COMISIÓN EPISCOPAL PARA LAS RELACIONES INTERCONFESIONALES
ORIENTACIONES
PARA LA CELEBRACIÓN DE LOS MATRIMONIOS
ENTRE CATÓLICOS Y MUSULMANES EN ESPAÑA
Esta Comisión
Episcopal ha publicado un documento que debido a su extensión no reproducimos
íntegramente, sino que recogemos un análisis de la primera parte, para
reproducir después en su integridad las orientaciones prácticas.
El
documento comienza con un análisis de la situación del problema en España, El
matrimonio en el Islam; El matrimonio en la Iglesia católica y pasa después a
unas orientaciones prácticas, que son las siguientes:
IV. ACTITUDES Y
ORIENTACIONES PASTORALES
1. Generales
1.
Todos los que tienen encargo pastoral para estos casos necesitan, ante el Islam
y los musulmanes, una actitud de conocimiento y estima del Islam, que les libre
de prejuicios y tópicos tradicionales, al mismo tiempo que responsabilidad para
respetar y descubrir el plan de Dios en otros caminos religiosos además del
cristiano. "La Iglesia católica nada rechaza de lo que en estas religiones hay
de verdadero y santo. Considera con sincero respeto los modos de obrar y de
vivir, los preceptos y doctrinas, que, aunque discrepan en muchos puntos de lo
que ella profesa y enseña, no pocas veces reflejan un destello de aquella
Verdad que ilumina a todos los hombres".
2.
Necesitarán, asimismo, un conocimiento lo más completo posible del derecho
matrimonial musulmán en general, y de los diferentes Códigos civiles modernos, así
como de las readidades sociológicas del país de la parte musulmana.
3.
Necesitarán especialmente un tacto exquisito y valentía, fruto del mejor amor, para
reconocer las exigencias reciprocas y los riesgos específicos (culturales, religiosos,
jurídicos y pedagógicos) de tales matrimonios, llegando a desaconsejarlos
absolutamente si los hechos lo requieren. Y todo ello acompañado de una gran
misericordia para comprender, acoger y colaborar en cada caso concreto.
2. Actitudes particulares con vistas al discernimiento
y la preparación
1. Se
impone una acogida sincera y una colaboración generosa que huya de todo
paternalismo, y más aún, de un proselitismo camuflado. Esa acogida es
fundamental, ya que, al infrigir las normas sociológicas de su entorno del que
surgirán inevitablemente incomprensiones y rechazos, la pareja va a sentirse, aunque
no lo confiese, marginada, aislada, vulnerable si no se franquean impunemente
los muros de sus respectivas culturas y sociedades.
2.
Junto a la acogida el servicio más importante que puede prestársele a esa
pareja joven en el transcurso de la conversación pastoral, es permitirles a ambos
tomar conciencia, leal, serena y conjuntamente de las distancias personales, culturales,
religiosas que les separan, y que permanecerán, pues no pueden superarse
completamente Es de suma importapcia para la futura solidez perdurable del
matrimonio que ambos sopesen juntos lo más objetivamente posible las
dificultades que se les presentarán de modo inevitable. Dificultades que no
harán sino acentuarse con la venida de los hijos.
3. La
parte cristiana tiene por lo general un completo desconocimiento acerca de las
cuestiones jurídicas relativas a la herencia, custodia de los hijos, comunidad
de bienes, divorcio, etc., así como de que los hijos que nazcan de tal unión
serán, según Derecho, musulmanes; lo cual hará difícil que la mujer cristiana
tenga la posibilidad de compartir la propia fe con sus hijos. Igual ignorancia
suele presentar sobre las condiciones sociológicas en que tendrá que vivir, especialmente
si el matrimonio se instala en un país musulmán. También es importante que sepa
que, en tal medio musulmán el amor entre el hombre y la mujer no tiene ni la
misma forma ni la misma expresión que en la concepción tradicional del
Occidente cristiano. Otra dificultad a tener en cuenta por la parte occidental
es la representada por la separación entre la sociedad masculina y femenina;
agregándose a esto que allí ya no se tratará de la familia unicelular, es decir,
restringida al núcleo de la pareja y sus hijos, sino de una familia de tipo
patriarcal, donde además la prole numerosa es considerada como signo de la
bendición de Dios.
