria. Tan importante es esa
vida comunitaria para la consagración religiosa, que cada religioso, cualquiera
que sea su trabajo apostólico, está obligado a ella por el mero hecho de la
profesión y debe normalmente vivir bajo la autoridad de un superior local, en
una comunidad del instituto al que pertenece. Normalmente, también, la vida de
comunidad lleva consigo el compartir la vida de cada día según unas estructuras
concretas y las prescripciones de las Constituciones. Compartir la oración, el
trabajo, las comidas, el descanso, el espíritu de grupo " las
relaciones de amistad, la cooperación en el mismo apostolado y el mutuo apoyo
en una vida de comunidad, escogida para seguir mejor a Cristo, son todos ellos
otros tantos valiosos factores en el diario caminar" (ET 39). Una
comunidad reunida como verdadera familia en el nombre del Señor goza de su
presencia (cf Mt 18, 25) por el amor
de Dios que es infundido por el Espíritu Santo (cf Rm 05, 5). Su unidad es un símbolo de la
venida de Cristo y es una fuente de poderosa energía apostólica (cf PC 15). En ella la vida consagrada
puede desarrollarse en condiciones ideales (cf ET 38) y queda asegurada la
formación permanente de sus miembros. La aptitud para vivir una vida
comunitaria, con sus gozos y sus limitaciones, es una cualidad que es índice de
vocación religiosa para un determinado instituto y criterio clave para aceptar
un candidato.
20. La comunidad local, como lugar en que la vida religiosa
es vivida prevalentemente, tiene que ser organizada de forma que queden en
evidencia los valores religiosos. Su centro es la Eucaristía, en la que
participan los miembros de la comunidad a diario, en lo posible, y que es
venerada en un oratorio donde puede tener lugar la celebración y donde el
Santísimo Sacramento está reservado (cf ET 48). Tiempos de oración en común a
diario, basados en la palabra de Dios y en unión con la oración de la Iglesia,
como ocurre especialmente en la Liturgia de las Horas, alimentan la vida
comunitaria. Es igualmente necesario un ritmo de tiempos más intensos de
oración, ya semanal, ya mensual y, en especial, el retiro anual. La frecuente
recepción del sacramento de la Reconciliación es también parte de la vida
religiosa. Además del aspecto personal del perdón de Dios y de su amor
renovador en el plan individual, el sacramento construye la comunidad gracias a
su poder de reconciliación y crea también un vínculo especial con la Iglesia.
De acuerdo con las normas propias del instituto, se ha de dar también un tiempo
conveniente para la cotidiana oración privada y para una provechosa lectura
espiritual. Se han de encontrar maneras de profundizar las devociones propias
del instituto y muy en especial la devoción a María Madre de Dios. La comunidad
debe igualmente tener presentes en su oración las necesidades del entero
Instituto, así como el afectuoso recuerdo de aquellos miembros que han pasado
de esta vida al Padre. La promoción de estos valores religiosos de la vida
comunitaria y el establecimiento de una organización adecuada, que los fomente,
es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad, pero en particular
del superior local (cf ET 26).
21. El estilo mismo de la vida comunitaria está en relación
con la forma de apostolado que los miembros deben mantener, así como con la
cultura y sociedad en que ese apostolado se ejercita. La forma de apostolado
puede ser causa determinante de la magnitud y ubicación de una comunidad, de
sus necesidades particulares y de sus standards de vida. Mas, sea el que fuere
el apostolado, la comunidad debe esforzarse por vivir con sencillez, según las
normas establecidas para todo el instituto y para la provincia, aplicadas a su
propia situación. En su forma de vida debe ocupar un lugar importante el
ascetismo, que es parte integrante de la consagración religiosa. Finalmente, ha
de proveer a las necesidades de sus miembros, conforme a sus propios recursos,
teniendo siempre en cuenta sus obligaciones para con el entero instituto y para
con los pobres.
22. En vistas de la importancia crucial de la vida de
comunidad, es necesario notar que su calidad se ve afectada positiva o
negativamente por dos tipos de diferencias dentro del instituto: en sus
miembros y en sus obras. Es esta la variedad que encontramos en la imagen
paulina del Cuerpo de Cristo o en la imagen conciliar del Pueblo peregrino de
Dios. En ambas, la diversidad es, en verdad, abundancia de dones que tienden a
enriquecer la única realidad. Por lo mismo, el criterio de aceptación de
miembros y obras en un instituto religioso es la construcción de la unidad (cf
MR 12). Prácticamente habrá que preguntarse: los dones de Dios en esta persona,
o proyecto, o grupo, contribuirán a la unidad y a hacer más profunda la
comunión? Si así fuere, sean bienvenidos. Si no, sin que importe lo buenos que
tales dones puedan parecer en sí mismos o lo deseables que puedan resultar para
algunos miembros, no son buenos para ese instituto en particular. Es un error
pretender que el don fundacional de un instituto lo abarque todo. Ni es
razonable fomentar un don que, virtualmente, separa un miembro de la comunión
con la comunidad. Tampoco es prudente tolerar líneas de desarrollo fuertemente
divergentes que carezcan de una recia conexión de unidad en el instituto mismo.
La diversidad sin divisiones y la unidad sin uniformismo son una riqueza y un
reto que favorecen el crecimiento de la comunidad de oración, de gozo y
servicio, como testimonio de la realidad de Cristo. Constituye una
responsabilidad peculiar de los superiores y de los maestros de formación, el
asegurarse que diferencias que conducen a la desintegración, no sean tomadas
equivocadamente por auténticos valores de diversidad.
3. MISIÓN EVANGELICA
23. Cuando Dios consagra una persona, concede un don
especial en orden a la realización de su propio designio de amor: la
reconciliación y la salvación del género humano. El no sólo escoge, segrega y
dedica a Sí mismo la persona, sino que la compromete en su obra divina. La
consagración inevitablemente implica misión. Se trata de dos facetas de una
misma realidad. La elección de una persona por parte de Dios, es para la
salvación de los demás: la persona consagrada es "enviada" para
realizar la obra de Dios, con el poder de Dios. Jesús mismo tenía clara
conciencia de ello. Consagrado y enviado para llevar la salvación de Dios,
estaba por entero dedicado al Padre en la adoración, el amor y la obediencia, y
totalmente entregado a la obra del Padre, que es la salvación del mundo.
24. Los religiosos, por su forma peculiar de consagración,
están necesaria y profundamente comprometidos en la misión de Cristo. Como El,
son llamados para los otros: enteramente orientados hacia el Padre por el amor
y, por eso mismo, entregados del todo al servicio salvador de Cristo a favor de
sus hermanos y hermanas. Esto es verdad en todas las formas existentes de vida
religiosa. La vida contemplativa claustral tiene su propia escondida fecundidad
apostólica (cf PC 7) y proclama
ante todos que Dios existe y que es amor. Los religiosos dedicados a obras de
apostolado prolongan en nuestros tiempos la presencia de Cristo " que
anuncia el Reino de Dios a las multitudes, que sana a los enfermos y heridos,
que convierte a los pecadores a una vida mejor, bendice a los niños, hace el
bien a todos, siempre obedeciendo la voluntad del Padre que le envió " (LG
48). Esta obra salvadora de
Cristo es compartida a través de determinados servicios, confiados por la
Iglesia al instituto al aprobar sus constituciones. Esta aprobación determina
la naturaleza del servicio emprendido, que debe ser fiel al Evangelio, a la
Iglesia y al instituto. Establece, además, ciertos límites, dado que la misión
del religioso se ve, al mismo tiempo, reforzada y delimitada por las
consecuencias de la consagración en un determinado instituto. Aún más, la
naturaleza del servicio religioso determina cómo la misión ha de ser realizada:
en unión profunda con el Señor y con una gran sensibilidad respecto a los
tiempos, la cual capacitará al religioso " para transmitir el mensaje
del Verbo Encarnado en términos que el mundo pueda comprender" (ET 9).
