L ASAMBLEA PLENARIA DE LA CONFERENCIA
EPISCOPAL ESPAÑOLA
INSTRUCCIÓN
PASTORAL SOBRE
EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA
Madrid, 10-15 de abril de 1989
INTRODUCCIÓN
La reconciliación en el centro del
evangelio y de la misión de la Iglesia
1. "El tiempo se ha cumplido: el Renio de Dios está cerca.
Convertios y creed en el Evangelio 1. La proclamación de esta buena
noticia y la llamada a la conversión y a la penitencia condensan y abarcan el
mensaje cristiano y la totalidad de la misión de la Iglesia.
El anuncio gozoso de la reconciliación se encuentra en el centro mismo del
Evangelio de Jesucristo, que es gracia y perdón, salvación y paz. Este don es
el primer fruto de la redención 2. Es el Evangelio que el Padre,
sólo por amor, estableció en su Hijo para todos los hombres de una vez para
siempre, y lo ofrece a todos continuamente para renovarlos por el Espíritu. En
él se expresa la obra entera de Dios y de Jesucristo en favor de los hombres
que por el Espíritu Santo se nos otorga en la Iglesia.
2. La Iglesia, "instrumento de reconciliación, paz y
justicia" no puede ni debe buscar otra cosa que llevar a los hombres a la
reconciliación plena. En íntima vinculación con la misión de Cristo, su misión
se condensa en la tarea de la reconciliación del hombre: con Dios, consigo
mismo, con los hermanos, con todo lo creado.
3. Todos estamos necesitados de reconciliación, pues todos hemos
pecado. Continuamente experimentamos en nosotros, sin dolor, que, en lugar de
dejarnos llevar por el Espíritu de Cristo y hacer la voluntad de Dios, seguimos
"el espíritu de este mundo" y contradecimos lo que somos como
cristianos. Necesitamos de la misericordia de Dios más grande que todas
nuestras infidelidades.
Por ello, "en nombre de Cristo os pedimos que os dejéis reconciliar con
Dios"3. Estas palabras, siempre actuales, suenan hoy con fuerza
particular y nos apremian a que abramos el corazón y acojamos la acción
misericordiosa de Dios, el único que puede obrar la reconciliación en el hombre
y en el mundo divididos, y hacer nacer el hombre nuevo y la civilización del
amor. Tales palabras expresan, además, la finalidad última que nos mueve a los
obispos a dirigirnos a la comunidad cristiana, como "enviados de
Cristo", a quienes se les ha encargado "el ministerio de la reconciliación"4,
para ofrecerle esta Instrucción Pastoral.
Finalidad y destinatarios de la
instrucción
4. En la cultura y sensibilidad contemporánea y en los mismos
cristianos observamos, sin embargo, especiales dificultades para presentar y
asumir la rica realidad de la reconciliación y de la penitencia. Una expresión
de estas dificultades es la crisis profunda en que ha caído entre los católicos
la virtud y el sacramento de la Penitencia, que es el que más directamente
significa la reconciliación.
5. Los que nos mueve, por eso, a ofrecer esta Instrucción es renovar
y reafirmar la fe del Pueblo de Dios respecto a este Sacramento, tan cargado de
esperanza para todos, teniendo presente la situación en que nos hallamos y
buscando luz y clarificación en las enseñanzas de la Iglesia, expresadas a lo
largo de su Tradición viva -particularmente en los Concilios de Trento y
Vaticano II, en el Ritual de Pablo VI, en el Sínodo de los Obispos sobre
"la reconciliación y la Penitencia" en la Exhortación Apostólica de
Juan Pablo II "Reconciliatio et Poenitentia".
6. Estamos convencidos que cuanto hagamos -cada uno lo que esté de su
parte- por renovar y afirmar la fe y la práctica del sacramento de la
Reconciliación y de la Penitencia, llevará de la mano a la renovación y
revitalización de nuestra Iglesia y contribuirá decididamente al nacimiento de
una humanidad nueva, reconciliada y pacificadora.
II. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
Algunos datos de situación: luces y
sombras
7. Para el propósito que perseguimos necesitamos
tener presente qué es lo que está sucediendo y por qué en relación con la
práctica penitencial. No ignoramos los aspectos positivos que, sin duda, se
están dando: la dedicación abnegada y gozosa de muchos sacerdotes a este
misterio, los frutos de renovación que ha aportado en muchos lugares la
aplicación del Nuevo Ritual, el redescubrimiento pastoral y existencial de este
sacramento por parte de algunos, los frutos de santidad que se están
produciendo en no pocos que se acercan a él, etc. Pero hemos de ser realistas y
no ocultar una crisis real por grave que está sea.
Hablar de crisis, sin embargo, no tiene por qué significar necesaria y
exclusivamente, algo negativo. La crisis es, al mismo tiempo,
"prueba" de una situación o realidad y "llamada" a su
purificación o crecimiento. Por eso, la crisis, en el caso del sacramento de la
penitencia, puede ser una invitación a profundizar en lo que este sacramento
significa y exige en la vida de la Iglesia, una llamada a purificar maneras y
comportamientos que desdibujan su realidad y entorpecen su dinamismo, una
llamada al crecimiento de la vida teologal en el seno de las comunidades,
crecimiento sin el cual no hay posibilidad de una renovación y revitalización
de la práctica sacramental.
Síntomas de una crisis: disminución de
la práctica sacramental
8. Como síntoma indicativo de esta crisis
constatamos, en general, una disminución cuantitativa de la participación en
este sacramento: ésta es cada día más escasa en la vida de los cristianos,
tanto entre los laicos practicantes y comprometidos como, incluso, entre los
sacerdotes, religiosos y religiosas. En muchas parroquias sólo una minoría de
fieles lo celebra con cierta frecuencia y bastantes jóvenes no lo han celebrado
casi nunca y prácticamente lo ignora o no lo echan en falta. Son muchos los
católicos que comulgan pero no se "confiesan". Y los que se
"confiesan" parece que no tienen de qué acusarse.
9. Si nos referimos a estos síntomas no es porque añoremos
épocas pasadas, sino porque vemos en ellos, tal y como aparecen en estos
momentos, unos indicios de otros problemas mayores a los que nos vamos a
referir. Estos hechos, por externos que parezcan, ponen de manifiesto una honda
y amplia crisis respecto del sacramento de la Penitencia y, en conexión con ella,
nos atrevemos a decir que respecto también del espíritu penitencial y de la
penitencia misma. Se trata de una crisis, compleja y de alguna manera nueva,
aunque viene ya de lejos. Pero esta crisis afecta no sólo al aspecto de la
confesión, sino al sacramento de la Penitencia en su conjunto.
Raíces de la crisis:
a) Ateísmo e indiferencia religiosa de
nuestro mundo
10.Quizá la raíz más profunda de la crisis actual hay que buscarla en
los fuertes fermentos de ateísmo e indiferencia religiosa de nuestro mundo,
conformado por unas poderosas tendencias secularizadoras. El hombre moderno
vive dentro de un cerco cultural secularista que reduce sus horizontes a las
posibilidades y promesas de este mundo. Y seducido por este mundo, entregado a
él, se concentra en su hacer y producir, en el consumir y disfrutar. Deja de
lado a Dios soberano y, como si no existiera, trata de realizarse a sí mismo y
al mundo al margen de Él. Encerrado en una cultura inmanentista de tipo
reivindicativo e individualista, este hombre no se reconoce deudor de Dios; por
una excesiva admiración hacia sí, siente la tentación de creerse capaz de
vencer él sólo las fuerzas del mal, de superar técnicamente los conflictos y de
bastarse a sí mismo. El recurso de Dios y la esperanza de otra vida dada por Él
aparecen como una debilidad injustificada o una traición a los bienes de la
tierra y a las capacidades humanas.
En esta coyuntura, paralelamente, se va originando una secularización
interna, una versión secular, del cristianismo donde cuestiones como la
trascendencia de Dios o su juicio, la gracia, la conversión personal, la
salvación eterna..., van perdiendo relieve y significación.
Cuando esto sucede ¿cómo va a someterse el hombre a la palabra y al juicio
de Dios, o a confrontarse con su bondad y santidad? ¿Qué lugar puede quedar ahí
para el sacramento de la reconciliación, es decir, para un Dios personal
-perdón, misericordia y juez de nuestras vidas-, para el anuncio del don y de
la gracia de la reconciliación, para la proclamación de la necesaria
conversión, para la actitud penitente como parte integrante de la vida
cristiana, o para una verdadera y eficaz liberación de nuestros pecados por
obra de la gracia de Dios que actúa en el sacramento?
b) Pérdida del sentido del pecado
11.En vano, además, se puede mantener viva una conciencia del pecado
y de la necesidad de la penitencia cuando nos encontramos inmersos en una forma
de vida en la que, al faltar el sentido de Dios, se pierde el convencimiento de
que el pecado es algo real e importante. Perdido el sentido teologal sólo queda
la culpa o la trasgresión de unas normas más o menos universales y
consistentes, relativas o convencionales; sólo queda el límite del hombre o el
fallo humano, la quiebra estructural, la constitución patológica o la debilidad
humana; sólo quedan las equivocaciones y errores, o la inadecuada aplicación de
las soluciones que proporcionan la técnica o las ciencias. Diluidos, pues, o
debilitados el sentido teologal y el sentido del pecado se hacen innecesarios y
hasta superfluos tanto la penitencia como el sacramento de la reconciliación.
c) Interpretaciones inadecuadas del pecado
12.Nuestros cristianos, con frecuencia, se ven influidos, además, por
la difusión de una serie de teorías acerca del pecado que circulan en nuestra
sociedad, apoyadas, a veces, en una incorrecta asimilación de algunos
resultados de las ciencias humanas, de suyo beneficiosos y esclarecedores.
Conforme a ellas se afirma que el pecado es algo superado, una expresión de
culturas premodernas y poco avanzadas, un tabú inventado por las religiones y
las iglesias para seguir dominando las conciencias. No falta, en esas
opiniones, quien reduce el pecado a un vago y superficial sentimiento de
culpabilidad, superable por una buena higiene mental, o a una mera falta, para
no culpabilizar o frenar la libertad con inhibiciones represoras. Tampoco
faltan quienes, con el ánimo de descargar al hombre de toda responsabilidad
moral, apelan bien a fuerzas oscuras e inconscientes del sujeto humano,
individual o colectivo, que pesan sobre nuestra libertad; o bien hacen recaer
sobre la sociedad todas las culpas de las que el individuo es declarado
inocente. (En este sentido se alude a comportamientos y formas de actuar, por
ejemplo, en el trabajo, en la acción educativa, en la vida pública que no
dependen del individuo, ni siquiera en la familia, sino de decisiones tomadas
por toda la colectividad). A fuerza de "agrandar los innegables
condicionamientos e influjos ambientales e históricos que actúan sobre el hombre",
limitan "tanto su responsabilidad que no le reconocen la capacidad de
ejecutar verdaderos actos humanos y, por tanto, la posibilidad de pecar"5.
Aun reconociendo la existencia del pecado hay quienes identifican su
realidad con el llamado pecado social, colectivo o estructural, desconectada de
hecho de sus orígenes y de sus consecuencias personales y de su dimensión
trascendente. Se dirá, en este sentido, que el pecado es algo que está dentro
de las estructuras injustas, o que es solamente aquello que vulnera las leyes y
ordenamientos sociales, lo que daña a la marcha del progreso de la sociedad, lo
que perjudica las relaciones y el buen funcionamiento de la colectividad, lo
que atenta a la dignidad y a los derechos del hombre o lo que compromete a su
historia.
Lo queramos o no surge de ahí una tipología de creyente, cada vez más
abundante y difícil de cambiar, que no ve pecado en casi nada, salvo en lo
social -estructural- en los otros, y que, en consecuencia, no siente necesidad
alguna de confesarse.
13.Incluso en el terreno del pensamiento y de la vida eclesial
algunas tendencias favorecen inevitablemente la decadencia del pecado. A veces
una determinada predicación o una determinada moral han acentuado
exageradamente el aspecto del pecado y el temor, viendo pecado en todo,
generando una culpabilización morbosa, alentando una vida cristiana llena de
temores ante un Dios terrorífico de castigo y de venganza o de una justicia en
el fondo meramente humana, generando esclavitud. Esto es claramente un
comportamiento desviado que a veces observamos en conciencias escrupulosas que
no deben confundirse con conciencias delicadas. No cabe duda que ese
comportamiento desviado ha podido contribuir por reacción a otras exageraciones
que menosprecian todo temor verdaderamente religioso, que infravaloran el mismo
pecado en su dimensión teológica y existencial, que desfiguran el amor y la
misericordia de Dios, que llevan a un permisivismo liberal o que crean la
ilusión de una supuesta impecabilidad poco o nada cristiana. ¿Por qué no
añadir, además, que la confusión, creada en la conciencia de numerosos fieles
por la divergencia de opiniones y enseñanzas en la teología, en la predicción,
en la catequesis, en la dirección espiritual, sobre cuestiones graves y
delicadas de la moral cristiana, termina por hacer disminuir, hasta casi
borrarlo, el verdadero sentido del pecado?6.
d) Crisis de la conciencia moral
14.Otra de las raíces profundas de la actual situación respecto a la
penitencia, muy ligada a las anteriores, es la crisis generalizada de la
conciencia moral y su oscurecimiento en muchos hombres. El hombre contemporáneo
vive bajo la amenaza de un eclipse, de una deformación o de un aturdimiento de
la conciencia.
Con frecuencia, los fieles se ven desconcertados e inermes ante la
amoralidad sistemática con que se despliegan muchos mecanismos de la vida
económica, social o política. Se hallan envueltos por una cierta moral de
situación que legitima los actos humanos a partir de su irrepetible
originalidad, sin referencia a una ley objetiva y trascendente. La implantación
y divulgación de modelos éticos impuestos por el consenso de la costumbre
general, aunque estén condenados por la conciencia individual, así como la
influencia de los medios de comunicación social que proponen unos modelos de
vida de los que está ausente cualquier otro valor y criterio moral absoluto
fuera de la satisfacción personal, el placer a toda costa o el prestigio
social, están influyendo negativamente en los cristianos y generan una mentalidad
difusa para la que resulta enteramente superfluo cuanto se relaciona con el
sacramento de la penitencia.
15.Predicadores y confesores, por otra parte, se muestran indecisos
ante las nuevas posiciones, a veces encontradas, de los teólogos en materias
morales. Y de este modo nuestras excesivas incertidumbres y diferencias de
criterio, muy fuertes entre sí, desorientan a los fieles haciéndoles perder
confianza en los ministros de la Iglesia e induciéndoles, de alguna manera, a
alejarse de la penitencia sacramental. En materias complejas, como la moral
económica y la sexual los fieles se hallan desorientados; frecuentemente buscan
confesores que coincidan con sus propias posiciones o se encuentran con
sacerdotes que se inhiben ante ciertos casos dejándoles a su libre conciencia y
responsabilidad personal o apelando a su propia madurez. Todo ello crea en los
fieles desamparo, desconcierto o indiferencia y, al final, optan por dejar sus
conciencias al juicio de Dios y abandonan el sacramento. En el fondo de todo,
tanto en los fieles como en los ministros puede haber una profunda crisis de
identidad eclesial y de fe; se busca una norma de conciencia excesivamente
subjetiva o se pretende ejercer el ministerio de la reconciliación según los
propios criterios personales en vez de ser ministros de una Iglesia histórica,
apostólica y católica.
e) Desafección respecto de la Iglesia y concepciones eclesiológicas
inadecuadas
16.El rechazo o la desafección respecto de la penitencia y del
sacramento de la reconciliación tienen bastante que ver también con el rechazo
o desafección, por parte de muchos, respecto de la Iglesia y de su mediación
sacramental de salvación. Las formas deficientes de entender y vivir la
eclesialidad de nuestra fe están influyendo negativamente en no pocos fieles
que se retraen de la recepción del sacramento de la penitencia. Expresiones
como "yo me entiendo directamente con Dios" o "me confieso con
Él" denotan una actitud bastante extendida que consideran las
instituciones de la Iglesia, incluidas las estrictamente sacramentales, como
innecesarias para la relación personal con Dios y en concreto para la
reconciliación y esto de forma muy especial respecto a la confesión de los
pecados ante el sacerdote.
17.A esta misma actitud contribuyen algunas concepciones
eclesiológicas en boga, que, por una desvinculación real de los orígenes
apostólicos de la Iglesia y de la tradición y sucesión apostólica, derivan
hacia una Iglesia nueva formada de "Iglesias consensuadas" por
quienes la integran en un momento determinado. A partir de esas concepciones
eclesiólogicas la confesión personal ante un sacerdote no pasará de ser una
forma simbólica, creada por la Iglesia en un tiempo y espacio concreto, que
hoy, en un nuevo contexto, habría perdido su vigencia y significación y que, en
consecuencia, podría y debería ser sustituido por otro gesto "más
acorde" con nuestro tiempo.