4. La
parte musulmana, pese a su esfuerzo de adaptación a la lengua y culturas
españolas, seguirá normal y legítimamente pensando en función de sus categorías
religiosas y socio-culturales islámicas. Eso hará que las concepciones
occidentales cristianas de la familia corran el riesgo de despistarle, de modo
que no puede comprender en su amplitud la sensibilidad y las reacciones de su
pareja y entorno. Por otra parte, habituado a la acogida, a la hospitalidad
tradicional y a las numerosas visitas a la familia y a los allegados, tan
frecuentes en su propio entorno social, el musulmán difícilmente aceptará las
corrientes actitudes de reserva, individualismo o de aparente distanciamiento
que aquí se dan, pudiendo incluso interpretarlo como desprecio. En algunos
casos, además, la parte musulmana no es bien aceptada por la familia de la
parte católica, produciéndose en dicha parte un sentimiento de aislamiento e
inseguridad que le incitará tal vez a precipitar el regreso a su país, en el
cual hallará su mundo familiar.
5.
Toda la pastoral estará, pues, orientada a que ambos asuman sus diferencias, para
convertirlas en riquezas. Lo cual supone mucho corazón, inteligencia y
sabiduría. Por ello no todos están capacitados para fundar un hogar
islamo-cristiano, a causa de las diferencias que deben asumirse, o de la
tendencia a minimizarlas o a creer que en su propio caso va a ser distinto. Hay,
pues, un discernimiento formal que debe suscitarse en los dos interesados; algo
nada fácil, pero que forma parte del trabajo pastoral.
6.
Hecho el discernimiento, si se deciden consciente y maduramente a seguir
adelante, estas parejas deberán hacer gala de una creatividad muy especial; lo
cual es ya por sí mismo un gran enriquecimiento. Deberán sobre todo hacer algo
original, sin copiar ni el modelo occidental ni el del país de origen de la
parte musulmana. Deberán inventar un estilo de vida propio que tendrá, más que
otros matrimonios que apelar a esas cualidades esenciales del corazón, como la
comprensión, la delicadeza y la paciencia. Deberán sobre todo hacer acopio de
una gran calidad de amor.
7. En
la preparación de la celebración de los matrimonios mixtos islamo-cristianos
ante la Iglesia, se instruirá a los contrayentes sobre la peculiaridad
religiosa del matrimonio que pretenden contraer, sobre los fines y propiedades
esenciales del mismo, que ninguno de los dos puede excluir, así como sobre la
existencia del impedimento dirimente de disparidad de cultos y sobre las
condiciones requeridas para obtener la necesaria dispensa. También se orientará
a los contrayentes sobre las formas posibles de celebración del matrimonio
católico, tanto en forma canónica como dispensa de la misma, y sobre las
exigencias e implicaciones que lleva consigo cada una de ellas, de modo que en
el diálogo pastoral se pueda discernir cual es la forma de celebración más
adecuada a la actitud religiosa de los contrayentes. En esta instrucción de los
novios puede participar el ministro religioso musulmán.
8. Al
instruir a la parte musulmana sobre los fines y propiedades esenciales al
matrimonio, y sobre la necesidad indispensable de comprometerse por escrito a
no excluir dichos fines y propiedades, se le hará ver que la renuncia a las
posibilidades de divorcio y poligamia, que le ofrece la ley islámica, no tiene
nada estrictamente incompatible con el Islam, sino que es una vía reconocida
dentro de su religión, libre y gustosamente practicada por muchos musulmanes.
Sin duda es posible ayudar a la parte musulmana en el reconocimiento de esta
vía islámica, que debe ser la suya propia para que su proyectado matrimonio sea
válidamente contraído ante la Iglesia.
Es
indispensable para celebrar el matrimonio cristiano con disparidad de culto que
la parte musulmana sea consciente, y de forma muy precisa, de las exigencias
que comporta el matrimonio, abandonando las posibilidades que le concede la Ley
Islámica (divorcio, poligamia, etc.), exigencias que no tienen nada
estrictamente incompatible con el Islam.
Aunque
el éxito de estos matrimonios es muy problemático y exige (no nos cansaremos de
repetirlo) una muy seria y comprometida preparación, sin embargo, cuando se
realizan con las debidas garantías encierran enormes riquezas. Puede ser la
ocasión en el plano religioso de una real profundización de la dimensión
religiosa personal. La solución negativa seria eludir esta tarea refugiándose
en la indiferencia. Al contrario, será dentro de un progreso espiritual y de
una mayor fidelidad como creyentes, como los jóvenes esposos pueden extraer
fuerza y certidumbre para llevar a buen término su proyecto en común.