25. Cualquiera que sea el servicio apostólico a través del
cual se transmite la palabra, la misión es emprendida como responsabilidad
comunitaria. Es al instituto en su totalidad, a quien la Iglesia encomienda la
participación en la misión de Cristo, que es característica suya y se expresa a
través de las obras inspiradas por el carisma fundacional. Esta misión
corporativa no significa que todos los miembros del instituto hagan las mismas
cosas o que las cualidades y dones de las personas no sean respetados.
Significa que la actividad de todos los miembros está directamente relacionada
con el apostolado común, el cual - como la Iglesia ha reconocido - expresa en
concreto la finalidad del Instituto. Este apostolado común y permanente forma
parte de la sana tradición del instituto. Está tan íntimamente relacionado con
la identidad, que no se puede cambiar sin tocar el carácter mismo del
instituto. Es, por tanto, la piedra de toque en la evaluación de nuevas obras,
sea que estos servicios hayan de ser realizados por un grupo o individualmente.
De la integridad del apostolado común son especialmente responsables los
superiores mayores: deben velar por que el instituto sea, a la vez fiel a su
misión tradicional en la Iglesia y abierto a nuevas maneras de realizarlo. Las
obras tienen necesidad de ser renovadas y revitalizadas, pero esto ha de
hacerse manteniéndose siempre fieles al apostolado aprobado del instituto y en
colaboración con las autoridades eclesiásticas correspondientes. Tal renovación
deberá estar marcada por las cuatro grandes fidelidades, puestas de relieve en el
documento Religiosos y Promoción humana: " fidelidad a la humanidad y a
nuestro tiempo; fidelidad a Cristo y al Evangelio; fidelidad a la Iglesia y a
su misión en el mundo; fidelidad a la vida religiosa y al carisma del instituto
" (RPH 13).
26. El religioso o religiosa realiza su propia acción
apostólica dentro de la misión eclesial del instituto. Fundamentalmente, será
un trabajo de evangelización que tenderá, en la Iglesia y de acuerdo con la
misión del instituto, a ayudar a difundir la Buena Nueva entre "toda la
humanidad y, por medio del Evangelio, a transformar la humanidad desde dentro"
(EN 18; RPH intr.). En la práctica, llevará consigo alguna forma de
servicio compatible con la finalidad del instituto, emprendido de ordinario con
otros hermanos y hermanas de la misma familia religiosa. En el caso de algunos
institutos clericales o misioneros, el religioso podrá a veces encontrarse solo
en su actividad apostólica. En el caso de otros institutos, una actividad
solitaria podrá ser emprendida solamente con permiso de los superiores, para
hacer frente a una necesidad urgente por un tiempo limitado. Al final de la
vida, el apostolado será, para muchos, sólo una misión de oración y
sufrimiento. Pero en cualquier situación, el trabajo apostólico de cada religioso
es el propio de una persona enviada en comunión con un instituto, que ha
recibido una misión eclesial. Tal actividad tiene su fuente en la obediencia
religiosa (PC 8; PC 10). Por lo
mismo, se diferencia, en su modo de ser, del apostolado propio de los laicos
(cf RPH 22; AA 2, AA 7, AA 13, AA 25).
Precisamente por su obediencia en sus obras eclesiales y corporativas, los
religiosos ponen de manifiesto uno de los aspectos más importantes de su vida.
Ellos son genuinamente apostólicos, no precisamente porque ejercen un
apostolado, sino porque viven como los apóstoles vivieron: siguiendo a Cristo
en servicio y comunión, según las enseñanzas del Evangelio, en la Iglesia que
El fundó.
27. No cabe duda que actualmente, en muchos lugares del
mundo, los institutos religiosos que se dedican a actividades apostólicas se
enfrentan con especiales dificultades que afectan a su apostolado. El menor
número de religiosos, la disminución de vocaciones, el envejecimiento general,
las presiones sociales provocadas por movimientos contemporáneos, están
coincidiendo con la constatación de un mayor número de necesidades, un mayor
individualismo en el desarrollo personal, una conciencia más aguda de los temas
referentes a la justicia, la paz y la promoción humana. Existe la tentación de
querer hacerlo todo. Existe la tentación de abandonar obras estables, genuina
expresión del carisma del instituto, por otras que parecen más eficaces
inmediatamente frente a las necesidades sociales, pero que dicen menos con la
identidad del instituto. Existe un tercer peligro: el de dispersar los recursos
de un instituto en una multitud de actividades a breve plazo, con muy poca
conexión con el carisma de fundación. En todos estos casos, los efectos no son
inmediatos, pero, a la larga, sufre la unidad y la identidad del instituto
mismo; y esto sería dañoso para la Iglesia y su misión.
4. LA ORACIÓN
28. La vida religiosa no se puede sostener sin una profunda
vida de oración, individual, comunitaria y litúrgica. El religioso, que abraza
una vida de total consagración, está llamado a conocer al Señor resucitado con
un conocimiento ferviente y personal y a conocerle como a uno con el cual se
está personalmente en comunión: " Esta es la vida eterna: conocer al
único Dios verdadero y a Jesucristo a quien El ha enviado " (Jn 17, 3). Su conocimiento en la fe trae
consigo el amor: " aun sin verle le amasteis y sin verle todavía os
alegráis ya con gozo tan glorioso que no se puede describir (1P 1,8). Este
gozo de amor y conocimiento, se produce de muchas maneras, pero
fundamentalmente, y como medio necesario y básico, a través de encuentros
personales y comunitarios con Dios en la oración. Aquí es donde el religioso
encuentra "la concentración de su corazón en Dios" (DmC 1),
que unifica vida y misión.
29. Así como ocurrió con Jesús, en cuya vida la oración
como acto diferenciado, ocupó un espacio amplio y esencial, el religioso
necesita orar para ahondar su unión con Dios (cf Lc 05, 16). La oración es, además, una
condición necesaria para proclamar el Evangelio (cf Mc 01, 35-38). Viene a ser el contexto de
todas las decisiones y acontecimientos importantes (cf Lc 06, 12-13). También como en Jesús, el
hábito de oración es necesario si el religioso quiere lograr aquella visión contemplativa
de las cosas por la que Dios se revela, por la fe, en los acontecimientos
ordinarios de la vida (cf DmC 1). Esta es la dimensión contemplativa que
Iglesia y mundo tienen derecho a esperar del religioso, por el hecho de su
consagración. Dimensión que debe ser robustecida con tiempos prolongados,
dedicados exclusivamente a la adoración del Padre, a amarle y a ponerse
silenciosamente a su escucha. Por esta razón, Pablo VI insistía: " La
fidelidad a la oración diaria sigue siendo siempre una necesidad fundamental
para el religioso. La oración debe tener un lugar preferencial en vuestras
constituciones y en vuestras vidas " (ET 45).