Habría que añadir una cierta pérdida de credibilidad de la misma Iglesia
cuando se la percibe cargada de divisiones y falta de comprensión, indiferente
ante las injusticias o insensible ante los hombres o grupos enfrentados.
f) Crisis respecto del sentido, necesidad o contenido de la
"confesión de los pecados"
18.Dentro de esta enumeración de raíces de la "crisis
penitencial" no podemos pasar por algo que ésta se halla muy ligada al
sentido, necesidad o contenido de la confesión de los pecados. A veces se
arguyen razones, desde la historia o desde la teología, contra la legitimidad o
necesidad de la confesión. Por esto algunos intentan demostrar que la confesión
de los pecados no ha sido considerada siempre en la historia del sacramento
como uno de sus elementos fundamentales y esenciales que pertenezcan a su
"substancia". Otras se alude a que la Eucaristía, sacramento de la
renovación de la muerte redentora de Cristo "para el perdón de los
pecados", hace innecesario el sacramento de la Penitencia con la confesión
incluida. En ocasiones se acude a la comunitariedad del pecado y a la
eclesialidad de la reconciliación para negar y atenuar notablemente el carácter
personal de la penitencia y la necesidad de la confesión personal. En otros
casos, interpretando erróneamente la disciplina eclesial sobre la absolución
general, se afirma: que no existe razón alguna para la obligación de confesar
los pecados ya perdonados por la absolución general; y de ahí se deduce la no
necesidad de la confesión. Apoyándose en que el hombre está salvado y en que el
cristiano vive de la opción fundamental del Bautismo y considerando que el
pecado grave no es otra cosa que el abandono de la opción fundamental y ésta,
si se ha asumido verdaderamente, no se rompe tan fácilmente, algunos ponen en
duda la existencia de pecados graves en actos concretos y hacen innecesaria, al
menos con una cierta frecuencia, la confesión. En todo caso se han difundido y
divulgado estas u otras teorías sin fundamentación y han creado gran confusión
entre los fieles hasta acabar no viendo sentido a la confesión y, por supuesto,
negado su necesidad y obligatoriedad, sobre todo en lo que respecta a la
acusación de pecados específicos.
19.Pero junto a esto, no cabe duda, en el pueblo llano, a la hora de
aceptar el sentido de la confesión personal, pesan más quizá la poca propensión
del hombre a reconocerse pecador y a acusarse ante otro, así como la conciencia
de autonomía personal y de salvaguarda de la intimidad personal que
caracterizan al hombre moderno.
Como también pesan experiencias negativas, y deficiencias, que se han ido
acumulando en el transcurso del tiempo, tales como: la rutina de una práctica
sacramental acaso sin verdadera espiritualidad, la esterilidad de no pocas
confesiones, el ritualismo o superficialidad de algunas celebraciones, o la
reducción a veces de la confesión a buscar soluciones a los problemas
personales, incluso psicológicos, muy lejanos a los pecados que el cristiano ha
de someter al juicio y absolución de la Iglesia.
No debemos ignorar que, al igual que las actitudes positivas y evangélicas
de algunos confesores han contribuido y contribuyen decisivamente a la favorable
acogida y participación del sacramento de la Penitencia por parte de muchos, en
el lado opuesto, otras actitudes han sido o están siendo causa de alejamiento y
de pérdida de sentido del mismo sacramento en no pocos. Se suele aludir, en
este orden de cosas: la falta de preparación, dureza disciplina o indiscreción
de algunos sacerdotes; el recurso a un rigorismo rígido o a una moral
excesivamente negativa, poco comprensiva de la libertad humana y de sus
condicionamientos individuales y sociales; el recurso al temor y a la
culpabilización como una manera falsa y fácil de remediar las deficiencias de
la formación y de la conversión de muchos cristianos; la tortura o dominio de
las conciencias que algunos confesores ejercen sobre los penitentes, sobre todo
en cuestiones de moral sexual, hasta hacer del sacramento un interrogatorio
irrespetuoso que hiere los principios más elementales de la dignidad humana.
Todo esto ha podido generar obsesiones, angustias y malestar que han
desembocado en el rechazo de la confesión y en el abandono del sacramento como
condición para una liberación personal.
g) Algunas deficiencias en la práctica pastoral y penitencial
20.Finalmente, dentro de este diagnóstico que venimos
haciendo, no podemos pasar por alto las deficiencias en la celebración
sacramental de diverso orden pero que llegan a afectar seriamente a la
disciplina penitencial de la Iglesia. A pesar de las riquísimas aportaciones
del Nuevo Ritual para impulsar y revigorizar la praxis penitencial y aún valorando
positivamente su asimilación por bastantes comunidades y fieles, hay que
reconocer que aquél no ha llegado de forma suficiente y clara al pueblo
cristiano y su reforma ha quedado desdibujada entre nosotros. Muchos fieles ni
siquiera saben que ha habido una reforma y no pocos sacerdotes no se dan por
enterados de la misma.
La utilización más amplia de la Sagrada Escritura ha provocado en no pocos
fieles un sentido más profundo y vivo de la conversión y de la Palabra de Dios
que la suscita. Pero siguen siendo muchos los que no se han beneficiado de
ello.
Hay experiencias muy positivas de celebraciones comunitarias de la
penitencia que han ayudado a descubrir la eclesialidad del sacramento, así como
a percibir mejor la repercusión de los pecados personales en la santidad de
toda la Iglesia o la llamada a la conversión en la asamblea reunida. Sin
embargo, todavía resulta muy insuficiente este sentido eclesial en los fieles.
Por lo que ser refiere al "rito para reconciliar un solo
penitente", frecuentemente se sigue celebrando casi igual que antes y se
prolonga una práctica que, desde hace tiempo muy atrás, ha entrado en un
proceso de simplificación hasta quedar convertido en un mínimo de celebración
litúrgica, reducida a los elementos indispensables para la validez sacramental.
Respecto a la "celebración comunitaria con confesión y absolución
individual" hay que reconocer que existen buenas y abundantes
experiencias, aunque hay que avanzar mucho todavía en el camino abierto por
este rito, tanto en sus aspectos celebrativos como en sus dimensiones
teológicas en él implicadas.
No han faltado tampoco entre nosotros abusos en el recurso a la forma
extraordinaria de la celebración penitencial con absolución general con el
peligro, incluso, de absoluciones inválidas por no hacerse conforme a las
normas de la Iglesia. Algunos sacerdotes han recurrido, habitualmente y al
margen de la disciplina de la Iglesia, a estas celebraciones, con el ánimo de
que los fieles, ante sus dificultades para la confesión individual, no se vean
privados de la reconciliación sacramental. Otros han recurrido a esta fórmula,
bien con el pretexto de la escasez de sacerdotes o de tiempo para atender a las
demandas del sacramento, bien buscando adaptarse a los nuevos tiempos y a
ciertas mentalidades de hoy, o bien pretendiendo significar más explícitamente
la dimensión comunitaria del sacramento o la acción reconciliadora de Dios.
Quienes siguen esta forma de proceder suelen resaltar los frutos que de ahí
se están derivando para las comunidades. No negamos que, en ocasiones, se hayan
derivado de algunas de estas celebraciones ciertos valores educativos, que
también se podrían haber dado siguiendo otra forma ordinaria de la celebración
penitencial, pero sus resultados, además de otras consideraciones, no podemos
estimarlos positivamente en sus aspectos más profundos.
Cuando se sigue esta fórmula no se suele advertir a los fieles la obligación
que tienen de confesar los pecados graves cuanto antes y se les ocultan
aspectos fundamentales del sacramento de la Penitencia. Creemos, por ello, que
su práctica generalizada y habitual, al margen de la disciplina de la Iglesia,
ha contribuido al deterioro y a la crisis del sacramento.
Podríamos añadir a estos hechos otro que también ha podido contribuir a un
oscurecimiento del sacramento de la penitencia en la comunidad cristiana: un
cierto olvido pastoral de la atención personalizada, de la dirección
espiritual, etc. El descubrimiento del sentido comunitario y el valor del grupo
no debe impedir la necesidad de un acompañamiento personal en los procesos de
maduración de cada persona. Esto en la pastoral está un tanto descuidado y
repercute indirecta y directamente en el aprecio del sacramento de la
penitencia como encuentro personalizador.
Al final de este análisis, en el que quizá se han subrayado las sombras,
hemos podido constatar que, en relación con el sacramento de la penitencia
emergen aspectos fundamentales de la fe y de la vida cristiana. No es un
aspecto parcial de la ida de la Iglesia lo que aquí está en juego, sino el
conjunto de la vida eclesial, ya que afecta en último término, a su realidad
más amplia. Por eso, conviene indicar, en este momento, y antes de pasar a
otras reflexiones teológicas-pastorales, que en una práctica celebrativa satisfactoria
del sacramento de la penitencia concurren muchos elementos de la teología y
vida cristiana que hacen de esa práctica, de alguna manera, como un
"test": Acogida de la Palabra de Dios por la fe, reconocimiento de
Dios, retorno de Dios, vida según la lógica del Evangelio, mediación eclesial,
autoridad del ministerio otorgado por el Señor, sentido escatológico de la
Iglesia, etc., son, entre otras cosas, realidades básicas que están implicadas
en una buena práctica sacramental de la penitencia. Una práctica penitencial
buena y positiva es, sin duda, una señal, por ejemplo, de que hay una buena
catequesis correctamente orientada, de que se está llevando a cabo una sana
pastoral, de que se ha cultivado una honda espiritualidad, de que se sirve una
verdadera eclesialidad.
III. PECADO, RECONCILIACIÓN Y CONVERSIÓN
A) EL MISTERIO DEL PECADO
Dimensión religiosa del pecado
21.El amor del Padre, llevado hasta el extremo en la entrega de su
Hijo Único y el don de la reconciliación de su sobreabundante misericordia,
manifestada en la cruz y en la resurrección del mismo Jesucristo, nos ponen al
descubierto nuestra original y universal condición de pecadores y nos hacer
percibir el "oscuro e inaprensible "misterio de la iniquidad y del
pecado: "porque a todos encerró Dios en la rebeldía para usar de
misericordia con todos"7; creado por Dios en la justicia, el
hombre, sin embargo, por instigación del demonio, en el propio comienzo de la
historia, abusó de su libertad, levantándose contra Dios y pretendiendo alcanzar
su propio fin al margen de Dios 8. La universalidad de la salvación
alcanzada por Cristo en su obra redentora nos hace percibir la universalidad y
radicalidad del pecado de la humanidad.
En la revelación y en la conciencia cristiana, esta realidad dramática del
pecado 9 tiene una dimensión estrictamente religiosa. El concepto
del pecado, sólo puede ser interpretado adecuadamente en el contexto de las
relaciones con Dios. Sólo en ese contexto, el del amor de Dios llegado hasta el
fin, y únicamente en nuestra confrontación con la santidad y el juicio de Dios
o con su bondad y misericordia presentes en el Crucificado, hecho expiación por
nosotros, es donde descubrimos la verdad de nuestros pecados y nos percibimos
verdaderamente pecadores.
Porque sabemos que Jesucristo nos ha traído la salvación a todos, podemos
conocer ahora que fuera de Jesucristo no existe salvación posible. La
afirmación del pecado pone al descubierto la universalidad y la superabundancia
de la salvación que trajo Jesucristo. La situación incurable y desesperada de
la humanidad se abre a la más grande de las esperanzas y a la certeza de que en
Jesucristo se nos da una salvación inmensamente rica y que supera incluso la
vocación y la gracia original.
Todos nos hallamos bajo el pecado
22.Todos los hombres, por la solidaridad radical y universal que se
da entre todos ellos, se hallan bajo el pecado, pues todos han pecado 10.
Nacemos en el seno de una sociedad en la que imperan el egoísmo, la mentira, la
opresión, la eliminación del otro, la injusticia... Esto nos marca hondamente,
pues todo lo que somos, los somos junto a los otros. Nadie escapa a la
tendencia del pecado, pues está en todos y cada uno. Su universalidad y
radicalidad es tan grande que la Escritura habla del "pecado del mundo"11,
estado de pecado original y de caída universal preexistente que se realiza en
los pecados personales, por los que cada uno se apropia de este estado y peca
dentro de él.
Confundidos por la pérdida del sentido del pecado, los hombres de hoy,
tienen necesidad de volver a escuchar, como dirigida personalmente a cada uno,
la advertencia de San Juan: "si dijéramos que no tenemos pecado nos
engañaríamos a nosotros mismos"12. Esto destruye las ilusiones
que a veces nos hacemos de nosotros mismos como si fuésemos justos y sin
pecado, y nos urge a no eximirnos de nuestra responsabilidad en nuestra propia
culpa, a no minimizarla o a exculparla con tanta facilidad como ocurre cuando
nuestras culpas las atribuimos a los otros, al medio, a la herencia y
predisposiciones, a las estructuras y circunstancias exteriores.
¿Qué es el pecado?
23.Pero, ¿qué es en realidad el pecado? "El pecado es un
misterio difícil de comprender pero es, sin embargo, una realidad innegable.
Cuanto mejor se conoce a Dios tanto mejor se sabe lo que es el pecado, cuanto
más se percibe su misericordia y su obra reconciliadora y redentora por Cristo
y en el Espíritu, tanto más se descubre su tremenda realidad. En lo más hondo
la conciencia de pecado es consecuencia del reconocimiento de la gracia con la
que hemos sido enriquecidos por Dios en Cristo y de las promesas a las que
hemos sido llamados. Por esto, "lo más misterioso del pecado consiste en
que es una acción humana que, en último término, se opone a Dios. El hombre,
por el pecado, como un gesto de rivalidad, rechaza el amor de Dios"13,
o trata de construir su yo y el mundo "al margen de Dios", como si no
existiera. El pecado actual quizá no es vivir contra Dios sino de espaldas a
Él, en desobediencia, de hecho, a la voluntad de Dios y faltando al amor y
reverencia que le son debidos.
a) El pecado como no reconocimiento de Dios. Alienación del hombre
24.El pecado consiste en no reconocer a Dios como
Dios y en no reconocer la dependencia total que el hombre tiene respecto a Él.
El pecado aliena al hombre de la verdad y lo hunde en el error... Cuando el
hombre por el pecado, se erige en realidad plenamente autónoma y
autosuficiente, criterio y medida de todo, por sí y ante sí, trastorna y
desordena hasta lo más íntimo de su ser 14 y lejos de realizarse y
alcanzar su auténtica personalidad, su libertad y su real señorío, se
autodestruye y deshumaniza, ya que el hombre sólo es hombre cuando vive en Dios
y por Él.
Por el pecado, además "el hombre alejado de Dios y de su propia verdad,
se convierte en un extraño y en un enemigo para sus propios hermanos; actúa
contra ellos injusta y violentamente; viola su dignidad personal y rompe la
convivencia pacífica 15. Buscando la propia felicidad en las
criaturas, las somete a la caducidad... y a la esclavitud de la corrupción 16
y desfigura la obra salida de las manos del creador 17.
25.La auténtica realidad del pecado es la desobediencia a Dios; es
violación de la Ley de Dios, tanto cuando se opone a su voluntad manifestada
por su revelación sobrenatural como cuando, volando voluntariamente la
conciencia 18, se opone a las "inclinaciones profundas de su
naturaleza, que le orientan al bien y que son la fuente de toda otra ley que
pueda ordenar la convivencia humana"19.
El último término, el pecado, implica la falta de correspondencia al amor,
al ofrecimiento y a la cercanía de Dios. De un modo u otro, supone rechazar el
amor de Dios manifestado en la larga historia de las maravillas obradas por la
misericordia creadora y salvadora de Dios en favor de ser la recusación de Dios
y de su Cristo y del Espíritu que nos ha sido dado. Este rechazo no es sino
negación e indiferencia insolente del mismo Amor en persona, olvido e
indiferencia ante Él; como si Dios no mereciese ningún interés en el ámbito del
proyecto operativo y asociativo del hombre 20. Es por eso exclusión
de Dios en persona y, por tanto, es "siempre ofensa a Dios porque
cualquier comportamiento humano que dañe al prójimo o al mismo hombre pecador
es un atentado contra la imagen de Dios grabada en el hombre"21
y un menosprecio de su amor y de su voluntad.
b) El pecado desemboca en la división entre los hombres
26.El pecado desemboca dramáticamente en la división de los hermanos
y constituye como una especie de "suicidio" del mismo hombre, también
su equilibrio interior se rompe y se desatan dentro de sí contradicciones y
conflictos. Desgarrando de esta forma el hombre provoca casi inevitablemente
una ruptura en sus relaciones con los otros hombres y con el mundo creado 22.
El pecado nos separa de los hombres. El pecado cometido contra Dios es
pecado cometido contra los hombres; así como cuando pecamos contra el hombre
pecamos contra Dios del que aquél es imagen. No podemos olvidar que "quien
explota al necesitado afrenta a su Hacedor"23 y que en el día
del juicio se dirá: "Cada vez que no lo hicisteis con uno de estos
humildes tampoco lo hicisteis conmigo"24.
En virtud de un arcano y benigno misterio de la voluntad divina, reina entre
los hombres una tal solidaridad sobrenatural que el pecado de uno daña a los
otros 25, repercute en los demás hombres y no sólo en aquellos a los
que directamente podamos perjudicar por algún pecado que les ha afectado
personalmente. Cuando se ofende a Dios y se perjudica al prójimo se introducen
en el mundo condicionamientos y obstáculos que van mucho más allá de las
acciones y de la breve vida del individuo. Afectan asimismo, al desarrollo de
los pueblos cuya aparente dilación o lenta marcha debe ser juzgada también por
esta luz 26. Todo pecado tiene, pues, consecuencias y dimensiones
sociales.
c) Repercusión eclesial del pecado
27.El pecado del cristiano tiene además, una dimensión y repercusión
eclesial, pecando el cristiano ofende inseparablemente a la Iglesia 27.