Este
encuentro y confrontación islamo-cristiano puede ser fuente de una mayor
exigencia, que invita a volverse juntos hacia lo esencial. Dios, que está más
allá de todo cuanto los discursos humanos pueden jamás decir al respecto. El
matrimonio mixto, además, confiere al diálogo islamo-cristiano otra dimensión
más extensa que la de los encuentros de expertos, pues se enraíza en plena
realidad humana a través de la vida cotidiana y se multiplica en numerosos
hogares. Estos matrimonios, seriamente llevados, son un signo de reconciliación
posible entre los pueblos, las razas y las religiones. Y pueden ser un
enriquecimiento de las comunidades humanas y religiosas que testimonien que los
particularismos, las estrecheces de miras, los racismos de cualquier índole en
suma, pueden superarse. Y hasta puede ocurrir que algunos hogares mixtos
adquieran conciencia de una misión de reconciliación y de paz que arraigue en
su propia existencia.
3. Otras orientaciones particulares con vistas a
disminuir los riesgos específicos de estos matrimonios islamo-cristianos.
A fin de ser muy concretos y habida cuenta de
los cuatro riesgos específicos de dichos matrimonios (cultural, religioso, educacional
y jurídico), indicamos algunas orientaciones particulares dictadas por una
larga experiencia:
1.
Antes de su matrimonio la parte católica procura pasar un cierto tiempo en el
país de su futura familia política, incluso aunque después la pareja vaya a
instalarse en España. Además de aportar una experiencia real, es también un
gesto de respecto hacia los lazos de solidaridad familiar que en las sociedades
árabe-musulmanas y musulmanas en general se han mantenido vigentes hasta hoy.
Psicológicamente servirá para acallar las susceptibili-dades y reducirá la
oposición de los padres.
2.
Conocer y acoger la tradición cultural y religiosa del otro. Es ésta una tarea
indispensable para el éxito de estos matrimonios. Especialmente para la parte
cristiana en país musulmán. Para poder insertarse en la vida social y tomar
parte en la educación de los hijos, deberá aprender la lengua del país; de lo
contrario será siempre un extranjero.
3. Aunque guardando
estrechos lazos con sus familias, tendrán cuidado de conservar la independencia
que necesitan. Lo cual exige mucho tacto, delicadeza y determinación.
Cualidades todas que deberán desarrollar y que contribuirán al equilibrio del
hogar. Además es de capital importancia, para que sean libres frente a la
presión familiar y social (que en la sociedad musulmana tienen especial
influencia), que él sea idependiente laboral y económicamente. Y que comiencen
solos y no convivan, en la medida de lo posible, con una de las dos familias.
4.
Infórmese cuidadosamente sobre el estatuto jurídico de las parejas mixtas, para
el acondicionamiento de su vida en común por los derechos musulmanes clásicos y
modernos.
5.
Póngase de acuerdo desde el principio sobre ciertos puntos esenciales y no
dejen al azar lo que a la larga pueda dividirles. Entre estos puntos se cuenta
la educación religiosa de los hijos, que habrá de hacerse en el espíritu propio
de la libertad y evitando todo peligro de indiferentismo.
6.
Eviten el aislamiento y, si viven en la sociedad musulmana, apresúrese la parte
católica a aprender el árabe y a tomar contacto con su parroquia o con algún
grupo cristiano. Si se instalan en España, vean si existe un lugar de oración
para la parte musulmana. En este sentido, seria de gran utilidad que el
responsable de la pastoral, si sabe que la pareja debe partir a un país
musulmán, anunciarse la llegada de la parte cristiana a la Iglesia local para
que pueda ser convenientemente acogida.
V. CELEBRACION DEL MATRIMONIO
1. Es
aconsejable que quienes pretenden contraer un matrimonio islamo-cristiano
asistan conjuntamente a algún cursillo de preparación especializado sobre
matrimonios mixtos.
2.
Para la celebración válida del matrimonio entre una persona de religión
islámica y otra católica es necesaria la dispensa del impedimento de disparidad
de cultos, que puede conceder el Ordinario del lugar, si se cumplen las
condiciones determinadas en el c. 1125.
3. En
el expediente matrimonial la parte católica "dejará constancia escrita de las
promesas y declaraciones específicas del matrimonio mixto" exigidas en el c.