30. Al decir " en vuestras constituciones
", Pablo VI nos recuerda que para el religioso la oración no es
sólo volverse la persona amorosamente hacia Dios, sino también una respuesta
comunitaria de adoración, intercesión, alabanza y acción de gracias, que debe
ser regulada en forma estable (cf ET 43). No puede dejarse al caso. A nivel de
cada instituto, de cada provincia y de cada comunidad, son necesarias normas
concretas para que la oración adquiera profundidad y madurez en la vida
religiosa, individual y comunitariamente. Sólo a través de la oración será
capaz el religioso, en último término, de responder a su consagración; pero la
oración comunitaria tiene una función importante en orden a proporcionar el
necesario apoyo espiritual. Cada religioso tiene derecho a ser ayudado por la
presencia y ejemplo de los otros miembros de la comunidad en oración. Cada uno
tiene el privilegio y la obligación de orar con los otros y de participar con
ellos en la liturgia, que viene a ser el centro unificador de sus vidas. Esta
ayuda mutua estimula el esfuerzo por vivir la vida de unión con el Señor, a la
cual los religiosos son llamados. " La gente tiene que sentir que
alguien está obrando a través de ti. En la medida en que vives tu total
consagración a Dios, estás comunicando algo de El y es El en último término
Aquél por quien el corazón humano está suspirando " (Juan Pablo II,
Altötting).
5. ASCETISMO
31. La disciplina y el silencio, necesarios para la
oración, nos recuerdan que la consagración por los votos religiosos exige un
cierto ascetismo " que abarca todo el ser" (ET 46). La
respuesta de Cristo, de pobreza, castidad y obediencia, le condujo a la soledad
del desierto, al dolor de la contradicción y al abandono de la cruz. La
consagración del religioso se adentra por ese mismo camino, no puede ser un
reflejo de la consagración de Cristo, si su vida no lleva consigo la
abnegación. La vida religiosa misma es una expresión permanente, pública y
visible, de conversión cristiana. Exige el abandono de todas las cosas y el
tomar la propia cruz para seguir a Cristo con la vida entera. Lo cual lleva
como consecuencia la ascética necesaria para vivir en pobreza de espíritu y de
hecho, para amar como Cristo ama, para someter la propia voluntad, por Dios, a
la voluntad de otro que le representa, aunque imperfectamente. Exige el don de
sí mismo, sin el cual no es posible vivir ni una vida comunitaria auténtica, ni
una misión fructuosa La afirmación de Jesús que el grano de trigo necesita caer
en tierra y morir si ha de dar fruto, tiene una aplicación particular para el
religioso a causa de la naturaleza pública de sus votos. Es cierto que muchas penitencias
del día de hoy se hallan en los hechos mismos de la vida y deben ser aceptadas
allí. Sin embargo, es cierto que los religiosos, si no construyen su vida sobre
" una austeridad alegre y bien equilibrada " (ET 30) y una
renuncia decidida y concreta, arriesgan la pérdida de la libertad espiritual,
necesaria para vivir los consejos. En efecto, sin esa austeridad y renuncia, su
misma consagración puede verse en peligro. Por eso, no puede darse un
testimonio público de Cristo, pobre, casto y obediente, sin ascética. Aún más,
por la profesión de los consejos por medio de los votos, los religiosos se
obligan a adoptar todos los medios necesarios para ahondar y promover lo que
han prometido, y esto significa una elección voluntaria de la cruz, que ha de ser
" como lo fue para Cristo, la más grande prueba de amor" (ET
29).
6. TESTIMONIO PÚBLICO
32. Por naturaleza, la vida religiosa es un testimonio que
debería manifestar claramente la primacía del amor de Dios con una fuerza que
proviene del Espíritu Santo (cf ET 1). Jesús realizó este cometido de manera
perfecta: dando testimonio del Padre " con el poder del Espíritu en si
" (Lc 4,14), en su vida, muerte y resurrección, permaneciendo para
siempre el testigo fiel. A su vez envió a sus apóstoles, con la fuerza del
mismo Espíritu, para ser sus testigos en Jerusalén, Judea y Samaría y hasta los
últimos confines de la tierra (cf Act 01, 8). El objeto de su testimonio era
siempre el mismo: "Lo que fue desde el principio, lo que hemos oído y
visto con nuestros ojos; lo que hemos observado y tocado con nuestras manos: el
Verbo que es vida " (1Jn 01, 1);
Jesucristo " El Hijo de Dios, proclamado en toda su gloria por su
resurrección de entre los muertos" (Rm 01, 5).
33. También los religiosos en su propio tiempo están
llamados a dar testimonio de una experiencia similar, profunda y personal de
Cristo; y a compartir la fe, la esperanza, el amor y el gozo que esa
experiencia va produciendo. Su continua renovación individual de vida debiera
ser fuente de nuevo crecimiento en los institutos a los que pertenecen,
recordando las palabras del Papa Juan Pablo II: " Lo que más cuenta no
es lo que los religiosos hacen, sino lo que son como personas consagradas al
Señor " (Mensaje a la Plenaria de la Sda. Congregación, marzo
1980). No solamente con las obras, con que directamente anuncian el Evangelio,
sino, con mayor fuerza aún, con su mismo modo de vivir, debieran ser voz que
afirma con convicción y confianza: Hemos visto al Señor. Ha resucitado. Hemos
escuchado su palabra.
34. El carácter absoluto de la consagración religiosa
requiere que el testimonio del Evangelio se dé públicamente con la vida entera.
Valores, actitudes y estilo de vida han de atestiguar con fuerza el lugar de
Cristo en la propia vida. La visibilidad de este testimonio lleva consigo el
abandono de hábitos de confort y de conveniencias, que serían por los demás
legítimas. Reclama una limitación de las formas de descanso y de diversión (cf
ES 1 § 2; CD 33-35). Para
asegurar este testimonio público, los religiosos aceptan voluntariamente un
género de vida que no es permisivo, sino minuciosamente reglamentado. Usan una
vestimenta que los distingue como personas consagradas y tienen un lugar de
residencia, establecido detalladamente por su instituto de acuerdo con el
derecho común y sus propias constituciones. Asuntos como viajes y relaciones
sociales han de estar de acuerdo con el espíritu y el carácter de su instituto
y con la obediencia religiosa. Estas medidas, de por sí, no aseguran el deseado
testimonio público del gozo, la esperanza y el amor de Jesucristo, pero ofrecen
importantes medios para ello, y lo cierto es que el testimonio religioso no se
da sin ellas.
35. El modo de trabajar es también importante para el
testimonio público. Tanto lo que se hace, como el modo de hacerlo, debieran
anunciar a Cristo desde la pobreza de quien no busca su propia realización y
satisfacción. En nuestros tiempos la carencia de poder es una de las mayores
pobrezas. El religioso acepta compartirla íntimamente en la generosidad de su
obediencia, convirtiéndose con ello en uno de los pobres y volviéndose
particularmente insignificante, como Cristo lo fue en su Pasión. Una persona
así sabe lo que es permanecer ante Dios en estado de indigencia, lo que es amar
como Jesús y lo que es trabajar en la obra de Dios al modo de Dios. Por
fidelidad a su misma consagración, el religioso procura fomentar estas
actitudes, siguiendo las normas concretas de su propio instituto.