El cristiano rompiendo por el pecado su comunión con la Iglesia, y establece
una cierta ruptura con ella más o menos grave, según sea la ofensa. Al rechazar
el cristiano con su pecado el amor de Dios, hiere a la Iglesia. La unidad del
género humano plenamente realizada en Cristo queda dañada y la santidad de la
Iglesia queda afectada. Al pecar, el cristiano falla en su misión recibida del
Bautismo de ser signo y testimonio eficaz para el mundo del amor de Dios y de
la victoria conseguida sobre el mal; se opone, por ello, al dinamismo salvífico
de la Iglesia y a su misión de iluminar las sombras del pecado y de la muerte;
así disminuye su eficacia en el mundo haciéndole menos transparente de la luz
de Cristo y de la santidad del Espíritu y menos capaz de luchar contra el mal y
la injusticia y anticipar los bienes dudosos.
Dimensión personal y social del pecado.
"El pecado del mundo"
28.El pecado tiene un carácter radicalmente personal. "No existe nada
tan personal e intransferible como el mérito de la virtud o la responsabilidad
de la culpa"28. El pecado, en su sentido propio, es un acto
libre de la persona individual: Tiene un origen personal, unas consecuencias en
el propio pecador y un peso sobre las conductas de aquellos que lo cometen 29.
Sin embargo, todo pecado, "aún el más estrictamente individual"
íntimo y secreto, repercute de algún modo en los demás, tiene como acabamos de
indicar, un carácter social 30.
Es necesario ser conscientes de que el pecado no está sólo en el corazón de
los hombres sino de que vivimos en un "mundo sometido a estructuras de
pecado"31, "situaciones objetivas de carácter social,
político, económico, cultural, contrarias al Evangelio"32, cuyo
funcionamiento casi automático 33 no pueden liberarnos de nuestra
responsabilidad personal, ya que tienen su origen en la libre voluntad humana,
individual o de los hombres asociados entre sí 34.
Las llamadas estructuras de pecado "se fundan en el pecado
personal y, por consiguiente, están unidas siempre a actos concretos de
las personas que los introducen y hacen difícil su eliminación"35.
Estas estructuras son pecaminosas porque son frutos de acciones u omisiones
pecaminosas que se prolongan en el tiempo a través de objetivaciones sociales
-ordenamientos legales, culturales, etc.-.
Estas estructuras, consecuencia del pecado, verdaderas "situaciones de
pecado", "se refuerzan" entre sí y "se difunden",
oprimen al hombre, lo envuelven en una red de mecanismos perversos 36
que como un atmósfera de pecado marca al hombre, lo condicionan en su conducta
y lo hacen tender al pecado. Así estas estructuras son fuente "de
pecado" y le ofrecen al hombre nuevas ocasiones para pecar, oscureciendo
su conciencia, induciéndolo a comportamientos pecaminosos, inclinándolo a la
injusticia o degradándole en formas de vida no plenamente humanas 37
al tiempo que amparan y cultivan serios desórdenes morales. Pero en el fondo de
estas estructuras o situaciones de pecado "hallamos siempre personas
pecadoras"38, hechas de interioridad y exterioridad y por lo
mismo con actos pecaminosos externos e internos en íntima vinculación, pues de
dentro del corazón del hombre y de su libertad interior salen las cosas malas
que contaminan y dañan al hombre 39.
Pecados mortales y veniales
29.Lo mismo que las heridas del pecado son diversas y variadas,
también debemos diferenciar los pecados, por razón de su gravedad como siempre
ha hecho la Iglesia a lo largo de su historia apoyada en la revelación divina.
Se ha hecho constante la doctrina que distingue entre pecados mortales-graves y
veniales.
Los pecados mortales son acciones del hombre que "nos separan de la
comunión con el amor de Dios"40. Son actos conscientes y libres
mediante los cuales el hombre rompe radicalmente su verdadera y auténtica
relación con Dios, sumo bien, encamina sus pasos en el sentido opuesto al que
Dios quiere y así se aleja de Él, rechazando la comunión en su vida y amor,
separándose del principio de vida que es Él y eligiendo por tanto la muerte 41.
El pecado mortal se da no sólo en el rechazo directo y formal del amor de
Dios, es decir, "cuando la acción del hombre procede directamente de un
desprecio a Dios y al prójimo, sino también cuando consciente y libremente, por
la razón que fuere, elige algo gravemente desordenado o transgrede
deliberadamente cualquier norma moral siempre que se trate de materia grave. En
esta desobediencia y elección "hay un desprecio al mandamiento divino: el
hombre se aparta de Dios y pierde la caridad"42.
Estos pecados rompen la amistad con Dios y excluyen del Reino; privan de la
caridad y de la gracia santificante, destruyen la ordenación fundamental hacia
Dios, desorientan la vida y la persona entera del hombre; impiden su perfecta
realización y si el hombre persistiese obstinadamente hasta el final de su
vida, también la privaría de la felicidad eterna.
Dada la naturaleza del pecado moral, éste afecta a la opción fundamental del
hombre, ya que supone, por la densidad de la acción misma, un decidirse
fundamentalmente contra Dios y su amor. Esto no obsta a que haya actos que, a
pesar de la importancia del objeto a que se refiere, por no ser realizados con
pleno conocimiento y deliberado consentimiento, no llegan a dominar totalmente
a la persona y a dañarle en su opción fundamental que es la caridad de Dios.
Los pecados veniales, leves o cotidianos, sin embargo, son los actos humanos
que, sin romper la comunión y la amistad con Dios y sin apartarle de su gracia
contradicen el amor de Dios y hacen que el hombre se detenga en su camino hacia
Dios y le debilitan para vivir en aquella comunión con Él. El cristiano no debe
pensar que los pecados veniales, por el hecho de que no le apartan de Dios, son
algo de poca importancia en su vida. Quien consciente, de modo habitual, en
estos pecados, se coloca en un plano inclinado que le conduce al pecado grave y
se va alejando poco a poco de Dios. Las personas que viven en un plano de
complacencia de los sentimientos, de búsqueda de comodidades, de dejarse llevar
por los estímulos e impresiones del mundo que les rodea, terminan, casi de
manera inevitable, viviendo sistemáticamente de espaldas al Evangelio.
B) EL DON DE LA RECONCILIACIÓN
Donde abundó el pecado sobreabundó la
gracia
30.¿Quién nos librará de esta iniquidad que pesa sobre nosotros?
"Donde abundó el pecado, sobreabundó la gracia"43 y el
misterio de la infinita piedad de Dios-Cristo 44 ha penetrado hasta
las raíces más escondidas de nuestra iniquidad 45 para que así como
reinó el pecado causando la muerte, así también, por Jesucristo Señor nuestro,
reine la gracia por la justicia para la vida eterna 46. En Él ha
sido demolida nuestra antigua miseria, reconstruido cuanto estaba derrumbado y
renovado en plenitud la salvación 47.
El misterio de la reconciliación en la
historia de la salvación
31.Dios, Padre Santo, que hizo todas las cosas con sabiduría y amor,
y admirablemente creó al hombre, cuando éste por desobediencia perdió su
amistad, no lo abandonó al poder de la muerte, sino que, compadecido, tendió la
mano a todos para que le encuentre el que le busca y viva con Él el que se
convierta 48. Con su paciencia ilimitada, su incansable fidelidad al
plan de reconciliación, su admirable pedagogía con todas las generaciones, y
con la palabra y llamada a la penitencia de los profetas, el Señor fue
conduciendo a los hombres con la esperanza de la salvación 49,
porque Él no quiere la muerte del pecador, sino que se convierta y vuelva a Él
y viva 50, como admirablemente expresa la parábola del Hijo pródigo,
página central de la revelación y parábola de la entera historia de la familia
humana 51.
Cristo, nuestra reconciliación y nuestra
paz
32."El Padre de toda misericordia y Dios de todo consuelo"52,
volviendo hacia nosotros sus ojos misericordiosos -"convirtiéndose hacia
nosotros"- probó el amor que nos tiene en que "siendo todavía
pecadores, Cristo murió por nosotros", por todos, de modo que,
"cuando éramos enemigos, fuimos reconciliados con Dios y por la muerte de
su Hijo"53 y "estando muertos por los pecados nos ha hecho
vivir con Cristo"54. "Y esto no se debe a nosotros, sino
que es un don de Dios; y tampoco se debe a las obras para que nadie pueda
presumir"55, puesto que Dios mismo estaba en Cristo
reconciliando consigo sin pedirle cuentas de sus pecados"56.
Desde la "unión admirable"57 "en cierto modo con
todos los hombres"58 del Hijo de Dios en la Encarnación hasta
el Misterio Pascual, todo el misterio de Cristo converge en torno a su misión
de reconciliador: Él es nuestra paz.
La reconciliación en el corazón mismo
del evangelio
33.El perdón de los pecados está
en el corazón mismo del anuncio evangélico desde su mismo comienzo. Jesús
declara repetidamente que ha venido para buscar y salvar lo que estaba perdido
(Lc 19, 8) y no se contentó solo con
exhortar a los pecadores a que se convirtiesen e hiciesen penitencia, sino que
acogió a los pecadores para reconciliarlos con el Padre y les perdonó los
pecados como en el caso de la pecadora 59, del paralítico 60
o de la mujer adúltera. Comió con publicanos y pecadores y su comprensión hacia
el pecador la expresó en varias parábolas 61. Como signo, además, de
que tenía poder para perdonar los pecados, curó a los enfermos de sus
dolencias. Esta centralidad del perdón de los pecados en toda la obra de Jesús
quedó consagrada para siempre en el cáliz de su "sangre derramada por
muchos para el perdón de los pecados"62. Finalmente, Él mismo
fue entregado por nuestros pecados y resucitado para nuestra justificación y
nos otorgó el Espíritu de Santidad para remisión de los pecados 63.
Esta obra no podría considerarse acabada con su muerte: debía alcanzar a
todos los hombres, que tras Él siguieron pecando.
Jesucristo resucitado confía a sus
apóstoles el ministerio de la reconciliación
34.Cristo resucitado confió a los Apóstoles continuadores de lo que
Él hizo 64, la misión de anunciar a todos los hombres el perdón y la
reconciliación que Dios mismo les ofrecía en la muerte y resurrección de su
Hijo, encargándoles predicar el camino de conversión 65 abierto a
todos, junto con el poder de atar y desatar, de perdonar y retener eficazmente
los pecados. Al darles el Espíritu Santo 66 y revestirles de la
fuerza de lo alto, predican en su nombre la penitencia y la remisión de los
pecados a todas las naciones 67. Como Jesús, también los apóstoles,
movidos y animados por el Espíritu Santo, inauguran su misión con la
exhortación a la Penitencia el día de Pentecostés, proclaman "un bautizo
para el perdón de los pecados", e indican que la conversión, llevada a su
cumplimiento en el bautismo, es la condición primera para la salvación 68.
La Iglesia no ha dejado nunca de anunciar la reconciliación y
predicar la conversión
35.Desde entonces, y a lo largo de toda su historia, la Iglesia no ha
cesado jamás de predicar la conversión y la reconciliación, ni ha dejado de
perdonar los pecados porque tiene conciencia de ser dispensadora de la gracia
del perdón, merecido por Cristo una vez por todas y porque el Espíritu Santo,
principal agente de la remisión de los pecados, habita en ella.
La Iglesia, por esto, como la define el Vaticano II 69, es en
Cristo como un sacramento, o sea, "signo e instrumento de la unión íntima
con Dios y de la unidad de todo el género humano". Ella debe buscar ante
todo llevar a los hombres a la reconciliación plena, proclamando la
misericordia de Dios y exhortando a los hombres a la penitencia para que
abandonen el pecado y se conviertan a Dios. Ella debe hacer presente la
reconciliación, significando y otorgando en nombre de Cristo su victoria sobre
el pecado y su reconciliación por medio de los sacramentos 70, de
manera particular de la celebración de la Penitencia que como ningún otro acto
significa más directamente la penitencia del hombre cristiano y la
reconciliación de Dios con él 71.
El don de la reconciliación abarca la práctica totalidad del mensaje
de la salvación. los bienes de la reconciliación
36.Con este mensaje de la reconciliación estamos abarcando la
práctica totalidad del mensaje de la salvación: en su doble aspecto de paz
restablecida entre Dios y los hombres y de los hombres entre sí, la
reconciliación es el primer fruto de la redención 72. Por ella los
hombres han encontrado de nuevo a Dios y la esperanza 73 y ya desde
ahora participan de la gloria de Dios.
La reconciliación es ese don irrevocable ofrecido por la misericordia del
Padre a todos los hombres para que puedan participar de la purificación,
santificación y renovación personal y social en la comunión de amor que llegará
a la perfección cuando toda "la Iglesia de los Santos, en la felicidad
suprema del amor adore a Dios y al 'Cordero que ha sido inmolado'".
La reconciliación restablece a los hombres en su verdad más profunda y les
conduce a la comunión con Dios a la que están ordenados por amoroso designio
divino, como el Bien Sumo y fin último ofrecido a su verdadera libertad.
Dios reconciliador alcanza al hombre en su interioridad más profunda,
dándole un corazón nuevo 74 y haciéndole participar del Espíritu y
de sus dones que lo sitúan en una nueva forma de existencia que sólo puede
desplegarse por completo en la resurrección, aunque aquí se pueda ya vivir en
esperanza por la fe y la caridad.
37.De la muerte en la cruz y de la resurrección de Cristo brota por
obra del Espíritu Santo la criatura nueva 75, el hombre nuevo 76,
la comunidad humana nueva 77, el orden cósmico nuevo 78,
en el cual el hombre goza generosamente de la paz con Dios y con los hermanos:
- Por la reconciliación se
revela el verdadero rostro de Dios al hombre y éste es conducido a la
experiencia del misterio de Dios como amor misericordioso en la que se le
revela su propio misterio, se conoce mejor a sí mismo y alcanza su verdad:
criatura llamada a entregarse totalmente y en libertad a Dios, a vivir en
paz consigo mismo y a amar a los demás. Reintegrada a su verdad más
profunda por la reconciliación con Dios, la persona humana, desgarrada por
el pecado, reencuentra su unidad interior y su libertad más auténtica y se
hace capaz de vivir conforme a su dignidad personal en el servicio
responsable a Dios y a los hermanos.
- El hombre reconciliado es
capacitado para establecer una relación armoniosa y auténtica con los
demás: se hace próximo a sus hermanos dando lugar a relaciones fundadas
sobre el reconocimiento de la dignidad del otro, de la justicia y de la
paz. La reconciliación, una vez recibida es, como la gracia y como la
vida, un impulso y una corriente que transforma a sus beneficiarios en
agentes y transmisores de la misma 79, es decir, en sus
testigos. Esta reconciliación adquiere entonces una dimensión pública. De
la reconciliación con Dios y consigo mismo nace la posibilidad y la
urgencia de una reconciliación fraterna y social. En virtud de este don,
el hombre dotado de la misericordia universal, puede vivir una relación
nueva con los demás, con un espíritu universal y ampliamente generoso,
reconociendo a todos y por igual su dignidad inviolable como personas,
imágenes vivas e hijos de Dios, y desarrollando así una nueva comunidad
humana, fundada en la justicia y justificada por el amor y el espíritu de
Dios misericordioso que hace salir su sol sobre buenos y malos.
- La plena reconciliación de
todos los hombres se extiende a su vez a toda la creación que está
sometida a la injusticia por quienes la explotan abusando de ella, al
margen de su naturaleza. La reconciliación, pues, aporta la capacidad y el
deber de una nueva y justa relación con las realidades terrenas y los
asuntos temporales.
En suma, el acoger la acción reconciliadora de Dios abre al hombre a un
nuevo sentido de Dios vivo y actuante en el mundo y en la historia, al
verdadero sentido del pecado como violación de la alianza de amor con Dios, a
una más clara visión de sí mismo, de sus valores y exigencias, de su libertad
responsable y de su conciencia moral, que han de traducirse en unas relaciones
reconciliadas con los demás y con el mundo.
C) LA CONVERSIÓN EN LA VIDA CRISTIANA
La conversión
38.Con Cristo todo ha cambiado: ha sido enderezado y corregido el
curso de la historia de la humanidad, se ha iniciado un final gozoso y se ha
operado para este mundo su conversión. Él nos ha traído el año de gracia 80.
Como respuesta a esta gracia reconciliadora y restauradora de Dios, así como
acogerla, al hombre le compete ahora cambiar la orientación de su vida, la
mentalidad, la forma de vivir y de actuar y emprender libremente el camino de
vuelta a la casa del Padre.
La reconciliación sin la penitencia, estaría en contradicción con la misma
dignidad del hombre, ya que el hombre no se vería implicado como hombre, como
ser libre y responsable, sino que quedaría reducido a un papel de sujeto
meramente pasivo. Y la penitencia, sin la previa reconciliación concedida por
Dios, sería del todo vana, engendraría la desesperación y comportaría la
negación de la verdad de Dios, como si Dios fuese el autor de la más profunda
alienación del hombre respecto a sí mismo.
Características de la conversión
cristiana
39.Jesucristo proclama la llegada del Reino como un don salvífico y
llama a los pecadores a la conversión, revelando a Dios como Padre
misericordioso.
Desde entonces este Reino, salvación y reconciliación de Dios, todo hombre
puede recibirlo como gracia y misericordia; pero a la vez cada uno debe
conquistarlo con esfuerzo y lucha personal y, ante todo, mediante un total
cambio interior, una conversión radical de toda la persona, una transformación
profunda de la mente y el corazón 81. Esta conversión, decisión y
respuesta libre a la iniciativa gratuita de Dios que llama personalmente, llega
a ese fondo en el que se juega el sentido y el sin sentido de la vida, la
orientación última del humano vivir; opera una transformación de la existencia
misma del hombre, una transposición radical de las finalidades últimas que
orientan el conjunto de su vida y una nueva visión del mundo con otros ojos
-los de Dios- confiriéndole otro sentido, el querido por Él y el descubierto en
la aceptación de su Evangelio.