1125 § 1. A su vez la parte musulmana "dejará constancia escrita de haber
recibido información sobre los fines y propiedades esenciales del matrimonio, cual
lo entiende la Iglesia católica; de no excluir dichos fines y propiedades
esenciales al contraer el matrimonio; de ser consciente de los imperativos de
conciencia que al cónyuge católico le impone su fe, y de las promesas hechas
por éste en conformidad con las exigencias de la Iglesia".
4. La
observancia de la forma canónica de la celebración del matrimonio
islamo-cristiano es condición necesaria para su validez.
"No obstante, cuando
concurran causas graves que dificultan el cumplimiento de esta condición, el
Ordinario del lugar puede dispensar también de la forma canónica. Se consideran
como tales las siguientes:
a) La oposición irreductible de la parte no católica.
b) El que un número considerable de los familiares de los
contrayentes rehuya la forma canónica.
c) La pérdida de amistades arraigadas.
e) Un grave conflicto de conciencia de los contrayentes, insoluble
por otro medio.
f) Si una ley civil extranjera obligase a uno, al menos de
los contrayentes a una forma distinta de la canónica".
5.
Celebración del matrimonio con la forma canónica:
1)
Cuando el matrimonio se contraiga con la forma canónica, se ha de celebrar
según el ritual del matrimonio aprobado por la Conferencia Episcopal Española, empleado
el rito en él previsto para los matrimonios entre católicos y no bautizados.
2)
"El matrimonio entre una parte católica y otra no bautizada podrá celebrarse en
una iglesia o en otro lugar conveniente".
3)
"Se prohíbe que antes o después de la celebración canónica... haya otra
celebración religiosa del mismo matrimonio para prestar o renovar el
consentimiento matrimonial; asimismo no debe hacerse ninguna ceremonia
religiosa en la cual, juntos el asistente católico y el ministro no católico y
realizando cada uno de ellos su propio rito, pidan el consentimiento de los
contrayentes".
6.
Celebración del matrimonio con dispensa de la forma canónica, el matrimonio sea
celebrado en la forma pública exigida por el c. 1127 E. 2, la celebración puede
hacerse ante la autoridad competente tanto por la parte musulmana como por la
parte católica o ante la autoridad civil, en la forma civilmente prescrita.
Es
condición indispensable que la forma utilizada no excluya los fines y
propiedades esenciales del matrimonio. Es de desear que la celebración del
matrimonio cuando se celebra con dispensa de la forma canónica vaya seguida de
algún acto religioso.
7.
Registro del matrimonio.
1) El
matrimonio islamo-cristiano celebrado conforme a la forma canónica será
registrado en los libros de matrimonio y de bautismo de la parte católica como
todos los demás matrimonios canónicos. La inscripción en el Registro Sivil se
realizará a tenor de las normas concordadas entre la Iglesia y el Estado en España.
2)
Cuando el matrimonio islamo-cristiano se haya "contraído con dispensa de la
forma canónica, el Ordinario del lugar que concedió la dispensa debe cuidar de
que se anote la dispensa y la celebración en el registro de matrimonios, tanto
de la curia como de la parroquia propia de la parte católica, cuyo párroco
realizó las investigaciones acerca del estado de libertad; el cónyuge católico
está obligado a notificar cuanto antes al mismo Ordinario y al párroco que se
ha celebrado el matrimonio, haciendo constar también el lugar donde se ha
contraído, y la forma pública que se ha observado".
APENDICE I
DECLARACION DE INTENCION
PARA UN CONYUGE
MUSULMAN CREYENTE
" ¡En el nombre de Dios, Clemente
y Misericordioso!
En el momento en que yo, ante
Dios, me comprometo con los lazos del matrimonio, declaro que soy
musulmán/musulmana.
El día de mi matrimonio, ante
todos, quiero en plena libertad
crear con ...........................una
verdadera comunidad de vida y amor.
Quiero, por este compromiso,
establecer entre nosotros un vínculo sagrado que nada, durante nuestra vida, pueda
destruir.
Sé que mi futuro
esposo/mi futura esposa se compromete, según su fe cristiana y la demanda de la
Iglesia, a un matrimonio monógamo e indisoluble. En reciprocidad, yo le prometo,
a lo largo de toda nuestra vida, una fidelidad total, así como un verdadero
apoyo, y ella será mi única esposa/mi único esposo.
Acogeré a los hijos que
nazcan de nuestra unión. Soy consciente de los deberes que tiene mi esposa respecto
a la educación cristiana de los hijos. Le educaremos en el respeto a Dios y a
todos los seres humanos con lo mejor de nosotros mismos.