36. La fidelidad al apostolado que el propio instituto
ejerce por mandato de la Iglesia, es también esencial para un auténtico
testimonio. El dedicarse personalmente a socorrer necesidades a costa de las
obras propias del instituto, no puede ser más que perjudicial. Ciertamente
existen modos de vivir y obrar que dan testimonio de Cristo muy claramente en
el ambiente contemporáneo. El constante control del uso de los bienes y del
estilo de relaciones de la propia existencia, constituye uno de los medios más
eficaces que tiene el religioso para promover la justicia de Cristo en el
tiempo actual (cf RPH 4e). Ser voz de los que no tienen voz es también un
testimonio religioso, cuando se hace de acuerdo con las directrices de la
jerarquía local y de las normas del propio instituto. El drama de los
refugiados, de los perseguidos por creencias políticas o religiosas (cf EN 39)
de aquellos a quienes se niega el derecho de nacer y vivir, las restricciones
injustas de la libertad humana, las deficiencias sociales que son causa de sufrimiento
para los ancianos, los enfermos y los marginados, son otras tantas
continuaciones de la Pasión, que elevan su clamor, particularmente hacia los
religiosos dedicados a obras de apostolado (cf RPH 4d).
37. La respuesta será diversa según sea la misión,
tradición e identidad de cada instituto. Algunos se verán en la necesidad de
solicitar la aprobación de nuevas misiones en la Iglesia. En otros casos, se
tratará de institutos nuevos que son reconocidos para enfrentarse con
necesidades especificas. En la mayoría de los casos, el uso creativo de obras
ya afianzadas, para enfrentarse con nuevos desafíos, será un claro testimonio
de Cristo, ayer, hoy y siempre. El testimonio del religioso que, con fidelidad
a la Iglesia y a las tradiciones de su instituto, se dedica con empeño y amor a
la defensa de los derechos humanos y a la venida del Reino en el orden social,
puede ser un eco claro del Evangelio y de la voz de la Iglesia (cf RPH 3). Así
es como se manifiesta públicamente el poder transformante de Cristo en la
Iglesia y la vitalidad del carisma del instituto ante la gente de nuestro
tiempo. Finalmente, la perseverancia que es un don ulterior del Dios de la
alianza, es el silencioso pero elocuente testimonio que da el religioso del
Dios fiel, cuyo amor no tiene límites.
7. RELACIONES CON LA IGLESIA
38. La vida religiosa tiene su propio lugar dentro de la
estructura divina y jerárquica de la Iglesia. No constituye un estado
intermedio entre la condición clerical y laical, sino que procede de ambas,
como don especial para la Iglesia entera (cf LG 43; MR 10). En particular, por ser
un signo visible del misterio de la acción de Dios, que consagra a través de la
vida y, siéndolo así por mediación de la Iglesia para bien del entero Cuerpo,
la vida religiosa participa de modo especial de la naturaleza sacramental del
Pueblo de Dios. Y porque es parte de la Iglesia, misterio y realidad social, no
puede existir sin ambos aspectos.
39. Fue esta doble realidad la que el Concilio Vaticano II
subrayó al insistir en la naturaleza sacramental de la Iglesia, que es en
primer lugar y necesariamente misterio, invisible, comunión divina con la nueva
vida del Espíritu; y necesariamente también, realidad social, visible, comunidad
humana bajo la autoridad de uno que representa a Cristo Cabeza. Como misterio
(cf LG 1) la Iglesia es la
nueva creación, vivificada por el Espíritu y reunida en Cristo para acercarse
con confianza al trono de gracia del Padre (cf Hb 04, 16). Como realidad social,
presupone la iniciativa histórica de Jesucristo, su ida pascual al Padre, su
capitalidad objetiva de la Iglesia, que El fundó, y el carácter jerárquico que
de ahí deriva: esa diversidad de ministerios que concurren al bien del entero
Cuerpo (cf LG 18; MR 15). El
doble aspecto de " organismo social visible y presencia divina
invisible unidos íntimamente " (MR 3) es lo que confiere a la
Iglesia su especial naturaleza sacramental en virtud de la cual es " sacramento
visible de la unidad salvífica "(LG 9). Es a la vez sujeto y objeto de
fe, transcendiendo esencialmente los parámetros de toda perspectiva meramente
sociológica, incluso cuando renueva sus estructuras humanas a la luz de las
evoluciones históricas y de los cambios culturales (cf MR 3). Su misma
naturaleza la hace " sacramento universal de salvación " (LG 48): signo visible del misterio de
Dios y realidad jerárquica; un designio divino, merced al cual ese signo puede
ser comprobado auténticamente y se torna eficaz.
40. La vida religiosa toca ambos aspectos. Los fundadores y
fundadoras de institutos religiosos piden a la Iglesia jerárquica que garantice
públicamente el don de Dios, del que proceden sus institutos. Al hacerlo, los
fundadores y sus seguidores dan también testimonio del misterio de la Iglesia,
porque cada instituto existe para construir el Cuerpo de Cristo en la unidad de
sus diversas funciones y actividades.
41. En sus orígenes los institutos religiosos dependen de
manera especial de la jerarquía. Los obispos, en comunión con el sucesor de
Pedro, forman un colegio que conjuntamente ostenta y ejercita en la Iglesia
Sacramento las funciones de Cristo Cabeza (cf MR 6; LG 21; PO 1, 2; CD 2). Ellos tienen no sólo la
función pastoral de alimentar la vida de Cristo en los fieles, sino también la
obligación de verificar los dones y carismas. Son responsables del
coordinamiento de las energías de la Iglesia y es misión suya guiar al Pueblo
entero a vivir en el mundo como señal e instrumento de salvación. Por eso
poseen de manera especial el ministerio del discernimiento en relación con los
múltiples dones e iniciativas del Pueblo de Dios. Como ejemplo particularmente
rico e importante de estos múltiples dones, cada instituto religioso depende,
en cuanto al discernimiento auténtico de su carisma fundacional, del ministerio
confiado por Dios a la jerarquía.
42. Esta relación se da no solamente en el primer
reconocimiento de un instituto religioso, sino que perdura a través de su
desarrollo. La Iglesia hace más que dar existencia a un instituto; lo acompaña,
lo guía, lo corrige y estimula en su fidelidad al don fundacional (cf LG 45) porque es un elemento vital en
su propia vida y desarrollo. Recibe los votos hechos en el instituto como votos
de religión, con consecuencias eclesiales, que suponen una consagración hecha
por Dios mismo, a través de su mediación (cf MR 8). Confiere al instituto una
participación pública en su propia misión, concreta y comunitaria a la vez. (cf LG 17; AG 40). Confía
al instituto, de acuerdo con su propio derecho común y con las constituciones
que ella misma ha aprobado, la autoridad religiosa necesaria para una vida de
obediencia consagrada. En resumen, la Iglesia continúa siendo mediadora de la
acción de Dios, que consagra, de un modo específico, reconociendo y fomentando
esta forma particular de vida consagrada.
43. En la práctica diaria, esta relación permanente del
religioso con la Iglesia se realiza, con mayor frecuencia, a nivel diocesano o
local. El documento Mutuae Relationes está dedicado por entero a este
tema, desde el punto de vista de su aplicación actual. Es suficiente decir aquí
que la vida y la misión del Pueblo de Dios son una sola realidad. Todos están
llamados a realizarla en conformidad con las funciones y tareas propias de cada
uno. La contribución exclusiva dada por el religioso a esta vida y misión, se
funda en la naturaleza total y pública de su vida cristiana consagrada, según
un don fundacional aprobado por la autoridad eclesiástica.