El hombre que se convierte abandona cuanto le tenía alejado de Dios, rompe
con su autosuficiencia -sus idolatrías y pecados- renuncia a su actitud
fundamental enfocada a la autoseguridad para dejarle todo el espacio de Dios en
su vida como la realidad verdaderamente amable y valiosa, el único apoyo fiel y
seguro, el criterio último y definitivo de nuestro obrar y el juicio inapelable
de nuestras vidas.
El convertido deja todo por ese tesoro escondido que irrumpe en su vida y se
vuelve a Dios como Realidad Suprema e incondicional, y así le abre el centro de
su persona y le acoge como raíz y sentido de su existencia con una adhesión
personal llena de confianza absoluta y firme esperanza en Él. El convertido se
ve embarcado por completo en todo el hecho de la conversión hasta el punto de
operarse en él como un nuevo nacimiento, el surgimiento de una nueva criatura
que reconoce que no hay, fuera de Dios, poder alguno al que debamos someter
nuestra vida ni del que podamos esperar la salvación.
De esta manera, la penitencia o conversión, por la que se alcanza el Reino
anunciado por Jesucristo, comporta la íntima y total transfiguración y
renovación de todo el hombre -de su sentir, juzgar y disponer-. Esta renovación
se realiza además, en el hombre a la luz de la santidad y la caridad de Dios
que en su Hijo se nos ha manifestado y comunicado plenamente 82.
La conversión, realidad primariamente
personal: Conversión y arrepentimiento
40.La conversión, por su misma naturaleza, es ante todo y
primariamente una realidad personal. Acontece en la intimidad de la persona, en
su encuentro con Dios, y conlleva una honda modificación de la orientación
existencial que marca, a partir de entonces, la conducta total. La conversión
de una transformación interior, personal e intransferible que llega hasta el
último fundamento del ser del hombre.
Se trata de una opción fundamental por Dios como Dios; una opción
fundamental que nace libremente en lo hondo del corazón humano y comporta su
disponibilidad a renovar la propia existencia, conformándola con la voluntad de
Dios.
Por esto, conversión es obediencia y fe y se inserta en el entramado de la
alianza: no hay conversión sin nuestra libre decisión de obedecer a la llamada
de Dios con la ayuda de su gracia; tampoco hay conversión sin esa confianza
nuestra enteramente puesta en Dios que nos hace reconocer nuestra insuficiencia
y nuestro pecado a la par que nos remite a Él como el único que nos salva por
medio de Jesucristo y en cuyas manos nos ponemos con disponibilidad
incondicionada. El anuncio y la invitación a la conversión nos convocan a cada
uno a dirigirnos gozosamente a Dios con la confianza de que en Él encontraremos
el perdón y la plena realización de nuestra libertad haciéndonos en verdad
hombres nuevos con la novedad de Jesucristo.
41.El pecador, como el hijo pródigo de la parábola, libremente
alejado de la casa paterna para vivir independientemente la propia existencia
con todas sus consecuencias de vacío, de soledad, ruina y miseria, llega un
momento en que, sin duda movido por la gracia misericordiosa, se encuentra
sólo, con la dignidad perdida y con hambre; entra dentro de sí, vuelve en sí y
toma conciencia de su real situación personal y, se reconoce a sí mismo
"desilusionado por el vacío que lo había fascinado; deshonrado... mientras
buscaba construirse un mundo todo para sí; alejado del Señor y lejos de la casa
de su Padre y atormentado desde el fondo de la propia miseria por el deseo de
volver a la comunión con el Padre"83.
En la soledad de la conciencia y enfrentándose a su propia mismidad, ante la
presencia inefable de la mirada misericordiosa y escrutadora de Dios,
confrontándose con Él y con su voluntad expresada en su Palabra y en la
desnudez de la sinceridad consigo mismo, donde no cabe el engaño, percibe
cuánto se ha alejado de su vocación y de su verdad de hijo, echada a perder por
él mismo, reconoce y dice ahora no ya solamente que "existe el
pecado", sino "yo he pecado", "yo soy pecador por tales
cosas". Y decide volver: "Me levantaré e iré a mi Padre y le diré:
Padre he pecado contra el cielo y contra ti; ya no soy digno de ser llamado
hijo tuyo"84.
Como el publicano del Evangelio 85, en el reconocimiento de su
desnudez y vacío causado por el propio pecado, el pecador tiene, a pesar de
todo, el valor y el atrevimiento de confiar en el Dios viviente y
misericordioso, en el Dios, abba, que está por encima de débitos y
recompensas y, arriesgándolo todo, se encamina hacia Él, se pone libremente en
sus manos por la entrega confiada de su vida entera.
La conversión y el arrepentimiento cristiano están impregnados de fe y de
confianza en el Dios que nos ama indefectiblemente. Por esto es un gesto de
suprema confianza y un acto central de amor a Dios por ser quien es, bondad
infinita.
Todo ello implica inseparablemente por parte del pecador, el dolor sincero
de haberse alejado personalmente del Padre y haberle ofendido junto con el
rechazo claro y decidido del propio pecado y el propósito de no volver a pecar 86
por el amor que se tiene a Dios y que renace con el arrepentimiento. No le
basta, pues, al pecador volver a sí mismo y advertir su situación de pecado y
ni siquiera recordar la bondad de Dios, "lento a la ira y rico en
clemencia"87, capaz de no echarle en cara las culpas cometidas.
Es necesario que el pecador se arrepienta, decida volver toda su persona hacia
Dios, corregirse no sólo en tal o cual punto concreto, sino cuestionarse a sí
mismo en la totalidad del propio ser y disponerse para el cambio sin reservas.
La conversión exige ruptura con el viejo mundo de pecado.
Supone, la decidida voluntad de no volver a pecar expresada y realizada
normalmente en un lento y laborioso proceso de maduración y de vida nueva, con
sus altibajos y aún sus retrocesos prosiguiendo el camino hacia adelante, a
pesar de las recaídas, con humildad y confianza, puestos los ojos en Aquel que
nos busca y sale a nuestro encuentro. Es bueno recordar que la conversión junto
a las innegables exigencias que comporta un cambio radical, es "aún más un
acercamiento a la santidad de Dios, un nuevo encuentro de la propia verdad
interior, turbada y trastornada por el pecado, una liberación en lo más
profundo de sí mismo y, con ello una recuperación de la alegría perdida, la
alegría de ser salvados, que la mayoría de los hombres de nuestro tiempo ha dejado
de gustar"88.
Este proceso nada fácil de la conversión personal, porque supone un
desdecirse de actitudes vitalmente aceptadas y romper lazos afectivos que
rompen el corazón, ha de ir acompañado de la oración humilde. Sólo con la
gracia se puede llevar a cabo el milagro del arrepentimiento. La Iglesia
primitiva vivió al máximo esta experiencia de fe y acompañó el proceso
penitencial de los pecadores con dilatados ayunos y súplicas comunitarias.
La conversión personal tiene una
dimensión comunitaria
42.Pero el carácter de toda conversión, piedra angular de la
conversión cristiana, no nos encierra en un mundo individualista e intimista.
La conversión cristiana, por una parte, tiene siempre la característica de
reconciliación con Dios a través de la reconciliación con la comunidad de la
Iglesia. La conversión personal, por otra parte, tiene una dimensión
comunitaria y está reclamando e implicando una conversión y renovación de la
humanidad, del mundo y de la Iglesia.
Como hay una solidaridad en el pecado, hay también una solidaridad en la
conversión. La conversión personal no puede dejar de incluir la comunitaria y
estructural. Quienes se convierten personalmente a Dios, movidos por la caridad
fraterna, han de contribuir a la transformación de las "estructuras de
pecado" y a la construcción de una nueva sociedad más justa y más humana
según el designio de Dios.
La auténtica conversión interior hace necesariamente también referencia a la
sociedad y a las estructuras, pero, de suyo ha de distinguirse de su
transformación. Jesús reclamó permanentemente el cambio del "corazón"
y dejó a los hombres el cuidado de construir el mundo exigido por ese cambio.
Es preciso, en este punto advertir con claridad sobre el peligro de ciertas
tendencias proclives a la privatización de la conversión así como de otras que
no valoran suficientemente la conversión interior y fijan unilateralmente su
atención en la transformación de las realidades estructurales. Es preciso
recordar aquellas palabras de Pablo VI: "La verdad es que no hay humanidad
nueva si no hay, en primer lugar, hombres nuevos con la novedad del
Bautismo y de la vida según el Evangelio (hombres convertidos)". La
Iglesia considera ciertamente importante y urgente la edificación de
estructuras más humanas, más justas, más respetuosas de los derechos de la
persona, menos opresivas y menos avasalladoras; pero es consciente de que aún
las mejores estructuras, los sistemas más idealizados, se convierten pronto en
inhumanos si las inclinaciones inhumanas del hombre no son saneadas, si no hay
una conversión de corazón y de mente por parte de quienes viven en esas
estructuras o las rigen 89.
Bautismo y conversión cristiana
43.La penitencia o conversión cristiana encuentra la raíz de su
originalidad en el misterio pascual de la muerte y resurrección de Jesucristo,
del que es siempre fruto y reflejo. Por ello, hemos de mirar al Bautismo,
sacramento por el que somos incorporados a este Misterio pascual para poder
percibir la hondura y significación última de la conversión cristiana, ya que
es en el Bautismo, donde el cristiano recibe el don fundamental de esta
conversión 90.
En el Bautismo la conversión es radical, penetra hasta el mismo ser del
hombre que renace 91 en Cristo y en Él se convierte en una criatura
nueva 92. En el Bautismo pasamos de las tinieblas a la luz, de la
muerte a la vida, de la mundanidad a la vida eterna; y así, toda nuestra vida
interior y exterior queda orientada en la dirección de la conversión bautismal.
Incorporados a Cristo y regenerados como hijos de Dios, los bautizados son
unos convertidos, el pecado en ellos no tiene razón de ser 93;
tratan de vivir una vida nueva cuyo modelo es la existencia reconciliada.
Echados los cimientos de una nueva existencia por el Bautismo, el cristiano
bautizado queda orientado a seguir un itinerario vital que, de suyo, es
opuesto a cualquier proceso de retorno o vuelta atrás...
44.La trayectoria existencial iniciada como opción libre y
fundamental en el Bautismo, se expresa en un modo de vivir como hijos de Dios y
ciudadanos del Reino de los cielos. Los bautizados, preparados interiormente
para la acción y poniendo toda su esperanza en la gracia que les traerá la
revelación de Jesucristo, como hijos obedientes, no han de amoldarse a los
deseos que tenían antes "en los día de su ignorancia": "El que
os llamó, nos recuerda la carta de Pedro, es santo; como él sed también
vosotros santos en toda vuestra conducta", porque dice la Escritura:
"seréis santos porque yo soy santo"94. Esto implica que
los bautizados, por la misma dinámica del Bautismo, están llamados a emprender
y realizar, en libertad y en disponibilidad a la gracia, un camino hacia el
ideal de justicia al que tenemos que tender; es decir, a emprender y seguir un
proceso de transformación de sus vidas cada vez más irradiantes de la santidad
y de la gloria de Dios 95 redoblando su ánimo en ratificar su
llamamiento y elección.
45.No ha de extrañarnos, sin embargo, que nuestra opción cristiana
del Bautismo, a pesar de nuestra buena voluntad, no domine totalmente nuestro
"sentir, juzgar y disponer", y que tendencias y modos mundanos de
vivir nos acompañen hasta el término de nuestra vida para probar la verdad de
nuestra fidelidad a Dios y para ejercitarnos en el combate cristiano con unas
actitudes totalmente informadas por la caridad que es la meta de la conversión.
Por ello mismo, la existencia del bautizado en la tierra se ha de
caracterizar por esa disposición penitencial de conversión en un constante
proceso de transformación interior y exterior puestos los ojos en la victoria
de Cristo sobre el pecado y en la conquista del hombre nuevo que se renueva sin
cesar y es incompatible con el pecado.
Y de este modo, "como todos caemos en muchas faltas", necesitamos
constantemente de la misericordia de Dios y todos los días debemos orar:
"perdónanos nuestras deudas"96 y proseguir
incansablemente, con humildad y confianza en la misericordia de Dios, el camino
de conversión y penitencia, de lucha contra las fuerzas del pecado y de
compromiso en la edificación del hombre nuevo que se debe construir sobre
Jesucristo.
IV. EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA:
CONSIDERACIONES TEOLÓGICAS
Dios ha establecido en su Iglesia el ministerio
de la reconciliación
46.Cristo murió una vez por nuestros pecados y resucitado se sienta
glorioso a la derecha del Padre: Su muerte y resurrección, acaecidas de una vez
para siempre, tienen una eficacia salvífica universal. Pero es necesario que ésta
se haga realidad efectiva para cada hombre con la libre cooperación de su
voluntad. El amor de Dios, manifestado en el hecho de que Cristo ha tomado
sobre sí el peso de nuestros pecados y nos ha redimido, incluye el llamamiento
y la exigencia de nuestra cooperación a la obra de la redención. Cristo nos ha
hecho beneficiarios de su propia muerte, pero al comunicarnos su fruto lo hace
en el marco de la alianza, reclamando la libre adhesión y cooperación personal.
Esta cooperación humana recibe todo su valor del hecho de estar apoyada y
fundada en el misterio pascual de Cristo: sólo así puede ser grata a Dios, como
grato fue el sacrificio de Jesús en la Cruz.
Pero "para que se pueda restablecer el estado de gracia" de la
redención, que incluye el don divino y la libre cooperación humana, "no
basta reconocer internamente la propia culpa ni hacer una reparación
externa". En efecto, "Cristo Redentor, instituyendo la Iglesia y
constituyéndola sacramento universal de la salvación ha establecido que la
salvación de cada uno se verifique dentro de la Iglesia y mediante el misterio
de la Iglesia misma..., de la cual, se sirve también para comunicar el comienzo
de la salvación que es la fe... Ciertamente, los caminos del Señor son
inescrutables y el misterio del encuentro con Dios en la conciencia es
insondable; pero el camino que Cristo nos ha hecho conocer es el que pasa a
través de la Iglesia, la cual mediante el sacramento o, al menos, el voto del
mismo, restablece un nuevo contacto personal entre el pecador y el
Redentor"97.
Conviene recordar aquí, en efecto, que Dios ha escogido como medio de
salvación la vía de la encarnación y que la reconciliación entra en el orden de
la salvación realizada por Cristo históricamente y comunicada a los hombres por
un proceso visible y sacramental. Este proceso se continúa en la Iglesia, que
es la nueva forma histórica, escarnatoria de la reconciliación y de la
salvación divina en el mundo
Dios, autor de la salvación, no ha dejado al arbitrio del hombre establecer
los caminos de redención. Por disposición divina, Cristo es el primero y único
mediador y tras Él y en Él la Iglesia. El hombre acepta esta doble mediación y
entra a formar parte de esa comunidad, donde está el Espíritu y toda la vida 98.
Por este Espíritu y mediante la Iglesia, Cristo glorioso se hace presente a
toda la comunidad de los fieles, y dentro de ésta, a cada persona en particular
y actúa eficazmente en la proclamación de la palabra de Dios, en la celebración
de los sacramentos y en el servicio de la caridad para todos.
El ministerio eclesial de la reconciliación: predicación,
sacramentos y testimonio de vida
47.Cristo ha confiado a todo el pueblo de Dios la misión de realizar
la reconciliación y la conversión y a los Apóstoles y a sus sucesores les ha confiado
el específico ministerio de la reconciliación ·junto con el poder de atar y
desatar, de perdonar y retener eficazmente los pecados. Por esto toda la
Iglesia como pueblo sacerdotal, actúa, aunque de diversas maneras, al ejercer
la tarea de reconciliación que le ha sido confiada por Dios"99.
Y, por esto mismo, la Iglesia debe proclamar sin cesar la misericordia de Dios,
invitar a la penitencia, suscitar y promover la conversión; con solicitud
maternal ha de interceder por los pecadores y ayudarles a reconocer y a
confesar sus pecados para obtener el perdón de Dios; y ha de otorgar, en nombre
de Cristo, la reconciliación, para que todos, teniéndola como
"madre", "puedan tener a Dios como Padre"100.
La Iglesia, comunidad reconciliada y reconciliadora, sin olvidar nunca que
en el origen de su don y de su misión está la iniciativa misericordiosa de Dios
para con todos los hombres, ejerce el ministerio de la reconciliación, recibido
de Cristo el Señor:
- anunciando proféticamente
la gozosa nueva de la reconciliación de Dios e indicando los caminos de la
reconciliación universal en Cristo;
- celebrando la penitencia en
la vida y en los sacramentos "fuentes de vida para la Iglesia y, en
sus manos, instrumentos de conversión a Dios y de reconciliación de los hombres;
y
- dando testimonio de una
vida reconciliada que representa en el mundo la obra de Cristo y
promoviendo la reconciliación en las distintas esferas de la vida personal
y social 101.
El Bautismo, sacramento primario y
fundamental de la reconciliación
48.La victoria de Cristo sobre el pecado, "la manifiesta la
Iglesia en primer lugar por medio del sacramento del Bautismo; en él nuestra
vieja condición es crucificada con Cristo, quedando destruida nuestra
personalidad de pecadores y, quedando nosotros libres de la esclavitud del
pecado, resucitamos con Cristo para vivir con Dios"102. Por
ello, confiesa la Iglesia su fe al proclamar en el símbolo: "reconocemos
un sólo bautismo para el perdón de los pecados". El Bautismo constituye el
signo eficaz de la incorporación a la Iglesia, comunidad reconciliada y
pacificada en Cristo, así como el don de la vida nueva. Es en él donde el
cristiano recibe "el don fundamental de la metanoia"103 de
la renovación radical de su vida por el don del Espíritu.