Aunque no me adhiera a la
fe cristiana, reconzco como míos algunos principios de vida que también son de
los cristianos, como fidelidad a Dios, la bondad, la generosidad, el respeto a
la palabra dada y el compartir con los más necesitados.
Me comprometo a respetar
la fe y la práctica religiosa de mi futuro esposo/esposa. En esta perspectiva
me esforzaré también por conocer mejor el espíritu del Cristianismo que ella/él
profesa, y animaré a mis hijos a hacer lo mismo.
Pienso, en fin, que
nuestro amor nos llama a trabajar con los demás para que haya más amor, más
justicia y más paz."
APENDICE II
DECLARAC ION DE INTENCION
DEL CONYUGE CATOLICO
"En el nombre del Padre, del
Hijo y del Espíritu Santo.
En el momento en que, ante
Dios, me comprometo con los lazos del matrimonio, yo profeso la fe cristiana.
El día de mi matrimonio, ante
todos, quiero con plena libertad
crear con........................una
verdadera comunidad de vida y de amor.
Quiero, por este
compromiso, establecer entre nosotros un vínculo sagrado que nada, durante
nuestra vida, pueda destruir.
Estando mi futuro esposo
musulmán (o mi futura esposa musulmana) debidamente informado/informada de la
meta (fines y propiedades) esencial del matrimonio cristiano monógamo y
perdurable, hago por tanto las declaraciones y promesas aquí requeridas según
mi fe cristiana y la demanda de la Iglesia.
Declaro estar dispuesta/o
a desechar los peligros de abandono de mi fe, y prometo sinceramente hacer todo
lo posible por mi parte para que todos los hijos sean bautizados y educados en
la Iglesia Católica.
Con él/ella comparto
algunos valores de la fe que nos son comunes, como la fidelidad a Dios, la
oración, la bondad, la generosidad, el respeto a la palabra dada y el compartir
con los más necesitados.
Me comprometo a respetar
la fe y la práctica religiosa de mi futuro esposo/a. En esta perspectiva, me
esforzaré también por conocer mejor el espíritu del Islam que él/ella profesa, animaré
a mis hijos a hacer lo mismo. Pienso que nuestro amor nos llama a trabajar con
los demás para que haya más amor, más justicia y más paz."
APENDICE III
TEXTOS MUSULMANES PARA LA
LITURGIA DE
MATRIMONIOS ENTRE
MUSULMANES Y CATOLICOS
1) La Fatiha:
En el nombre de Dios, Clemente y Misericordioso.
Alabanza a Dios, Señor del Universo.
El Clemente, el Misericordioso.
Soberano del día de la Retribución.
Es a Ti a quien adoramos.
Es a Ti de quien imploramos el auxilio.
Condúcenos por el camino recto,
por el camino de los que Tú has colmado de beneficios.
De los que no se han hecho acreedores a Tu cólera
y que jamás se descían.
Amén.
2) Lecturas Coránicas y
Sunníes:
a) Dios os ha creado de
una sola alma, y de ésta creó a la pareja. Les esparció por el Universo como
hombres y mujeres en abundancia.
b) Dios creó a la esposa
de vuestra misma especie para el sosiego espiritual del hombre y entre ellos
originó el amor y bondad.
c) La esposa es la vestimenta
para el hombre, así como el hombre es la vestimenta para la esposa.
d) Os son lícitas como
esposas las mujeres honradas de quienes tuvieron el Libro antes que vosotros, los
judíos y los cristianos.
e) El hombre perfecto es
el más virtuoso y el más cariñoso con su mujer.
f) La vida es un conjunto
de valores. El valor más loable es la esposa adecuada.
g) Temed el llanto de la
mujer; pues Dios cuenta sus lágrimas.
APENDICE IV
TEXTOS BIBLICOS PARA LA
LITURGIA DE
MATRIMONIOS ENTRE
MUSULMANES Y CATOLICOS
1) Se evitarán los que insisten en la divinidad de Cristo.
Los textos siguientes
pueden ser fácilmente utilizados:
a) Primera lectura:
Génesis 1, 26-28, 31 a
Romanos, 12, 1-10, 14-18
1Corintios, 12, 31-13, 8 a
b) Evangelio:
Mateo, 19, 3-6
Mateo, 22, 35-40
Marcos, 10, 6-9
Juan, 2, 1-11.
Madrid, marzo 1988.