8. LA FORMACIÓN
44. La formación religiosa promueve el desarrollo de la
vida de consagración al Señor, desde las primeras etapas, en que una persona
empieza a interesarse seriamente por ella, hasta su consumación final, cuando
el religioso encuentra definitivamente al Señor en la muerte. El religioso vive
una forma particular de vida; y la vida misma está en permanente proceso de
desarrollo. No se mantiene estable. Tampoco el religioso es llamado y
consagrado de una vez para siempre. La vocación de Dios y la consagración por
El, continúan a lo largo de la vida, capaces de crecimiento y ahondamiento, en
formas que van más allá de nuestro entender. El discernimiento de la capacidad
de vivir una vida que promueva este desarrollo, de acuerdo con el patrimonio
espiritual y las normas de un determinado instituto y el acompañamiento de la
vida misma en su evolución personal en cada miembro de la comunidad, son las
dos principales facetas de la formación.
45. Para cada religioso, la formación es el proceso de
llegar a ser más y más un discípulo de Cristo, creciendo en unión y en
configuración con El. Se trata de ir asimilando cada vez más el Espíritu de
Cristo, de compartir más intensamente su don de sí mismo al Padre y su servicio
fraternal a la familia humana y de hacerlo de acuerdo con el don fundacional
del instituto, por medio del cual fluye el Evangelio hacia los miembros de cada
instituto religioso. Tal proceso requiere una genuina conversión. "
Revestirse de Cristo " (cf Rm 13,14;Ga 3,27; Ef 04, 24) exige desprenderse de la
autosuficiencia y del egoísmo (cf Ef 04, 22-24;
Col 03, 9-10). El mero hecho de "
caminar según el espíritu "significa abandonar "los deseos
de la carne " (Ga 5,16). El religioso hace de este " revestirse
de Cristo ",con su pobreza, su amor y su obediencia, la tarea esencial
de su vida. Es una tarea que nunca termina: antes bien, es un proceso constante
de maduración, que abarca no solamente los valores espirituales, sino también
todo aquello que contribuye psicológica, cultural y sociológicamente a la
plenitud de la personalidad humana. A medida que el religioso crece hacia la
plenitud de Cristo según su estado de vida, se comprueba la verdad de lo que
afirma Lumen gentium:
"Si bien la profesión de los consejos evangélicos lleva consigo la
renuncia a bienes que indudablemente merecen ser altamente estimados, eso no
constituye un obstáculo al verdadero desarrollo de la persona humana, antes por
el contrario, por su misma naturaleza es sumamente beneficioso para ese
desarrollo " (LG45).
46. La creciente configuración con Cristo se va realizando
en conformidad con el carisma y normas del instituto al que el religioso
pertenece. Cada instituto tiene su propio espíritu, carácter, finalidad y
tradición, y es conformándose con ellos, como los religiosos crecen en su unión
con Cristo. Para los institutos dedicados a obras de apostolado, la formación
incluye la preparación y continua actualización de sus miembros para las obras
peculiares del instituto, no simplemente como profesionales, sino como "
testigos vivos del amor sin límites y del Señor Jesús " (ET 53).
Aceptada por cada religioso como asunto de responsabilidad personal, la
formación se convierte no sólo en crecimiento personal, sino también en una
bendición para la comunidad y una fuente de fructuosa energía para el
apostolado.
47. Puesto que la iniciativa en la consagración religiosa
está en la llamada de Dios, se sigue que Dios mismo, actuando por medio del
Espíritu Santo de Jesús, viene a ser el primer y principal agente de la
formación del religioso. El actúa a través de su palabra y de los sacramentos,
de la oración y la liturgia, del magisterio de la Iglesia y, en forma más
inmediata, a través de aquellos que han sido llamados por la obediencia a
secundar de modo especial la formación de sus hermanos y hermanas. Respondiendo
a la gracia y guía de Dios, el religioso acepta con amor la responsabilidad de
su formación personal y de su crecimiento, acogiendo las consecuencias de esta
respuesta, que son para cada persona únicas y siempre imprevisibles. La
respuesta, sin embargo, no se da en el aislamiento. Siguiendo la tradición de
los antiguos padres del desierto y la de todos los grandes fundadores, en la
organización de cuanto se refiere a la dirección de cada instituto religioso,
algunos miembros son especialmente preparados y dedicados a ayudar a sus
hermanos o hermanas en este campo. Su tarea es diferente según la etapa en que
se halla cada religioso, pero sus principales funciones son siempre: discernir
la acción de Dios; acompañar al religioso por las sendas de Dios; alimentar su
vida con sólida doctrina y con la práctica de la oración y, principalmente en las
primeras etapas, la evaluación de la jornada. El maestro de novicios y los
religiosos responsables de los recién profesos, tienen también el deber de
comprobar si el joven religioso tiene vocación y capacidad para hacer su
profesión temporal o perpetua. Todo el proceso en cualquier etapa tiene lugar
en comunidad, ya que el ambiente natural para la formación es una comunidad
orante y entregada, que edifica sobre Cristo su unión y comparte conjuntamente
su misión. Deberá ser fiel a las tradiciones y constituciones del instituto y
estar bien insertada en el instituto en todo su conjunto, en la Iglesia y en la
sociedad a quien sirve. Deberá sostener a sus miembros y mantener ante ellos en
la fe, durante toda su vida, las metas y valores que la consagración implica.
48. La formación no se consigue toda de una vez. El
trayecto que media entre la respuesta inicial y la postrera, se puede dividir
de modo general en cinco fases: el prenoviciado, en que ha de comprobarse la
autenticidad de la llamada, en lo posible; el noviciado, que da inicio a una
nueva forma de vida; la primera profesión y el período de maduración previa a
la profesión perpetua; la profesión perpetua y la formación permanente de la
edad adulta; y, finalmente, los años del ocaso, de cualquier modo que se
presente, que es preparación próxima para el encuentro con el Señor. Cada una
de estas fases tiene su propio objetivo, contenido y normativa. Las etapas de
noviciado y profesión, a causa de su importancia, son cuidadosamente reguladas
en sus líneas principales por la Iglesia en su derecho común. De todas maneras,
es mucho lo que se deja a la responsabilidad de los institutos en particular. A
estos se les pide que fijen concretamente en sus constituciones; normas
detalladas para un considerable número de asuntos, a los cuales el derecho
común hace referencia sólo en principio.
9. EL GOBIERNO
49. El gobierno del religioso apostólico, al igual que los
demás aspectos de su vida, está basado en la fe y en la realidad de su
respuesta de consagración a Dios, en la comunidad y en la misión. Se trata de
mujeres y hombres, miembros de institutos religiosos, cuyas estructuras
reflejan la jerarquía cristiana, cabeza de la cual es Cristo mismo. Personas
que han escogido vivir la obediencia consagrada como valor de vida; y, por
ello, necesitan una forma de gobierno que exprese estos valores y una forma
particular de autoridad religiosa. Esa autoridad, característica de los
institutos religiosos, no proviene de los miembros; es conferida por Dios
mediante el ministerio de la Iglesia, al reconocer el instituto y aprobar sus
constituciones. Es una autoridad de la que están investidos los superiores,
mientras duren sus períodos de servicio, ya sea a nivel general, intermedio o
local. Debe ser ejercida de acuerdo con las normas del derecho común y propio,
con espíritu de servicio, respetando la persona humana de cada religioso como
hijo de Dios (cf PC 14),
estimulando la cooperación para el bien del instituto, pero siempre preservando
el derecho del superior de discernir y decidir lo que ha de hacerse (cf ET 25).