La adhesión bautismal a Cristo no preserva al cristiano de la infidelidad
que puede llegar a romper los vínculos que le unían al Señor. "Los
miembros de la Iglesia están sometidos a la tentación y con frecuencia caen
miserablemente en el pecado. Por eso, 'mientras Cristo, santo, inocente, sin
mancha'104 no conoció el pecado 105, sino que vino a
expiar únicamente los pecados del pueblo 106, la Iglesia acoge en su
propio seno a hombres pecadores, es al mismo tiempo santa y está siempre
necesitada de purificación, y busca sin cesar la penitencia y la
renovación"107.
Como dice el Concilio de Trento, "si todos los que han renacido
tuvieran tal agradecimiento a Dios que defendieran con perseverancia la
justicia recibida en el bautismo por un beneficio y gracia divina, no habría
sido necesaria la institución de otro sacramento distinto al Bautismo para la
remisión de los pecados". Pero como Dios, "que es rico en
misericordia"108 sabe bien de qué barro somos hechos 109
procuró también un remedio que dé la vida para quienes, después del Bautismo,
se hubieran entregado a la esclavitud del pecado y al poder del demonio. A
saber: el sacramento de la penitencia, por el que se aplica el beneficio de la
muerte de Cristo a los que han caído después del Bautismo 110. Por
su forma interna, este sacramento es un complemento del Bautismo y como tal ha
sido considerado en la historia de la institución penitencial sobre todo en los
primeros siglos, al llamarlo "segundo Bautismo", penitencia segunda 111,
"Bautismo laborioso"112, "segunda tabla de
salvación".
La Penitencia, sacramento para la
remisión de los pecados después del Bautismo
49.Nuestro Salvador Jesucristo instituyó en su Iglesia el sacramento
de la Penitencia al dar a los Apóstoles y a sus sucesores el poder de perdonar
los pecados; así los fieles que caen en el pecado después del Bautismo,
renovada la gracia se reconcilian con Dios 113. La Iglesia, en
efecto, posee el agua y las lágrimas del Bautismo y las lágrimas de la Penitencia
114. Por ese sacramento, Dios Padre misericordioso, que reconcilió
consigo al mundo por la muerte y resurrección de su Hijo y derramó el Espíritu
Santo para la remisión de los pecados, por el ministerio de la Iglesia, y por
su misericordia, perdona a los cristianos las ofensas hechas a Él y, al mismo
tiempo, éstos "se reconcilian con la Iglesia, a la que, pecando,
ofendieron"115.
La Iglesia, desde sus comienzos e ininterrumpidamente, ha visto siempre en
le sacramento de la Penitencia el signo eclesial del perdón de Dios instituido
por Jesucristo, la continuación de la presencia de Jesucristo que perdona, la
actualización de la acción poderosa del Señor, el lugar de la reconciliación
gozosa el hijo que ha sido infiel a su compromiso bautismal. En aquellas
palabras de la Pascua de Jesús resucitado -"Como el Padre me ha enviado,
así también os envío yo... Recibid el Espíritu Santo; a quienes les perdonéis
los pecados les quedan perdonados; a quienes se les retengáis les quedan
retenidos 116"- la Iglesia ha entendido siempre "con
unánime consentimiento que les fue comunicado a los Apóstoles y a sus legítimos
sucesores el poder de perdonar y retener los pecados, destinado a reconciliar a
los fieles caídos después del Bautismo 117 y significado
especialmente en este sacramento de la Penitencia"118.
Si bien la celebración de este sacramento ha revestido formas diversas a lo
largo de los siglos, a través de todas ellas han sido constantes unas
dimensiones que nos indican lo propio y específico de este sacramento. A través
de todas esas formas la Iglesia ha tenido la certeza sólida e inmutable de que
esa acción sacramental, por voluntad de Cristo, expresa y realiza la iniciativa
de Dios que, por medio del ministerio conferido a la Iglesia de su Señor,
ejercido por el sacerdote, restituye los pecadores ya bautizados a la comunión
con Él y con la comunidad de los fieles.
Naturaleza originaria y elementos
fundamentales de la penitencia
50."Lo específico, pues, de este sacramento" consiste en el
hecho de que la reconciliación con Dios del pecador se realiza en la
reconciliación con la Iglesia. Consiguientemente, el signo del sacramento de la
penitencia consiste en un doble elemento: de una parte, están los actos humanos
de la conversión (conversio), mediante el arrepentimiento que suscita el
amor (contritio), de la confesión exterior (confessio) y de la
reparación (satisfactio). Es la dimensión antropológica. De otra parte,
la comunidad eclesial, bajo la guía del Obispo y de los sacerdotes, ofrece en
nombre de Jesucristo el perdón de los pecados, establece la forma necesaria de
satisfacción, ora por el pecador y hace penitencia con él, para garantizarle la
plena comunión eclesial y el perdón de los pecados. Es la dimensión eclesial.
Es Dios quien reconcilia a través de la mediación eclesial. Esto es lo
fundamental que nunca puede ser oscurecido ni olvidado: Dios Padre que
reconcilió consigo al mundo por la muerte y resurrección de su Hijo y envió la
Espíritu Santo para la remisión de los pecados, por el ministerio de su
Iglesia, nos concede su perdón y su paz 119.
Conversión y mediación eclesial son dos dimensiones inseparables que
pertenecen a la estructura esencial del sacramento de la Penitencia.
Es necesario conciliar ambos datos. Ambos confluyen y determinan la estructura
esencial y originaria del sacramento de la Penitencia. Si bien toda la eficacia
de este sacramento radica en la mediación eclesial sacramental por la que se
absuelve al pecador -en lo que va incluido la conciencia del penitente-120
esta absolución no es eficaz si no se da la conversión interior.
En el sacramento de la Penitencia, la iniciativa de Dios, su misericordia y
su perdón, hecha presente eclesialmente para nosotros en el Cordero de Dios que
quita el pecado del mundo por el don del Espíritu 121, se ha de
articular con la cooperación del hombre, ya que Dios no trata al hombre como
objeto inerte, sino que respeta su libertad y exige de él que coopere
libremente a su gracia. Esta es la razón por la que no hay reconciliación sin
camino penitencial, es decir, sin una permanente actitud práctica de penitencia
que ha de desembocar en los actos del penitente -parte integrante del signo
sacramental-, los cuales no son sino la manifestación eclesial del esfuerzo de
conversión personal del pecador, conversión que adquiere una nueva dimensión al
ser como injertado en la muerte y resurrección de Cristo. Es necesario
insistir, por tanto, en la conjunción de la misericordia divina con el esfuerzo
del hombre como respuesta a la gracia, conectando después ese camino
penitencial con la recepción del sacramento, uniendo sacramento y vida,
evitando la presentación de la vida penitencial y del sacramento como si se
tratara de dos caminos paralelos.
Carácter personal y comunitario-eclesial
del sacramento de la penitencia
51.En este contexto, es preciso recordar también como elemento
fundamental el carácter personal de este sacramento, siempre reconocido
y puesto de relieve como constante en la evolución histórica del sacramento de
la Penitencia. Una experiencia tan profunda como la que acontece en ese
sacramento sólo puede darse donde la persona esté verdaderamente y realmente
comprometida. Sin duda la celebración de la penitencia es la realidad
sacramental más personal y personalizadora de la Liturgia de la Iglesia.
No podemos olvidar que la conversión es un acto interior de una especial
profundidad, en el que el hombre no puede ser sustituido por los otros, no
puede hacerse "reemplazar" por la comunidad. Aunque la comunidad
fraterna de los fieles, que participa en la celebración penitencial ayude mucho
al acto de conversión personal, sin embargo, en definitiva es necesario que en
este acto se pronuncie el individuo mismo con toda la profundidad de su
conciencia, con todo el sentido de su culpabilidad y de su confianza en Dios,
poniéndose ante Él, como el salmista, para confesar: "Contra Ti sólo he
pecado"122 y aceptando gozoso la palabra del sacerdote que le
dice: "yo te absuelvo de tus pecados"123.
Pero al mismo tiempo es innegable la dimensión social (comunitaria,
eclesial) de este sacramento, en el que es la Iglesia entera -la militante,
la purgante y la gloriosa del cielo- la que interviene para socorrer al
penitente y lo acoge de nuevo en regazo, tanto más que toda la Iglesia había
sido ofendida y herida por su pecado 124.
Por esto, aquella personalización no debe hacernos olvidar o pasar a un
segundo plano la dimensión eclesial del sacramento de la Penitencia, de la que
el sacerdote, ministro del sacramento en virtud de su ministerio aparece como
testigo y representante 125. Es necesario que este aspecto
comunitario penetre más profundamente en la conciencia de los fieles, y que se
recupere de nuevo el justo equilibrio entre estos dos aspectos del sacramento
de la penitencia: el personal y el eclesial-comunitario.
Signo de la justicia salvadora de Dios
52.El sacramento de la penitencia, "camino ordinario para el
cristiano para obtener el perdón y la remisión de los pecados graves cometidos
después del Bautismo"126, ha sido considerado siempre en la
Iglesia como signo de la justicia salvadora de Dios, es decir, como signo
eficaz del perdón de Dios.
Este sacramento constituye un momento fuerte del proceso de evangelización.
En sí mismo contiene el gozo y la alegría del anuncio evangélico dirigido a
cada persona en particular, en su situación concreta, y a la comunidad
necesitada de purificación: "a ti te perdono y te concedo la
reconciliación".
El sacramento de la Penitencia es además "según la concepción
tradicional más antigua, una especie de acto judicial; pero dicho acto
se desarrolla ante un tribunal de misericordia, más que de estrecha y rigurosa
justicia, de modo que no es comparable sino por analogía a los tribunales
humanos"127. Este carácter judicial, ha de ser entendido como
ejercicio de la potestad de absolver y retener los pecados en la comunidad
cristiana 128, que corresponde exclusivamente al sacerdocio
ministerial y está sometida a la naturaleza jerárquica de la Iglesia.
Pero la Iglesia ha tenido siempre en su conciencia, particularmente avivada
hoy, que la Reconciliación tiene además un carácter terapéutico o medicinal 129
para cada penitente personalmente y para la misma comunidad; porque el
sacramento de la Penitencia "es el lugar de la medicina"; no el
juicio de condena; no exige el castigo, sino que da el perdón de los pecados 130,
la curación de la debilidad y enfermedad del hombre pecador. "Gracias a la
medicina de la confesión la experiencia de pecado no degenera en
desesperación"131.
53.El sacramento de la Penitencia es camino que conduce al gozo y a
la paz, no a la angustia ni al desaliento. Puestos sinceramente ante la Palabra
de la verdad que penetra hasta las junturas del alma, sometidos con buena
disposición al juicio de Dios justo y santo al que nada se le oculta, como el
hijo de la parábola, los penitentes experimentan algo inaudito: la sentencia de
Dios no les condena, sino que les hace libres, les rehabilita y les sana. El
perdón de Dios, en respuesta a la confesión, abre en los corazones una fuente
de gozo profundo: nos crea un corazón nuevo, nos establece en la paz con Dios,
con nosotros mismos y con los demás y nos lleva a vivir con ellos la gratuidad
y la generosidad que el Señor ha usado con nosotros. El gozo y la paz vienen de
Dios. Él es quien tiene la iniciativa gratuita del perdón, quien reconcilia y
se muestra misericordioso precisamente porque toma en serio nuestra culpa,
acepta nuestra penitencia y perdona nuestro pecado. Así Dios, en el sacramento
de la Penitencia, manifiesta la riqueza de su gracia y nos abre a la esperanza.
Dios estará cerca de nosotros y nos liberará un día de manera definitiva. Cada
vez que nos sometemos plenamente al juicio de Dios podemos sentir la presencia
y el bálsamo de su Espíritu liberador. Y así el pecado mismo viene a ser, a
través de este camino de la misericordia experimentada en el sacramento, la vía
real de la gracia: la interminable procesión de los perdonados, humildes y
gozosos proclaman a lo largo de los siglos la "feliz culpa" que
cantamos la noche de Pascual.
54.Anuncio eficaz de reconciliación, juicio de piedad y medicina de
salud, el sacramento de la penitencia es sacramento de la alianza, sacramento
del encuentro del pecador con Dios y acontecimiento de salvación que tiene su
centro en Cristo y se realiza de manera visible en la Iglesia, como queda
patentizado en la fórmula de la absolución sacramental 132.
"Por medio del sacramento de la Penitencia, el Padre acoge al hijo que
retorna a Él, Cristo toma sobre sus hombros la oveja perdida y la conduce
nuevamente al redil y el Espíritu Santo vuelve a santificar su templo o habita
en él con mayor plenitud; todo ello se manifiesta al participar de nuevo, o con
más fervor que antes, en la mesa del Señor, con lo cual estalla un gran gozo en
el convite de la Iglesia de Dios, por la vuelta del hijo desde lejanas
tierras"133.
Dimensión trinitaria
55.Conviene aquí llamar la atención, aunque sea sólo de pasada, sobre
el planteamiento y la estructura trinitaria de la reconciliación que, dentro de
la más pura tradición eclesial, tan constante y vivamente se pone de relieve en
el nuevo Ritual tal y como queda destacado en la fórmula de la absolución
sacramental general 134.
La penitencia sacramental, acontecimiento
eclesial
56.El acontecimiento salvífico de la Penitencia sacramental es un
acontecimiento eclesial. Preterida durante largo tiempo en la conciencia de los
fieles, y sin embargo tan presente en la conciencia antigua, esta dimensión
eclesial-comunitaria ha sido recuperada en la renovada conciencia eclesial del
Vaticano II, y plasmada en el Nuevo Ritual que, con sus diversas fórmulas,
intenta también que se ponga de relieve el aspecto comunitario del Sacramento.
El Concilio cuando se refiere a este sacramento alude siempre a la
"reconciliación con Dios y con la Iglesia" como a su efecto
fundamental.
A la Iglesia le afecta también el pecado, la conversión y la reconciliación
de sus miembros, por eso tiene derecho y deber a intervenir en el proceso de
reconciliación; y esto lo hace por medio de sus ministros y como comunidad
universal y local 135.
La penitencia es, al mismo tiempo, reconciliación con Dios y con la Iglesia:
al recibir el perdón de Dios, el penitente se reconcilia a la vez con la
Iglesia que había sido ofendida por su pecado 136. Reconciliarse con
la Iglesia quiere decir reconciliarse con Dios. No hay reconciliación con Dios
sino a través de la reconciliación con la Iglesia.
La Iglesia ejerce esta función mediadora en virtud de su mediación sacerdotal.
En el momento de la reconciliación la Iglesia ejercita el sacerdocio común y el
jerárquico, mediante una palabra eficaz de perdón sobre el esfuerzo penitente
del cristiano pecador, eclesialmente manifestado: Los actos del penitente deben
verse como el ejercicio del sacerdocio bautismal que se articula con el
sacerdocio ministerial (absolución). La palabra eficaz de perdón la pronuncia
el sacerdote ordenado, pero en unión con la plegaria de toda la comunidad
eclesial.
El penitente concelebrante en el
sacramento de la penitencia
57.Tan activa e importante es la parte del penitente en el sacramento
de la Penitencia que el nuevo Ritual lo considera concelebrante, juntamente con
el sacerdote y con toda la Iglesia: "el fiel que experimenta y proclama la
misericordia de Dios en su vida, celebra junto con el sacramento la liturgia de
la Iglesia que se renueva continuamente"137. La
"materia" de este sacramento es el propio penitente, sujeto oferente
y ofrecido en actitud de contrición y satisfacción.
Los actos del penitente y la absolución
sacramental
58.Los "actos del penitente, de diversa importancia, pero
indispensables cada uno para la validez e integridad del signo, o para que éste
sea fructuoso" juntamente con la absolución sacramental del sacerdote, son
las realidades o partes que componen el signo sacramental del perdón y de la
reconciliación 138.
a) Tenemos en primer lugar la toma de conciencia del "yo pecador"
mediante el examen de conciencia, acto por el que el penitente, con confianza
filial, iluminado por la luz de Dios y de su Palabra, alcanza un conocimiento
real de su pecado, y escuchando la voz del Señor que le llama en el fondo de su
conciencia y recordando con paz y confianza la misericordia de Dios, pide y se
dispone a recibir el perdón del Padre que le habla y le llama.
b) Sigue después el dolor de los pecados, la contricción o
arrepentimiento de haber pecado, junto con el propósito de la enmienda, sin los
cuales no hay perdón posible. El arrepentimiento cristiano es un dolerse
sinceramente de haber ofendido al Padre junto con la firme decisión de rechazar
el pecado y la voluntad de comenzar a vivir de un modo nuevo reparando los
daños ocasionados con el auxilio de la gracia.