Estrictamente hablando, esta autoridad religiosa no se comparte. Puede ser
delegada, según la constituciones, para determinados fines, pero, normalmente,
es ejercida por razón de oficio y es la persona del superior la investida de
autoridad.
50. Sin embargo, los superiores no ejercen la autoridad
aisladamente. Cada uno debe tener la asistencia de un consejo, cuyos miembros
colaboran con el superior, según unas normas que son establecidas
constitucionalmente. Los consejeros no ejercen la autoridad por derecho de
oficio, como los superiores, sino que colaboran con ellos y ayudan con su voto
deliberativo o consultivo, según las prescripciones de la ley eclesiástica y
las constituciones del instituto.
51. La autoridad suprema en un instituto es también
ejercida, aunque de manera extraordinaria, por el Capítulo general mientras
está en sesión. También esto debe hacerse en conformidad con las
constituciones, que deben definir la autoridad del capítulo, de tal forma que
se distinga perfectamente de la del superior general. El capítulo general es
esencialmente un órgano ad hoc. Está compuesto por miembros ex officio
y delegados elegidos, que ordinariamente se reúnen para un solo capítulo.
Como signo de unidad en la caridad, la celebración de un capítulo general
debiera ser un momento de gracia y de acción del Espíritu Santo en un
instituto. Debiera ser una experiencia jubilosa, pascual y eclesial, que
beneficie al instituto mismo y, también, a toda la Iglesia. Al capítulo general
le incumbe renovar y proteger el patrimonio espiritual del instituto, así como
elegir el supremo superior y sus consejeros, dictaminar sobre los asuntos más
importante y dar normas para todo el instituto. Los capítulos son de una tal
importancia que la ley propia del instituto tiene que determinar minuciosamente
cuanto tiene relación con ellos, ya a nivel general, ya a otros niveles; a
saber, su naturaleza, autoridad, composición, modo de proceder y frecuencia de
su celebración.
52. La doctrina conciliar y posconciliar insiste en ciertos
principios relativos al gobierno religioso, que han estado a la base de
considerables cambios durante los últimos veinte anos. Dejó bien en claro la
necesidad de una autoridad religiosa, efectiva, personal, en todos los niveles:
general, intermedio y local, si se ha de vivir la obediencia religiosa (cf PC 14; ET 25). Subrayó además la
necesidad de consultar la base, de comprometer apropiadamente a todos los
miembros en el gobierno del instituto, de compartir la responsabilidad y
fomentar la subsidiariedad (cf ES II, 18). La mayoría de estos principios han
encontrado su expresión en las constituciones revisadas. Es importante que
estos principios sean entendido y llevados a la práctica de modo que se cumpla
el objetivo del gobierno religioso: la edificación de una comunidad unida en
Cristo, en la cual Dios es buscado y amado sobre todas las cosas y la misión de
Cristo es generosamente realizada.
María, gozo y esperanza de la Vida religiosa.
53. En María, Madre de Dios y Madre de la Iglesia, la vida
religiosa se comprende a sí misma más profundamente y encuentra su signo de
esperanza cierta (cf LG 68).
Ella, que fue concebida inmaculada, porque fue escogida de entre el Pueblo de
Dios para ser portadora del mismo Dios más íntimamente y para darlo al mundo,
fue consagrada totalmente por la infusión del Espíritu Santo. Ella fue el Arca
de la nueva Alianza. La sierva del Señor con su pobreza de " pobre de
Jahwé "; la Madre del amor hermoso desde Belén hasta más allá
del Calvario; la Virgen obediente cuyo "si", a Dios cambió nuestra
historia; la mujer contemplativa " que conservó en su corazón todas
estas cosas "; la misionera que se apresuró hacia Hebrón; la
única sensible a las necesidades de Caná; la testigo firme al pie de la cruz;
el centro de unidad que mantuvo unida a la Iglesia recién nacida en su
expectación del Espíritu Santo. María mostró, a lo largo de su vida, todos
aquellos valores que van unidos con la consagración religiosa. Ella es la Madre
del religioso, al ser Madre de Aquél que fue consagrado y enviado, y en su fiat
y magnificat la vida religiosa encuentra la plenitud de su entrega y la
emoción de su gozo por la acción de Dios que consagra.
III.
ALGUNAS NORMAS FUNDAMENTALES
El nuevo Código de Derecho Canónico transcribe en normas canónicas las ricas
enseñanzas conciliares y posconciliares de la Iglesia acerca de la vida
religiosa. Junto con los documentos del Concilio Vaticano II y las
declaraciones de los últimos Papas, fija la base, sobre la cual se funda la
praxis actual de la Iglesia con relación a la vida religiosa. La evolución
natural, necesaria para la vida de cada día, continuará siempre; pero el
período de experimentación especial para los institutos religiosos, establecido
por el Motu Proprio Ecclesiae Sanctae terminó con la celebración del
segundo Capítulo General ordinario, a partir del Capítulo Especial de
renovación. Ahora, el nuevo Código de Derecho Canónico es la norma fundamental
jurídica de la Iglesia para la vida religiosa, tanto para la evaluación de la
experiencia realizada, cuanto en lo que concierne el futuro. Las normas
fundamentales siguientes son una síntesis de la actual legislación de la
Iglesia.
I. VOCACIÓN Y CONSAGRACIÓN
l. La vida religiosa es una forma de vida a la cual algunos cristianos, ya
clérigos ya laicos, son libremente llamados por Dios para que gocen de un don
peculiar de gracia en la vida de la Iglesia y puedan contribuir, cada cual a su
propio modo, a la misión salvífica de la Iglesia (cf LG 43).
2. El don de la vocación religiosa está enraizado en el don del bautismo,
pero no es dado a todo bautizado. Es dado gratuitamente y sin méritos; es
concedido por Dios a aquellos a quienes ha escogido libremente de entre su
pueblo y para el bien de su pueblo (cf PC 5).
3. Al aceptar el don de Dios, la vocación, los religiosos
responden a un llamamiento divino: morir al pecado (cf Rm 06, 11) renunciando al mundo y viviendo
sólo para Dios. Sus vidas están completamente dedicadas a su servicio y ellos
buscan y aman sobre todo a " Dios que nos ha amado primero "
(cf 1Jn 4,10; PC 56). Punto
focal de sus vidas es el seguir más de cerca a Cristo.
4. La dedicación de la vida entera del religioso al servicio de Dios
constituye una consagración especial (cf PC 5). Es una consagración total de
la persona, que manifiesta el desposorio admirable establecido por Dios en la
Iglesia, signo de la vida futura. Esta consagración se realiza por votos
públicos, perpetuos, o temporales que han de renovarse al vencer el plazo. Con
sus votos, los religiosos se comprometen a observar los tres consejos
evangélicos, se consagran a Dios por el ministerio de la Iglesia (cc. 607,
654), y se incorporan a su instituto con los derechos y obligaciones definidos
por la ley.
5. Las condiciones para la validez de la profesión temporal, la duración de
este período, y la posibilidad de prolongarlo, se hallan determinados en las
constituciones de cada instituto, siempre en consonancia con el derecho común
de la Iglesia. (cc. 655, 658).