Este arrepentimiento es fundamental para retomar el verdadero sentido y la
necesidad de la confesión en el sacramento de la Penitencia, ya que ésta es la
expresión normal del íntimo arrepentimiento del pecador que se reconoce como
tal y pide perdón.
c) En tercer lugar la confesión, la acusación sincera de los propios
pecados ante el ministro de Jesucristo para recibir el perdón de Dios, que
"nace del verdadero conocimiento de sí mismo ante Dios y de la contricción
de los propios pecados"139. Se trata de una manifestación de
nuestra concreta situación pecadora personal, una acusación íntegra -dolorida y
esperanzada- de los pecados mortales de los que se tenga conciencia, tras el
debido examen, hecha a través del ministro, a Dios que nos reconcilia en Cristo
por la moción del Espíritu. De esta manera la confesión penitencial es también
de manera principal, confesión de fe, proclamación de la fe del pecador en Dios
Salvador, perdón de todos los pecados. Así el sacramento es proclamación ante
el mundo de quien es nuestro Dios y glorificación de Dios en su veracidad y en
su santidad. Por eso es confesión de alabanza, aclamación de alegría ante Dios,
la vuelta en acción de gracia por la salvación que nos otorga.
d) La verdadera conversión se realiza con la satisfacción por los
pecados, el cambio de vida y reparación de los daños 140. Esta
satisfacción es el signo del compromiso personal que el cristiano ha asumido
ante Dios de comenzar una existencia nueva. No podemos minimizar la importancia
que corresponde a esta satisfacción en el proceso sacramental "como
sacrificio aceptado y practicado para la conversión del pecado", como
establecimiento del equilibrio y la armonía rotos por el pecado, como cambio de
dirección a costa de sacrificio 141.
e) Finalmente, el sacramento tiene su momento culminante en la absolución:
"Al pecador que manifiesta su conversión al ministro de la Iglesia en la
confesión sacramental, Dios le concede su perdón por medio del signo de la
absolución y así el sacramento alcanza su plenitud"142. Las
palabras de la fórmula sacramental que pronuncia el sacerdote y el gesto de la
imposición de la mano y la señal de la cruz expresan con toda intensidad y
sencillez la acción reconciliadora de Dios y la gratuidad de su perdón recibido
en la Iglesia.
La fórmula de la absolución significa cómo la reconciliación del penitente
tiene un origen en la misericordia de Dios Padre; muestra el nexo entre la
reconciliación del pecador y el Misterio Pascual de Cristo; subraya la
intervención del Espíritu Santo en el perdón de los pecados y, por último, ilumina
el aspecto eclesial del sacramento, ya que la reconciliación con Dios se pide y
otorga por el ministerio de la Iglesia 143. El mismo gesto de
extender la mano es "signo de bendición, de acogida, de reconciliación, de
donación del Espíritu"144.
En el signo de la absolución impartida por el sacerdote se expresa que el
sacramento celebra, ante todo, el perdón de Dios, la reconciliación con Dios
del hombre que confiesa su pecado en la Iglesia.
La absolución sacramental es anuncio que hace presente de manera eficaz el
amor de Dios a los hombres, concretado en este caso, a cada persona en su
propia e intransferible situación. La absolución expresa el momento culminante
del "encuentro del hombre más personal con Cristo" que dice, por
medio del ministro del sacramento de la reconciliación "tus pecados te son
perdonados"145; "vete y no peques más"146.
Así se cumple también el derecho de Cristo mismo hacia cada hombre redimido por
Él. Es el derecho a encontrarse con cada uno de nosotros en aquel momento clave
de la conversión y del perdón 147.
El ministerio del sacramento de la
penitencia
59.El ministerio de esta obra redentora de Cristo en el Sacramento de
la reconciliación la Iglesia es ejercido por los Obispos y presbíteros, siervos
y administradores del sacramento de la reconciliación, cuya función expresa que
la salvación viene de Dios. Como el altar donde celebra la Eucaristía y como en
cada uno de los sacramentos, el sacerdote, ministro de la penitencia, actúa
"in persona Christi". Cristo, a quien él hace presente y por su medio
realiza el misterio de la remisión de los pecados, el que aparece como hermano
del hombre 148, pontífice misericordioso, fiel y compasivo 149,
pastor decidido a buscar la oveja perdida 150, médico que cura y
conforta 151, maestro único que enseña la verdad e indica los
caminos de Dios 152, juez de los vivos y de los muertos 153,
que juzga según la verdad y no según las apariencias 154.
La Palabra de Dios en el sacramento de
la Penitencia
60.La iniciativa y gratuidad de la misericordia de Dios en el
Sacramento de la Penitencia, como en todo sacramento, queda asimismo
patentizada en el lugar central y primordial que la Palabra de Dios ocupa en la
celebración, tal y como venturosamente ha puesto de relieve el Nuevo Ritual en
cualquiera de las formas previstas de celebración. Esta importancia dada a la
Palabra abre el sacramento y su celebración a nuevas perspectivas de gran
alcance pastoral que habrán de ser tenidas muy en cuenta.
Penitencia y Eucaristía
61.El sacramento de la Penitencia no es una acción aislada y aislable
en el conjunto de la economía sacramental de la Iglesia. Guarda una íntima
relación con el resto de los sacramentos, particularmente con la Eucaristía.
La Eucaristía es fuente y culmen de toda la vida de la Iglesia, el eje en
torno al cual se edifica la comunidad eclesial, el punto de referencia de todos
los sacramentos, el corazón de su liturgia y, por tanto, de la obra
reconciliadora de la Iglesia. En ella Cristo "perpetúa por los siglos,
hasta su vuelta, el sacrificio de la cruz" y ha confiado a su Iglesia
"el memorial de su muerte y resurrección: sacramento de piedad, signo de
unidad, vínculo de caridad, banquete pascual en el cual se come a Cristo, el
alma se llena de gracia y se nos da una prenda de gloria venidera"155.
Supuesto esto es necesario decir una palabra de clarificación sobre la
relación entre Eucaristía y Penitencia. Hay un camino que va de la Eucaristía a
la Penitencia y otro que va de la Penitencia a la Eucaristía; un camino
permanente de conversión que lleva a la Eucaristía y un camino que parte de
ella para una vida renovada de reconciliación fraterna.
El primero nos muestra que el misterio celebrado en la Eucaristía es fuente
también de aquella reconciliación que se anuncia y realiza en el sacramento de
la Penitencia; y así se relaciona con la Eucaristía como con su fundamento.
El segundo nos indica que cuantos confiesan sus pecados delante de Dios y de
la Iglesia se disponen a recibir cumplidamente este sacrificio de alabanza y de
acción de gracias con la participación digna en el banquete eucarístico: son
reintegrados por la Penitencia a la plena comunión eclesial, a la comunidad
eucarística que comporta al mismo tiempo e inseparablemente la reconciliación con
Dios.
A la luz de esto conviene hacerse eco aquí de algunas preguntas planteadas
en el terreno pastoral: ¿No basta el sacramento de la Eucaristía para el perdón
de todos los pecados? ¿Es necesaria la confesión anterior a la participación
eucarística cuando se está en pecado mortal y hay confesor apropiado? ¿Hay que
proponer a los fieles su previa conversión para participar con fruto en la
Eucaristía o bastaría la participación sincera en ella para alcanzar la
reconciliación?
La Eucaristía exige la conversión previa de aquellos que participan en ella;
para acercarse al banquete eucarístico se requiere una conciencia libre de
pecado moral. La Iglesia, en aplicación del precepto apostólico de la primera
carta a los Corintios 156, separa de la plena participación
eucarística a quienes han caído en pecado grave hasta que vuelvan a la comunión
por la penitencia y la absolución sacramental. La Iglesia enseña al mismo
tiempo, que la perfecta contricción justifica plenamente antes de recibir la
absolución sacramental, aunque no sin relación con ésta. Por esto, cuando los
cristianos en pecado grave tienen urgencia de comulgar y no tienen oportunidad
de confesarse previamente, pueden acercarse a la comunión previo el acto de
contrición perfecta y con la obligación de confesar los pecados graves en la
próxima confesión. (No es suficiente el arrepentimiento de los pecados cuando
se desprecia el sacramento de la penitencia).
La Eucaristía es "remedio que nos libera de las culpas cotidianas y nos
preserva de los pecados mortales"; es "en verdad sacrificio
propiciatorio, como recuerda el Concilio de Trento, y, en cuanto actualización
y aplicación de los frutos del sacrificio de la cruz, como queda dicho, posee
una eficacia infinita de purificación y de perdón". Si con corazón
arrepentido y con una fe recta, con temor y reverencia nos acercamos a Dios
contritos y arrepentidos, por su medio "podemos obtener misericordia y
encontrar la gracia y ser ayudados en el momento oportuno"157.
Pero entonces el pecado es perdonado por la perfecta contrición que incluye el
propósito de la Penitencia sacramental y, por ello, la mediación de la Iglesia,
necesaria, por voluntad de Cristo, para conseguir cualquier gracia. De ahí la
obligación de confesar después los pecados mortales 158.
Por esta interconexión entre Eucaristía y Penitencia, "en la Iglesia
que, sobre todo en nuestro tiempo se reúne especialmente en torno a la
Eucaristía y desea que la auténtica comunidad eucarística sea signo de la
unidad de todos los cristianos, unidad que debe ir madurando gradualmente, debe
estar viva la necesidad de la penitencia, tanto en su aspecto sacramental como
en el que concierne a la penitencia como virtud"159.
Formas de celebración de la Penitencia
62.La única Penitencia sacramental se ha realizado a lo largo de los
siglos en formas diversas. En la actualidad, atendiendo a las nuevas
situaciones, la Iglesia, en consecuencia, ha establecido tres formas o ritos de
celebración que, salvando siempre sus elementos esenciales, permiten adaptar la
celebración sacramental de la Penitencia a determinadas circunstancias
pastorales, a saber: rito para la reconciliación de un sólo penitente, rito
para la reconciliación de más de un penitente con confesión y absolución
individual y rito para la reconciliación de más de un penitente con confesión y
absolución general. Los dos primeros constituyen la forma ordinaria de
celebración de la penitencia y el tercero constituye la forma extraordinaria,
esto es, en determinadas situaciones y condiciones precisas determinadas por la
autoridad eclesial competente a quien corresponde regular la disciplina
penitencial, en virtud del poder de atar y desatar conferida por Cristo a los
Apóstoles y sus sucesores. Estas distintas formas, de alguna manera
complementarias entre sí, mantienen una unidad estructural del proceso
penitencial en su conjunto, dinámico y coherente.
La primera forma ordinaria permite la valoración de los aspectos más
propiamente personales -y esenciales- que están comprendidos en el itinerario
penitencial y mantiene elementos básicos de la celebración comunitaria. El
diálogo entre penitente y confesor, el conjunto mismo de los elementos
utilizados (los textos bíblicos, la elección de la forma de
"satisfacción", etc.), son elementos que hacen la celebración
sacramental más adecuada a la situación concreta. Se descubre el valor de tales
elementos cuando se piensa en las diversas razones que llevan al cristiano a la
penitencia sacramental: una necesidad de reconciliación personal y de
readmisión a la amistad con Dios, obteniendo la gracia perdida a causa del
pecado; una necesidad de verificación del camino espiritual y, a veces, de un
discernimiento vocacional más preciso"160.
La segunda forma, también ordinaria, armoniza el elemento comunitario con el
personal de la penitencia, asegurando siempre el contacto directo con el
sacerdote; en ella, no obstante, se destaca la naturaleza eclesial de la
penitencia: al escuchar juntos la palabra de Dios los penitentes se siente
movidos a proclamar la grandeza de la misericordia divina. Juntos, examinada su
vida a la luz de la palabra de Dios y, unidos, se ayudan con la oración de unos
para otros. Después de haber recibido la absolución individualmente, todos a la
vez agradecen a Dios su perdón y las maravillas que ha realizado en favor de su
pueblo por la sangre de su Hijo y el envío del Espíritu de santidad 161.
También esta forma, si es justamente celebrada, pone de manifiesto los valores
de la auténtica conversión personal a Dios y evoca la actualidad de Jesús que,
como Buen Pastor y médico de las almas, llama a cada uno por su nombre y le
atiende en su necesidad. Todo ello, además de resaltar la importancia
fundamental y el lugar principal de la Palabra de Dios en el proceso de
conversión y en la obra de la reconciliación.
La tercera forma reviste un carácter extraordinario y excepcional, es decir,
su utilización sólo es legítima cuando una imposibilidad física o moral excuse
de la confesión individual íntegra 162. Está regulada por la
disciplina de la Iglesia 163 y no queda al arbitrio de la libre
elección de los sacerdotes o de las comunidades. Quienes reciben la absolución
en esta tercera forma y son así reconciliados con Dios y con la Iglesia deben
confesar individualmente sus pecados graves ante un sacerdote lo antes posible
y antes de acercarse de nuevo a otra absolución general, a no ser que una justa
causa lo impida. En todo caso están obligados a acudir al confesor dentro del
año, a no ser que los obstaculice una imposibilidad mortal 164.
¿Por qué confesar los pecados tras la absolución general?
63.Si la absolución general perdona los pecados graves, se preguntan
algunos: ¿qué razón tiene la subsiguiente obligación de confesar esos mismos
pecados? Varias son las razones que justifican esta disciplina. Si bien es
verdad que el confesor es juez, no lo es menos que ha de ejercer sobre el
penitente, según la tradición antiquísima de la Iglesia, el papel de médico. Es
esta función medicinal la que ha de ser completada o ejercitada por primera vez
en la confesión detallada.
Para que haya sacramento pleno se requiere la mediación eclesial que
discierne y juzga sobre la situación de pecado, de modo que pueda la Iglesia
reconciliar y absolver al penitente. El sacramento de la penitencia requiere,
como vimos antes, la confesión personalizada del pecado y el discernimiento de
la Iglesia concretamente sobre esa confesión personalizada. Y es claro que ello
no se da con la absolución sacramental general.
Por otra parte la mera conversión puramente interior no es suficiente. El
perdón ha de venir del exterior, de un verdadero poder de perdonar y borrar el
pecado.
La íntima relación entre los diversos actos o partes que forman el
sacramento exige la posición de todos y cada uno de ellos: actos del penitente
(contrición, confesión, satisfacción), acción de la Iglesia (el juicio) y de
Dios en la absolución. Estos elementos corresponden a las relaciones existentes
en el mismo sacramento para que la persona, la comunión con la Iglesia y Dios
se reencuentren en el sacramento. En esta cadena de actos hay una sucesión
lógica, de tal manera que los actos del hombre atraídos por la gracia de Dios
deben preceder al acto divino final: "Los penitentes están debidamente
dispuestos cuando cada uno se arrepiente sinceramente de las propias faltas
graves, propone reparar los escándalos y daños eventualmente causados por él y
está decidido también a confesar en su debido momento todos los pecados graves
que ahora no pueden confesar"165. Faltando semejante
disposición que necesariamente ha de incluir el propósito (votum) de la
confesión íntegra, no existe verdadera conversión y, por tanto, no se celebra
válidamente el sacramento de la Penitencia. El propósito de confesar, en otro
momento, los pecados mortales, es exigido para que el signo sacramental llegue
a su plenitud.
Estas exigencias brotan del mismo conjunto de actos que integran el
sacramento, para lograr la conversión, la reconciliación y la enmienda del
pecador. Lo que, por circunstancias concretas independientes de la voluntad del
hombre, no es posible, el penitente de hacerlo después, para conseguir los
plenos efectos del sacramento por el bien propio y de toda la comunidad, como
ya se lo había propuesto al acercarse a la celebración del sacramento de la
Penitencia con la absolución general.
¿Por qué la confesión de los pecados?
64.Pero esto nos plantea una pregunta previa: ¿Por qué la confesión
personal íntegra es un elemento esencial de este sacramento? ¿Por qué la confesión
de los pecados? ¿Por qué confesarse ante un hombre? ¿Por qué no podemos obtener
el perdón de los pecados directamente de Dios sin acercarnos al sacramento de
la Penitencia o sin declarar en él nuestro pecados? Preguntas todas ellas que
recogen algunas de las inquietudes que se plantean, principalmente respecto de
la disciplina penitencia.
Según el Ordo Poenitentiae la íntima conversión del corazón se
exterioriza por la confesión hecha a la Iglesia 166. La relación
conversión-confesión es de capital importancia para la comprensión del
Sacramento de la Reconciliación en su estructura fundamental. El rechazo tan
extendido hoy día entre los católicos a la declaración de los pecados ante el
ministro autorizado de la Reconciliación, tiene sus raíces profundas en el
desconocimiento de esta relación. Cierta pastoral y catequesis, que
machaconamente ha insistido en la declaración tridentina de la integridad de la
confesión ha podido dar a entender, que la única relación entre conversión y
confesión está en una disposición eclesial. A lo sumo se repite, que por
voluntad de Cristo es necesaria la declaración de los pecados ante el confesor.
Pocas veces se adentran en los motivos internos de esa disposición. Veamos
algunas razones que apoyan la confesión individual íntegra.
a) Para que la conversión sea verdaderamente humana y plenamente eclesial es
necesario que la conversión se manifieste externamente. Y esta manifestación
externa, en un signo eclesial, de la conversión interna es un elemento esencial
integrante del sacramento. La Iglesia tiene, además, el derecho y el deber de
determinar aquellas formas externas a las que reconoce pleno valor sacramental.
Por otra parte, para poder desplegar el discernimiento y curación medicinal,
propios de este sacramento, que permita el "atar y desatar",
-"retener y perdonar"- para la salvación-sanación del pecador es
necesario que haya un reconocimiento personalizado por parte del propio
penitente de su pecado, de lo que le constituye real y subjetivamente en estado
de pecado moral; y, al mismo tiempo, es necesario que haya, por parte de la
Iglesia, del ministro, un conocimiento de ese pecado, reconocido y declarado
como tal por el penitente. Tanto, pues, la naturaleza de la conversión como el
ejercicio del "atar y desatar", reclaman la confesión individual
íntegra de los pecados mortales de modo que esto sea posible y como lo
determine la Iglesia, a quien compete la regulación de la disciplina
penitencia.
b) Al hablar de la mediación eclesial se ha puesto de relieve el carácter
sacramental de la salvación. Por él lo visible se incorpora al proceso interno
de santificación, según la peculiaridad de cada sacramento. La Penitencia es un
sacramento de reconciliación. Como indica la misma palabra su esencia es
recomponer una amistad rota. La reconciliación requiere un diálogo, una
intercomunicación personal, como acontece necesariamente en todas las
reconciliaciones. Parece incuestionable que la reconciliación que perdona los
pecados conlleva una confesión de los pecados ante Dios. Pero ¿por qué ante un
hombre?
De nuevo hay que recordar el papel mediador de la Iglesia como sacramento
universal de salvación. El pecado es no sólo ofensa y separación de Dios, sino
también ofensa y separación de la Iglesia. Esta verdad de fe es la columna
vertebral del Sacramento de la Reconciliación desde el principio de la Iglesia.
Al pecar, el cristiano se separa vitalmente de la Iglesia, cuerpo de Cristo, al
mismo tiempo que lo hiere con su conducta. El pecador es un miembro muerto, que
tiene que ser revitalizado. Para ello tiene que pertenecer vitalmente a la
comunidad eclesial, que para él es el único medio de salvación, conforme a la
opción fundamental de su vida hecha en el bautismo y en la cual permanece. Aquí
surge la necesidad del diálogo reconciliador entre el pecador y la Iglesia. Es
él quien se acerca a la Iglesia y le expresa su petición concreta de perdón;
petición que ha de ser explicitada en su contenido para que la Iglesia sepa qué
haya de perdonar. Por eso, la Iglesia, como en diálogo, pide, a su vez, al
penitente que le declare de qué y para qué demanda su perdón. Y ahí es donde se
da el diálogo reconciliador entre penitente e Iglesia que está en la entraña
misma del sacramento de la reconciliación.
Este diálogo reconciliador nace de las mismas leyes psicológicas, que
regulan las reconciliaciones humanas. Para perdonar es necesario reconocer la
magnitud de la ofensa. El encubrimiento o desconocimiento hace que la herida
cicatrice en falso. Sólo se considera de verdad perdonado, quien tiene la
seguridad de que su ofensa fue conocida y valorada por el que perdona.
Se sigue de aquí que el diálogo requiere una actitud de absoluta sinceridad
en el pecador y de acogida confiada en el sacerdote como representante de Dios
y de su Iglesia.
c) Hay que añadir otro aspecto a lo anterior. Ya desde los primeros siglos
consideró la Iglesia, que su papel en la reconciliación sacramental no quedaba
reducido a pronunciar la palabra de perdón. Porque el pecado es una enfermedad,
que perdura en el hombre, es necesario ejercer una función terapéutica.
Aconsejar, corregir, exhortar, orientar, instruir e imponer una penitencia
verdaderamente medicinal requiere esa abertura plena del corazón, para que la
terapia espiritual, propia del sacramento, pueda ser administrada con acierto.
De aquí la insistencia patrística en comparar al sacerdote con el médico y
pedir en consecuencia la valentía de mostrar las heridas, para ser curadas,
venciendo toda vergüenza y repugnancia.
Resumiendo con Juan Pablo II: "Acusar los pecados propios es exigido
ante todo por la necesidad de que el pecador sea conocido por aquel que en el
sacramento ejerce el papel de juez -el cual debe valorar tanto la
gravedad de los pecados, como el arrepentimiento del penitente- y a la vez hace
el papel de médico, que debe conocer el estado del enfermo para ayudarlo
y curarlo. Pero la confesión individual tiene también el papel del signo;
signo del encuentro del pecador con la mediación eclesial en la persona del
ministro; signo del propio reconocerse ante Dios y ante la Iglesia como
pecador, del comprenderse a sí mismo ante la mirada de Dios... Es el gesto del
hijo pródigo que vuelve al Padre y es acogido por él con el beso de la paz;
gesto de lealtad y de valentía; gesto de entrega de sí mismo, por encima del
pecado, a la misericordia que perdona. Se comprende entonces por qué la acusación
de los pecados debe ser ordinariamente individual y no colectiva, ya que el
pecado es un hecho profundamente personal. Pero, al mismo tiempo, esta
acusación arranca en cierto modo del secreto del corazón y, por tanto, del
ámbito de la pura individualidad, poniendo de relieve también su carácter
social, porque mediante el ministro de la Penitencia es la comunidad eclesial,
dañada por el pecado, la que acoge de nuevo al pecador arrepentido y
perdonado"167.
V. ALGUNAS ORIENTACIONES PASTORALES
Consideraciones generales
65.Conscientes de la necesidad y de la urgencia de la práctica
penitencial en la Iglesia, particularmente por el sacramento de la
reconciliación, para la renovación y revitalización de nuestras comunidades
eclesiales en todos sus miembros y, consiguientemente, para una presencia
reconciliadora y renovadora de los cristianos en la sociedad actual, ofrecemos
a continuación algunas orientaciones pastorales. No se nos ocultan las grandes
dificultades con que nos encontramos en este terreno y la inmensidad de la
tarea que tenemos delante. Pero ni las dificultades, ni las densidad de la
empresa debe arredrarnos a buscar caminos, unos nuevos y otros trillados pero
despejados, que nos posibiliten caminar hacia la renovación que pretendemos.
Caben muchas iniciativas pastorales y no querríamos cortar ninguna de ellas
si conducen a la meta deseada en fidelidad a las exigencias propias de la
conversión y de la reconciliación que se expresan eficazmente en el sacramento.
Las orientaciones pastorales siguientes, que algunos podrán considerar
demasiado generales, no pretenden más que señalar algunas opciones y acciones
principales que deberán ser enriquecidas, completadas y concretadas en diversas
iglesias locales y, siguiendo los criterios de las iglesias locales, en las
diversas comunidades. Es necesario ver estas orientaciones, por tanto, como una
invitación a la conjunción de líneas y esfuerzos comunes y a la creatividad de
su concreción.
Si queremos llevar a cabo la tan necesaria renovación y revitalización de la
práctica penitencial será necesario tener presentes el Ritual de la Penitencia,
con sus ricas y sugerentes directrices, las reflexiones y trabajos sinodales
del Sínodo de los Obispos sobre la Penitencia, la Exhortación Apostólica
"Reconciliato et Poenitentia" de Juan Pablo II y las
"Orientaciones doctrinales y pastorales sobre el Ritual de la
Penitencia" de la Conferencia Episcopal Española (24, XI, 1978). Todos
estos documentos contienen orientaciones suficientes y de gran calado para el
objetivo que pretendemos. Deberán ser leídos y conocidos de nuevos, estudiados
y meditados, asimilados y puestos en práctica. Para ello sugerimos que en
reuniones de los arciprestazgos, en cursos de formación permanente y por otros
medios, sean estudiados y se vean los modos de hacerlos llegar al pueblo fiel
por una catequesis y una práctica renovada.
Situar la pastoral de la penitencia
dentro de la pastoral de la fe
66."La conexión entre la fe y el perdón de los pecados es una de
las afirmaciones básicas del Nuevo Testamento y una vivencia constante de la
Iglesia...". El proceso de conversión es siempre, básicamente, un
despertar de la fe y del amor hacia el Padre... que siempre nos espera y nos
busca para perdonarnos en Jesucristo... De ahí que toda la pastoral de la
penitencia tenga que estar apoyada por una predicación de la "palabra de
la fe"168, previa a la misma catequesis del sacramento. Así se
renueva y reproduce, a nivel de bautizado, el proceso catecumenal de iniciación
a la lucha cristiana 169. La casi totalidad de los cristianos no ha
tenido la experiencia catecumenal previa al Bautismo. Esto hace más urgente la
predicación de la fe para llamar a la conversión, para promover el compromiso
responsable en el interior de la comunidad eclesial, para urgir el testimonio
misionero en el mundo 170.
Con estas palabras, los Obispos, ya en la pasada década, expresábamos
nuestro convencimiento de que una "pastoral de la penitencia" hay que
situarla en el marco más amplio de la "pastoral de la fe": de la
evangelización y de la catequesis. Por ello, cuanto venimos impulsando en estos
últimos años, como "servicio a la fe" hará recuperar, no de inmediato,
pero sí vigorosamente la vivencia y el anuncio de la penitencia y de la
reconciliación en nuestra Iglesia y en favor de nuestro mundo. Por eso
encarecemos a pastores especialmente, sin excluir a los fieles, que tengan muy
en cuenta en sus respectivas comunidades y para su pastoral las reflexiones y
orientaciones que los Obispos hemos ofrecido en documentos como: "La
visita del Papa y el servicio a la fe de nuestro pueblo", "Testigos
del Dios vivo", "Los católicos en la
vida pública", "Anunciar a Jesucristo con obras y palabras",
"Catequesis de la comunidad".
En ellos encontrarán una llamada a impulsar la evangelización de la Iglesia
sin la que no cabe la penitencia. Una Iglesia reconciliada y reconciliadora
reclama una Iglesia evangelizada y evangelizadora. De todos es conocida la
relación entre evangelización y conversión-fe; relación tanto entre la
conversión inicial que culmina en el Bautismo para la vida nueva, como entre la
constante evangelización de los bautizados a través de una catequesis adecuada
y la profundización y maduración de su conversión bautismal. Por ello no es
extraño, tanto si falla esa evangelización como si falla la catequesis, que
fallen también los aspectos de reconciliación y penitencia en la vida de las
comunidades, y de los cristianos. Y al contrario. Por eso, impulsar una
pastoral viva y fuertemente evangelizadora es tarea primera y urgente en toda
la renovación penitencial.
En este sentido, avivar las raíces de la vida cristiana, fortalecer la
experiencia religiosa y teologal de nuestras comunidades, intensificar la vida
espiritual, la oración, etc., son condiciones fundamentales para descubrir el
don de Dios que sale al encuentro de nosotros, esclavizados por el pecado. Sin
la experiencia teologal no hay sentido de pecado, ni urgencia de conversión, ni
necesidad de reconciliación.
La pastoral de la Penitencia inseparable
de la del Bautismo
67.Muy relacionado con ello está toda la revitalización de la
iniciación cristiana en nuestras comunidades, con la consiguiente revisión de
lo que a veces se está haciendo. El Sínodo insistió, y nosotros también hemos
insistido más arriba, en la urgencia de promover una verdadera y decidida
pastoral bautismal: dar al Bautismo toda la importancia que tiene en la vida de
la Iglesia. Revisar la práctica pastoral de la celebración bautismal, insistir
en la catequesis bautismal, recuperar el sentido bautismal de la existencia
cristiana en todas las facetas de la vida eclesial y personal es algo que
parece imprescindible. Situar, como hicimos antes, la Penitencia de los
bautizados y su celebración sacramental en relación con le Bautismo es algo que
no está dentro de la conciencia de muchos, y sin embargo, es necesario. Y dado
que "la casi totalidad de los cristianos no ha tenido la experiencia
catecumenal previa al Bautismo"171, habrá que recuperarse el
catecumenado como una institución normal y común dentro de la Iglesia o
impulsar una "catequesis de inspiración catecumenal" como dice un
importante documento de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis 172
Una pastoral de la reconciliación es inseparable de una recta pastoral del
Bautismo; para ambas es de todo punto imprescindible una adecuada catequesis
básica que conduzcan a la identidad cristiana y eclesial, a la realización del
comunidad eclesial reconciliada y reconciliadora. Ciertamente el problema
pastoral de la penitencia encontrará solución en una clarificación y
vigorización de los ejes fundamentales de la existencia cristiana que tiene una
raíz y un sentido bautismal.
La catequesis para la renovación de la
Penitencia
68.Entre los principales medios para una renovación pastoral de la
penitencia y de la reconciliación la Iglesia cuenta con la catequesis. Habrá
que potenciar y desplegar un amplio y generoso esfuerzo catequético sobre la
reconciliación y la penitencia que alcance gradualmente a toda la comunidad
cristiana: a los niños, a los jóvenes y a los adultos, a las familias, grupos ,
asociaciones y movimientos. Habrá que interesar en ello, junto con los
sacerdotes, a los catequistas y a cuantos están llamados a desempeñar una
acción educativa.
Esta catequesis comporta aspectos múltiples y variados, a los que se ha
referido Juan Pablo II en su exhortación apostólica sobre la reconciliación y
la penitencia de manera viva y sugerente 173. Nos remitimos, en este
punto a las enseñanzas del Papa y queremos destacar algunos puntos de esta
catequesis.
Una buena y adecuada catequesis no puede olvidar que en el centro del
mensaje cristiano y de la vida de la Iglesia se encuentra la reconciliación.
Esta catequesis habrá de asumir la riqueza que la realidad de la
"reconciliación" entraña en la fe cristiana conforme a los datos que
hemos expuesto a lo largo de este documento. La catequesis "integrará en
síntesis también los elementos de la psicología, de la sociología y de las
otras ciencias humanas que pueden servir para aclarar situaciones, plantear
bien los problemas, persuadir a los creyentes a tomar soluciones
concretas"174.
Es preciso subrayar la necesidad de una catequesis que conduzcan a la
asumpción del propio Bautismo, a vivirlo, a descubrirlo en lo que implica de
conversión y de ruptura con la existencia mundana, de creación de una comunidad
nueva donde el hombre esté verdaderamente reconciliado, de creación de una
comunidad humana que visibilice esa reconciliación.
Se precisa una catequesis que insista y destaque la iniciativa y el don de
Dios, su juicio y su misericordia, para vivir desde la convicción de que
estamos siendo perdonados y justificados gratuitamente por Dios, condición
indispensable para restablecer la verdad del hombre y conseguir el verdadero
talante ante Dios y ante los demás. Inspirándose en la fórmula de la
absolución, esta catequesis habrá de mostrar que la reconciliación entre Dios y
los hombres es una acción realizada en el marco de la historia de la salvación
del amor de Dios, irrevocablemente dado en su Hijo por su Espíritu; que Cristo,
en su misterio pascual, es ese centro y lugar irrevocable de la reconciliación;
que esta reconciliación se actualiza en y por la Iglesia en cada celebración y
mediante una acción institucional, que se concreta en el ministerio del
sacramento.
Es necesaria, asimismo, una catequesis viva, atrayente, clara y con
convicción, sobre las realidades últimas, sobre la realización escatológica del
Reino de Dios y la realización deficitaria del hombre, sobre la resurrección y
el Dios que nos resucita de entre los muertos. La confrontación con esas
realidades podrá devolver al sacramento de la penitencia su vigor y seriedad.
En este sentido la catequesis ha de abordar con toda claridad la enseñanza de
la Iglesia respecto a la salvación o no salvación definitiva y última tras la
muerte y su conexión con la actual situación de pecado.
Se requiere, igualmente, una catequesis sobre la penitencia como conversión,
como arrepentimiento y como restablecimiento de la armonía rota por el pecado y
cambio de dirección aún a costa de sacrificio, en lo que iría incluida una
catequesis sobre la satisfacción. Todo ello supone una adecuada catequesis
sobre la penitencia como dimensión permanente de la existencia cristiana. La
lucha permanente contra el pecado, el esfuerzo por avanzar en el camino de
perfección, el ayuno, la limosna, la oración, la renuncia a los bienes de este
mundo en beneficio de la justicia celeste, "todo lo que es penitencia en
el sentido de sacrificio aceptado y practicado para la corrección del
pecado", o para no caer en él, etc., son temas y aspectos de siempre que
debemos recuperar tanto en la vida como en la catequesis, máxime en un mundo que
nos olvida.
Como dice Juan Pablo II "la disciplina penitencial de la Iglesia
no puede ser abandonada sin grave daño, tanto para la vida interior de los
cristianos y de la comunidad eclesial como para su capacidad de irradiación
misionera. No es raro que los no cristianos se sorprendan por el escaso
testimonio de verdadera penitencia de los discípulos de Cristo"175.
Está claro por lo demás, que la penitencia será auténtica si está inspirada
por el amor, y no sólo por el temor; si consiste en un verdadero esfuerzo por
crucificar al "hombre viejo" para que pueda reconocer el
"nuevo" por obra de Cristo; si sigue como modelo a Cristo que, aún
siendo inocente, escogió el camino de la pobreza, de la paciencia, de la
austeridad y podría decirse de la vida penitencial.
Formación de la conciencia moral y del
sentido del pecado
69.Dada la actual situación, en la que el pecado parece haber perdido
su significación religiosa, es muy necesario que los Pastores, a través de la
predicción y la catequesis, formen a los fieles cristianos en el auténtico
sentido "teológico" del pecado, esto es: se debe suscitar la
conciencia de que, a la luz de la fe, el comportamiento ético pecaminoso suficientemente
grave aparece como ruptura consciente y voluntaria de la relación
con el Padre, con Cristo y con la comunión eclesial.
Esto supone una constante catequesis que proporcione a los creyentes criterios
morales que, de acuerdo con la Tradición de la Iglesia, iluminen la
conducta humana con suficiente claridad y objetividad para que el cristiano
actúe en conformidad con el doble precepto de la caridad: amor a Dios sobre
todas las cosas y al prójimo como a uno mismo: "No hay mandamiento mayor
que éstos"176.
Si se tiene en cuenta que a veces se han transmitido imágenes deformadas del
pecado del hombre y del Dios ofendido por ese pecado, parece muy conveniente
que la predicación y la catequesis procedan prudentemente al proponer la
doctrina sobre el pecado y su gravedad. En este sentido la Iglesia ha procurado
en su acción pastoral actual insistir en la misericordia de Dios para con los
pecadores y en la confianza filial del pecador que se acoge a Dios, cuya
justicia es una justicia salvadora.