6. La profesión religiosa se hace con la fórmula de votos aprobada por la
Santa Sede para cada instituto. La fórmula es común, porque todos los miembros
contraen las mismas obligaciones y, cuando se incorporan plenamente, tienen los
mismos derechos y deberes. El religioso, individualmente, puede agregar una
introducción o una conclusión, si la autoridad competente lo aprueba.
7. Considerando su carácter y sus fines específicos, cada instituto debe
definir en sus constituciones la manera con que los consejos evangélicos de
castidad, pobreza y obediencia, han de observarse en su estilo peculiar de vida
(c. 598 § 1).
II. LA COMUNIDAD
8. La vida de comunidad que es una de las características de un instituto
religioso (c. 607 § 2) es propia de toda familia religiosa. Reúne a todos los
miembros en Cristo y debe ser definida de modo que se convierta en fuente de
ayuda mutua para todos, sosteniendo a cada uno en la plena realización de su
vocación religiosa. Debe además ofrecer un ejemplo de reconciliación en Cristo
y de comunión, enraizada y fundada en su amor (cf c. 602).
9. Para los religiosos, la vida comunitaria se vive en una casa legalmente
erigida, bajo la autoridad de un superior designado por la ley (c. 608). Las
casas son erigidas con la previa aprobación escrita del obispo diocesano (c.
609) y deben ser capaces de proveer suficientemente a las necesidades de sus
miembros (c. 610 § 2), dando a la vida comunitaria la posibilidad de expandirse
y desenvolverse con una comprensión y cordialidad tal, que alimente la
esperanza (cf ET 39).
10. Cada casa debe tener, al menos, un oratorio en el que pueda celebrarse y
reservarse la Eucaristía, de modo que verdaderamente sea al centro de la
comunidad (c. 608).
11. En todas las casas religiosas, en conformidad con el carácter y misión
del instituto y según las prescripciones del derecho propio, debe haber una
parte reservada exclusivamente para los miembros de la comunidad (c. 667 § 1).
Esa forma de separación del mundo, que ha de estar de acuerdo con la finalidad
del instituto, viene a ser parte del testimonio público que el religioso da de
Cristo y de su Iglesia (cf c. 607 § 3). Además es necesaria para el silencio y
el recogimiento, que hacen posible la oración.
12. Los religiosos deben vivir en su propia casa religiosa, observando la
vida común. No deben vivir solos sin motivos graves, y no deben hacerlo si hay
una comunidad de su instituto razonablemente cercana. No obstante, cuando
resulte necesaria una ausencia prolongada, el superior mayor, con el
consentimiento de su consejo, puede autorizar a un religioso vivir fuera de las
casas del instituto por una causa razonable, dentro de los límites fijados por
el derecho común (c. 665 § 1).
III. IDENTIDAD
13. Los religiosos deben considerar el seguimiento de Cristo propuesto en el
Evangelio y expresado en las Constituciones de sus institutos como suprema
regla de vida (c. 662).
14. La naturaleza, fin, espíritu y carácter del instituto, como fueron
establecidos por el fundador o fundadora y aprobados por la Iglesia, deben ser
salvaguardados por todos, junto con las sanas tradiciones del instituto (c.
578).
15. Para salvaguardar la vocación propia y la identidad de los institutos en
particular, las constituciones de cada instituto deben establecer las normas
fundamentales relativas al gobierno del mismo, al modo de vida de sus miembros,
a su incorporación y formación y al objeto propio de los votos (c. 587 § 1).
Además de los asuntos a que se alude en el número anterior.
16. Las constituciones son aprobadas por la autoridad eclesiástica
competente. Para los institutos diocesanos, ésta es el Ordinario local; para
los institutos de derecho pontificio, la Santa Sede. Las modificaciones
subsiguientes e interpretaciones auténticas están reservadas a la misma
autoridad (c. 576, 587 § 2).
17. Por su profesión religiosa, los miembros de un instituto se comprometen
a observar las constituciones fielmente y con amor, porque reconocen en ellas
el modo de vida aprobado por la Iglesia para el instituto y la expresión
auténtica de su espíritu, tradición y ley.
IV. CASTIDAD
18. El consejo evangélico de la castidad, abrazada por el Reino de los
cielos, es signo del mundo futuro y fuente de fecundidad más abundante en un
corazón indiviso. Lleva consigo la obligación de la perfecta continencia en el
celibato (c. 599).
19. Debe observarse la necesaria discreción en todo aquello que pueda
resultar peligroso para la castidad de la persona consagrada (cf. PC 12; c. 666).
V. POBREZA
20. El consejo evangélico de la pobreza a imitación de Cristo, exige una
vida pobre de hecho y de espíritu, sujeta al trabajo, sobria y desprendida de
los bienes materiales. La profesión por voto lleva consigo para el religioso la
dependencia y limitación en el uso y disposición de los bienes temporales, en
conformidad con el derecho propio del instituto (c. 600).
21. Por el voto de pobreza, los religiosos renuncian al libre uso y
disposición de los bienes que tienen valor material. Antes de la primera
profesión, ceden la administración de sus bienes a quien lo deseen y. a menos
que las constituciones determinen otra cosa, disponen libremente de su uso y
usufructo (c. 668 § 1). Todo lo que el religioso adquiere con su propio
trabajo, por donación o en cuanto religioso, es adquirido para el instituto;
todo lo adquirido a modo de pensión, subsidio o seguro, es también adquirido
para el instituto, a no ser que el derecho propio establezca otra cosa (c. 668
§ 3).
VI. OBEDIENCIA
22. El consejo evangélico de la obediencia, vivido en la fe es un
seguimiento amoroso de Cristo, que se hizo obediente hasta la muerte.
23. Por el voto de obediencia, los religiosos aceptan someter su voluntad a
los legítimos superiores (c. 601) en conformidad con las constituciones. Las
mismas constituciones determinan quién puede dar un precepto formal de
obediencia y en qué circunstancias.
24. Los institutos religiosos están sometidos a la suprema autoridad de la
Iglesia de manera particular (c. 590 § 1). Todos los religiosos están obligados
a obedecer al Santo Padre, como a su superior supremo, en virtud del voto de
obediencia (c. 590 § 2).
25. Los religiosos no pueden aceptar cargos u oficios fuera de sus propios
institutos, sin autorización del legítimo superior (c. 671). Al igual que los
clérigos, no pueden aceptar cargos públicos que lleven consigo ejercicio del
poder civil (c. 285 § 3; también c. 672 con los cánones adicionales a que hace
referencia).
VII. ORACIÓN Y ASCÉTICA
26. La primera y principal obligación de los religiosos es la constante
unión con Dios en la oración. Participan a diario, en cuanto sea posible, en el
Sacrificio Eucarístico y se acercan al sacramento de la Penitencia con
frecuencia. Parte integrante de la oración de los religiosos son: la lectura de
la Sagrada Escritura, el tiempo de meditación, la digna celebración de la
Liturgia de las Horas, de acuerdo con las prescripciones del derecho propio, la
devoción a la Santísima Virgen y un tiempo especial para el retiro anual (c.
663, 664, 1174).
27. La oración debe ser tanto personal como comunitaria.
28. Un ascetismo generoso es constantemente necesario para la diaria
conversión el Evangelio (cf Poenitemini, II-III, 01, c). Por esta razón, las
comunidades religiosas deben ser no solamente grupos orantes, sino también
comunidades de ascetismo en la Iglesia. Además de ser interna y personal, la
penitencia debe ser también externa y comunitaria (cf DmC 14; SC 110).
VIII. EL APOSTOLADO
29. El apostolado de todos los religiosos consiste en primer lugar en el
testimonio de su vida consagrada, que ellos deben alimentar con la oración y la
penitencia (c. 673).
30. En los institutos dedicados a obras de apostolado, la acción apostólica
forma parte de su propia naturaleza. La vida de sus miembros debe estar imbuída
de espíritu apostólico y toda actividad apostólica debe estar imbuída de
espíritu religioso (c. 675 § 1).
31. La misión primordial de los religiosos que ejercen actividades
apostólicas es la proclamación de la palabra de Dios ante todos los que
encuentra en su camino, de modo que los atraiga a la fe. Tal gracia requiere
una íntima unión con Dios, que haga capaz al religioso de transmitir el mensaje
del Verbo Encarnado, en términos que el mundo de hoy sea capaz de entender (cf
ET 9) .
32. La acción apostólica es realizada en comunión con la Iglesia y en nombre
y por mandato de la Iglesia (c. 675 § 3).
33. Superiores y miembros deben conservar fielmente la misión y obras
propias del instituto. Deben acomodarlas con prudencia a las necesidades de
tiempos y lugares (c. 677 § 1).
34. En las relaciones apostólicas con los obispos, los religiosos se rigen
por los cc. 678-683. Tienen especial obligación de estar atentos al magisterio
de la jerarquía y de facilitar a los obispos el ejercicio del ministerio de la
enseñanza y del testimonio auténtico de la verdad divina (cf MR 33; LG 25).
IX. TESTIMONIO
35. El testimonio del religioso es público. Este público testimonio de
Cristo y de la Iglesia implica separación del mundo en conformidad con el
carácter y fines de cada instituto (c. 607 § 3).
36. Los institutos religiosos deben esforzarse en dar testimonio, de algún
modo colectivo, de caridad y pobreza (c. 640).
37. Los religiosos deben llevar el hábito religioso del instituto, descrito
en su derecho propio, como señal de consagración y testimonio de pobreza (c.
669 § 1).
X. FORMACIÓN
38. Nadie puede ser admitido a la vida religiosa sin una adecuada
preparación (c. 597 § 2).
39. Las condiciones para la validez de la admisión, del noviciado, de la
profesión temporal y perpetua, están señaladas en el derecho común de la Iglesia
y en el propio del instituto (cc. 641-658). También se han de dar normas acerca
del lugar, tiempo, programa y modo de llevar el noviciado y de los requisitos
para ser maestro de novicios.
40. La duración del período de formación, entre la primera profesión y los
votos perpetuos, es determinada por las constituciones en conformidad con el
derecho común (c. 655, 659 § 2).
41. A lo largo de toda la vida, los religiosos deben continuar su formación
espiritual, doctrinal y práctica, aprovechando las oportunidades y tiempo,
destinados para ello por los superiores (c. 661).
XI. GOBIERNO
42. Pertenece a la competente autoridad eclesiástica, constituir formas
estables de vida por medio de la aprobación canónica (c. 576). A esta autoridad
le están también reservadas las agregaciones (c. 580) y la aprobación de las
constituciones (c. 587 § 2). Las fusiones, uniones, federaciones,
confederaciones, supresiones y cualquier cambio de algo ya aprobado por la
Santa Sede, está reservado a la misma Santa Sede (cc. 582-584).
43. La autoridad para gobernar en los institutos religiosos, reside en los
superiores, que deben ejercerla en conformidad con las normas del derecho común
y propio (c. 617). Esta autoridad se recibe de Dios mediante el ministerio de
la Iglesia (c. 618). La autoridad del superior, en cualquier nivel, es personal
y no puede ser asumida por un grupo. Por un cierto tiempo y con un fin
determinado, puede ser delegada a otra persona.
44. Los superiores deben cumplir su cometido con generosidad, edificando
junto con sus hermanos y hermanas, una comunidad en Cristo, en la cual Dios es
buscado y amado sobre todas las cosas. En su función de servicio, los
superiores tienen la especial obligación de gobernar de acuerdo con las
constituciones del instituto y de promover la santidad de sus miembros. En sus
personas, los superiores deben ser modelos de fidelidad al magisterio de la
Iglesia y a las normas y tradición de su instituto. Deben también promover la
vida consagrada de sus religiosos con su vigilancia y corrección, su apoyo y su
paciencia (cf c. 619).
45. Los requisitos para la elección o nombramiento, la duración de los
períodos para los diversos superiores y la forma de elección canónica para el
superior general, deben estar definidos en las constituciones, de acuerdo con
el derecho común (cc. 623625).
46. Los superiores deben tener cada cual su propio consejo, que le asista en
el cumplimiento de sus obligaciones. Además de los casos prescritos por el
derecho común, el derecho propio determina los casos en los cuales el superior
debe obtener el consentimiento o el parecer del consejo para la validez de la
acción (c. 627 §§ 01, 2).
47. El capítulo general debiera ser un verdadero signo de unidad en la
caridad del instituto. Representa a todo el instituto y, mientras dura, ejerce
la suprema autoridad de acuerdo con el derecho común y las normas de las
constituciones (c. 631). El capítulo general no es un órgano permanente; su
composición, frecuencia y funciones son establecidas por las constituciones (c.
631 § 2). Un capítulo general no puede modificar su propia composición, pero
puede proponer modificaciones para la composición de los próximos capítulos.
Tales modificaciones requieren la aprobación de la autoridad eclesiástica
competente. El capítulo general puede modificar aquellos elementos del derecho
propio que no están sujetos a la aprobación de la Iglesia.
48. Los capítulos no deben ser convocados tan frecuentemente que interfieran
en el buen funcionamiento de la autoridad ordinaria del superior mayor. La
naturaleza, autoridad, composición, modo de proceder y frecuencia de los
capítulos o de asambleas similares en el instituto son determinadas con
precisión por el derecho propio (c. 632). En la práctica, sus elementos
principales deben estar en las constituciones.
49. Las normas acerca de los bienes temporales (c. 634-640) y su
administración, así como las normas referentes a la separación de los miembros
del instituto, por paso a otro instituto, abandono o dimisión (cc. 684-704) se
encuentran en el derecho común de la Iglesia y deben ser incluidas, aunque no
sea más que en resumen, en las constituciones.
CONCLUSIÓN
Estas normas, basadas en la doctrina tradicional, el nuevo Código de Derecho
canónico y la praxis común, no contienen toda la legislación de la Iglesia en
lo referente a la vida religiosa. Indican, sin embargo, su profunda
preocupación por que la vida de los institutos religiosos dedicados a obras de
apostolado, se desarrolle pujantemente como don de Dios a la Iglesia y a la
familia humana. Al redactar este texto, que el Santo Padre ha aprobado, la
Sagrada Congregación para los Religiosos e Institutos seculares, desea ayudar a
estos institutos para que asimilen la legislación revisada de la Iglesia, que
les atañe, y la comprendan en su contexto doctrinal. Ojalá encuentren en él un
fuerte estímulo para seguir más de cerca a Cristo en la esperanza y el gozo de
sus vidas consagradas.
Dado en el Vaticano, en la fiesta de la Visitación de la Bienaventurada
Virgen María, 31 de Mayo de 1983.