Para la formación de la conciencia moral reviste una importancia particular
la formación del sentido de la responsabilidad personal. En el origen de toda
situación de pecado hay siempre hombres pecadores con su responsabilidad
personal. La conversión reclama la responsabilidad personal e intransferible de
cada uno.
Formar la conciencia moral exige educar en la capacidad de reconocer la
verdad inscrita en el fondo de su ser y de discernir el bien y el mal, aspecto
integrante de la experiencia religiosa. Formar esta conciencia rectamente en la
perspectiva cristiana exige la educación en el sentido y en la experiencia de
Dios, como se nos ha revelado en Jesucristo, y en la conciencia de la relación
con Dios como su Creador, su Señor y su Padre. La conciencia del cristiano ha
de estar purificada e iluminada por el Evangelio y por la experiencia cristiana
adquirida en el curso de los siglos.
La pastoral del sacramento de la penitencia dentro del proceso
penitencial de la vida cristiana
70.La pastoral de la Penitencia debe presentar la penitencia
sacramental como un momento cumbre dentro del proceso penitencial de la vida
cristiana. La penitencia sacramental está íntimamente vinculada al
Bautismo: es el Bautismo laborioso. Toda la vida cristiana, originada en el
Bautismo, ha de estar penetrado "de oración experimentada, de práctica de
las virtudes evangélicas teologales y morales, de fiel obediencia a la voluntad
de Dios, de amor a la Iglesia y docilidad a su Magisterio"180.
La vocación bautismal exige, de suyo, una continua tensión penitencial, cuyas
manifestaciones se dan en la vida cotidiana (ayuda a los hermanos necesitados,
cumplimiento de los deberes familiares, laborales y sociales, mortificación...)
La liturgia cuaresmal señala anualmente a los cristianos los rasgos de este
itinerario (cfr Especialmente, los textos evangélicos de los domingos del Ciclo
A). Dentro de este proceso penitencial, propio de la vida cristiana, ha de
encuadrarse la disciplina penitencial de los viernes: los Pastores
deberán poner más de relieve esa disciplina y dar normas para que los creyentes
la vivan en formas, verdaderamente traducidas a las circunstancias de la vida
actual.
Siempre dentro del marco del proceso penitencial de la existencia cristiana,
se ha de hacer ver la relación y vinculación estrecha entre la Penitencia y la
Eucaristía, de la que ya hablamos anteriormente. Conviene recordar y enseñar a
los fieles las disposiciones que se requieren para participar en la Eucaristía
de forma plena por la comunión sacramental: estar en comunión de fe y amor con
el Señor que se ofrece al Padre. La doctrina y la práctica de la Iglesia
declaran que es necesario examinarse antes de comulgar para que nadie,
consciente de pecado se acerque a la sagrada Eucaristía sin que haya precedido
la confesión sacramental 177. Lo cual no significa que haya que
confesarse cada vez que uno se acerque a comulgar, como algunos fieles quizá
piensan. No hay que olvidar, y así hay que enseñar y exhortar sin desmayo a
los fieles, que cada vez que participamos en la Eucaristía estamos invitados a
participar plenamente en ella por la comunión eucarística. Pero no se puede
olvidar el riesgo de hacerse "reos del cuerpo y de la sangre del
Señor" cuando se comulga sin el verdadero discernimiento 178
acerca de las propias disposiciones para que concuerden con el Señor. Una buena
catequesis y pastoral eucarística ayudará a una justa práctica penitencial.
La penitencia cristiana, además, ha de presentarse en su dimensión de
"sacrificio espiritual" esto es, en su dimensión de adoración a Dios
y de "confesión de fe" en su misericordia. En este sentido, el mismo
sacramento de la reconciliación habrá de aparecer -y así deberá demostrarlo la
misma absolución en cualquiera de sus formas- como una acto de culto como
"un gesto litúrgico, solemne en su dramaticidad, humilde y sobrio en la
grandeza de su significado"179. La confesión (exomología)
significa tanto reconocer la fragilidad y miseria propias como proclamar
doxológicamente la santidad y la misericordia de Dios. La misma celebración
habrá de ser una proclamación ante los hombres de quién es nuestro Dios, una
aclamación de alegría ante Dios, una alabanza y una acción de gracias por la
salvación que misericordiosamente nos otorga.
La celebración del sacramento de la
penitencia
71.Habrá que poner especial esmero y cuidado en las celebraciones del
sacramento, tanto en la preparación como en su acontecer concreto, de manera
que aparezca vivamente el carácter celebrativo del amor y del perdón de Dios,
el gozo hondo y festivo de la vuelta del pecador, la proclamación de victoria
de Cristo crucificado y resucitado sobre el pecado que se hace presente en el
sacramento y en el signo expresivo de la reconciliación.
El retorno de un hijo a la casa paterna es siempre una fiesta. La liturgia
penitencial a través de gestos, palabras -e incluso canto en el caso de
celebraciones comunitarias- ha de expresar el clima correspondiente a la feliz
experiencia de reconciliación en la que todos los participantes en la
celebración están implicados. El componente gozoso del sacramento no es
secundario, sino que brota del mensaje evangélico ilustrado por tantos gestos,
enseñanzas, parábolas de la misericordia 181 que evidencian el gozo
del Padre o la participación en la común alegría.
La comprensión y participación de este sacramento, en gran parte está
dependiendo del modo concreto como se celebre. Una celebración auténtica y
digna será uno de los mejores medios para la renovación de la pastoral
sacramental. En este sentido exhortamos encarecidamente a seguir las
indicaciones y prescripciones del Nuevo Ritual que de ser mejor conocidas y
valoradas se vería muy renovada la práctica sacramental y fortalecida la
conciencia de la importancia de este sacramento entre los fieles y comunidades.
Es necesario promover la experiencia de celebraciones que podamos considerar
ejemplares que sean como paradigma y estímulo para fieles y pastores. Estas
deberían ser seleccionadas y adaptadas a las distintas categorías y situaciones
de manera que estimulen la participación activa de los creyentes. Estas celebraciones
bien preparadas, deberían tener lugar especialmente en los tiempos fuertes de
la liturgia y en otras ocasiones especialmente oportunas, como en la
preparación a los sacramentos en los que está implicado el núcleo familiar, en
reuniones de grupos de cristianos particularmente activos en la vida de la
Iglesia, en retiros y ejercicios espirituales, etc.
A este respecto podrían ofrecer modelos útiles a la comunidad cristiana las
familias religiosas -que por principio están llamadas a ofrecer ejemplos de
reconciliación profundamente renovadoras- o las casas de espiritualidad que son
escuelas de oración y lugares privilegiados de conversión.
Y no podemos ni debemos olvidar aquí los santuarios donde acuden los fieles
frecuentemente en peregrinación y en actitud penitencial. Todos conocemos los
grandes bienes de penitencia y reconciliación que acaecen en torno a los
santuarios, donde llegan los fieles con ánimo bien dispuesto, si se cuida bien,
la celebración del sacramento de la penitencia en sus diversas formas. Por
ello, hacemos una llamada a que este aspecto de práctica penitencial sea tenida
muy en cuenta en la pastoral de los santuarios.
Respetar la disciplina penitencial de la
Iglesia
72.Una verdadera pastoral de la penitencia exige respetar la
disciplina penitencial de la Iglesia prescrita en el Nuevo Ritual y aplicada
con toda la amplitud que ésta exige y permite. No atender a esta disciplina es
ignorar un aspecto básico de la mediación de la Iglesia. Pueden variar, y de
hecho han variado, las formas concretas de la disciplina penitencial, pero
manteniendo siempre una disciplina penitencial regulada por los Obispos que son
quienes reúnen al Pueblo en el Espíritu con la colaboración de los presbíteros.
Esta disciplina en la actualidad está determinada por el Ritual de la
Penitencia promulgado por Pablo VI y a ella hay que atenerse para salvaguardar
la mediación eclesial que tiene en la disciplina penitencial su regulación
institucional.
Atenerse a esta disciplina penitencial es algo "requerido por la
fidelidad a la comunión eclesial; al mismo tiempo esta fidelidad será la
garantía de la eficiencia sobrenatural de nuestra misión de
reconciliación"182.
Celebración con absolución general
73.Por lo que se refiere a la tercera fórmula prevista en el Ritual,
celebración comunitaria de la penitencia con absolución general, hay que evitar
toda arbitrariedad. La Iglesia sabe que ella puede perdonar los pecados
siguiendo el rito de esa celebración. Las normas generales para su aplicación son
conocidas de todos. Cada Obispo es moderador de la disciplina penitencial en
su Iglesia particular 183 y a él únicamente toca, en el
ámbito de su diócesis, valorar si existen en concreto las condiciones
que la ley canónica establece para el uso de esta tercera forma 184.
El juicio de cada Obispo se forma sintiendo la grave carga que pesa sobre su
conciencia, en el pleno respeto de la ley y de la praxis de la Iglesia, y
teniendo presente, además, los criterios y orientaciones concordadas... con los
otros miembros de la Conferencia Episcopal 185. Los presbíteros han
de atenerse, sin ambigüedades, a las normas de los Obispos a quienes en
conciencia corresponde reducir o ampliar la aplicación de la tercera fórmula,
que siempre tiene un carácter extraordinario, atendidas las circunstancias de
su Iglesia propia.
Recientemente la Conferencia Episcopal Española ha establecido una serie de
criterios, aprobados por la Santa Sede, como ayuda para el discernimiento del
Obispo diocesano en vistas a poder autorizar la absolución sacramental
colectiva. Criterios que publicamos como anexo a esta Instrucción pastoral y
que deben ser conocidos, tenidos en cuenta y observados por todos.
Conviene tener presente que esta forma, tan sacramental como las otras,
quiere responder a aquellas situaciones pastorales extraordinarias que
constituyen una "grave necesidad": "si es verdad que,
recurriendo a las condiciones exigidas por la disciplina canónica, se puede
hacer uso de la tercera forma de celebración, no se debe olvidar, sin embargo,
que ésta no puede convertirse en forma ordinaria, y que no puede ni debe
usarse si no es en 'casos de grave necesidad' quedando la firme obligación de
confesar individualmente los pecados graves antes de recurrir de nuevo a otra
absolución general"186.
Cuando por grave necesidad, según las normas del derecho de la Iglesia, se
celebra con esta fórmula ha de quedar claro que no se trata de una forma fácil
donde se conceda el perdón sin una verdadera conversión y compromiso. No debe
inducir a pensar que lo que importa es recibir la absolución, sin valorar
debidamente los otros elementos de la celebración sacramental y, sobre todo, la
seriedad y las exigencias que implica. Y, por último, es necesario informar a
los fieles de la obligación de confesar los pecados graves perdonados por la
absolución general.
Celebración comunitaria con confesión y
absolución individual
74.Dejando, pues, aparte este tercer modo, que es excepcional y se rige por
disciplina propia, sería equivocado no usar la forma segunda ordinaria
-reconciliación de varios penitentes, con confesión y absolución individual- la
más expresiva en cuanto a la celebración. Esta segunda forma subraya mejor el
carácter eclesial de la conversión y de la reconciliación y pone de relieve
algunos aspectos, de gran importancia como son la proclamación y actualización
de la palabra, oración de la Iglesia, solidaridad en el pecado y en la
reconciliación, dimensión comunitaria y eclesial del pecado, de la justicia y
de la conversión. Esta forma comunitaria si está bien preparada y se realiza
conforme a la liturgia de la Iglesia puede hacer comprender cómo el sacramento
de la penitencia no puede ser visto como acto privado e intimista, sino que ha
de ser vivido y celebrado por la Iglesia y en la Iglesia, mostrando cómo el
pecado hiere a la Iglesia 187 y cómo en la vuelta del penitente éste
no está solo sino ayudado y sostenido por la oración de los hermanos. Estas
celebraciones pueden y deben ayudar a los fieles a tomar conciencia de las
responsabilidades colectivas reales y a comprender y descubrir las verdaderas
actitudes cristianas que han de asumirse y los medios más adecuados para actuar
en esa situación.
Son no pocas, a veces, las dificultades que se presentan para encontrar el
número de sacerdotes necesarios para esta forma de celebración, tanto en los
pueblos como en las ciudades. Por ello, habrán de ayudarse los sacerdotes
vecinos y, por los procedimientos al alcance, tratar de contar con un número
suficiente de sacerdotes para que la celebración no se haga tediosa y pierda su
sentido celebrativo y orante. Esta forma de celebración exige una esmerada
preparación del acto penitencial a fin de que, con serena armonía y suficiente
agilidad alcance toda su capacidad expresiva penitencial comunitaria. En esta
forma, por último, habrá de huir de todo apresuramiento, de las confesiones
demasiado genéricas y fragmentarias y de la despersonalización que desfigura la
realidad y sentido de la confesión y del mismo sacramento.
Celebración con un solo penitente
75.Respecto a la primera forma, confesión y absolución personal, no
podemos olvidar que es "un derecho a un encuentro del hombre más personal
con Cristo crucificado que perdona", con Cristo que dice, por medio del
ministro del Sacramento de la Reconciliación: "tus pecados te son
perdonados"; "vete y no peques más". Y al mismo tiempo es
"un derecho de Cristo mismo hacia cada hombre redimido por Él. Es el
derecho a encontrarse con cada uno de nosotros en aquel momento clave de la vida
del alma, que es el momento de la conversión y del perdón"188.
El valor y el carácter personal que destacan en esta forma ordinaria de
Reconciliación debe ser tenido muy en cuenta en toda la celebración. Esta ha de
favorecer al máximo el proceso de personalización que le es propio. La
reconciliación y su celebración es un encuentro personal, no anónimo ni
impersonal, y como tal ha de expresarse en todo momento. La acogida
personalizada y personalizadora, hecha con humanidad y comprensión evitando
toda rutina, el diálogo de discernimiento, ayuda, corrección en caridad y
exhortación, la proclamación de la palabra, la oración común y otros gestos
deben transparentar que se celebra el encuentro personal entre Dios y el
penitente en su Iglesia. Todo lo que acontece en la celebración ha de
manifestar ante todo, la presencia del Señor que concede el don gratuito de un
perdón al pecador arrepentido y ha de favorecer ese encuentro reconciliador con
Dios, consigo mismo, con la Iglesia. Dentro de un clima hondamente religioso y
personalizador habrán de tenerse muy en cuenta las ricas sugerencias y
prescripciones que señala el Ritual para esta fórmula, desgraciadamente no
tenidas suficientemente en cuenta en bastantes ocasiones.
Es verdad que frecuentemente se tropieza con la dificultad de atender
debidamente, como pide el Ritual, a los penitentes, sobre todo en grandes
aglomeraciones. Creemos que estas circunstancias no deben trivializar la
celebración ni perder en calidad y pedimos a los sacerdotes que comprendan la
importancia de este ministerio, dediquen el tiempo que sea necesario para
atender a cada penitente como requiera su situación y eviten cualquier forma
estereotipada de celebración.
Es decisivo que el penitente pueda hacer personalmente a través del
ministerio del presbítero la experiencia del perdón de Dios. Por esto debemos
buscar hoy especialmente, al repensar en profundidad la confesión individual
como un signo dado por Dios y hacerlo comprender a los fieles.
Aunque gracias a su índole individual esta forma permite asociar a ella la
dirección espiritual 189 conviene, sin embargo, distinguir bien la
confesión y la dirección espiritual. La confesión no se debe reducir a dar
soluciones a consultas de interés personal, aliviar escrúpulos, etc. Por su
parte, ha de concederse a la dirección espiritual la importancia que tiene en
el proceso progresivo de la vida cristiana.
Y si bien la penitencia sacramental tiene su lugar más propio en el caso del
penitente en pecado mortal es muy de alabar la práctica de la confesión aun
sólo con pecados veniales. "Es necesario seguir atribuyendo gran valor y
educar a los fieles a recurrir el Sacramento de la Penitencia, incluso sólo
para los pecados veniales, como lo atestiguan una tradición doctrinal y una
praxis ya seculares". Aún sabiendo y enseñando que los pecados veniales
son perdonados también de otros modos -piénsese en los actos de dolor, en las
obras de caridad, en la oración, en los ritos penitenciales- la Iglesia no cesa
de recordar a todos la riqueza singular del momento sacramental también con
referencia a tales pecados 190.
En este sentido sigue siendo altamente recomendable la práctica frecuente
del sacramento en relación con los pecados veniales, pues se trata de "un
constante empeño de perfeccionar la gracia del Bautismo, que hace que de tal
forma nos vayamos conformando continuamente a la muerte de Cristo, que llegue a
manifestarse también en nosotros la vida de Jesús"191. Promover
por ello entre los fieles el aprecio y recurso frecuente a este sacramento es,
sin duda, uno de los medios más fecundos para promover comunidades cristianas
vivas y responsables. Hay que subrayar, además, "que la gracia propia de
la celebración sacramental tiene una gran virtud terapéutica y contribuye a quitar
las raíces mismas del pecado"192.
La Iglesia es muy consciente de que la reconciliación sacramental tiene un
carácter terapéutico y medicinal 193. Es importante señalar, no
obstante, que la misión medicinal de la Iglesia no debe inducir a ver la acusación
personal de los pecados como "un intento de autoliberación
psicológica"194, lo cual contribuiría a entender mal la
naturaleza primordial del sacramento. Este sacramento no existe en la Iglesia
primariamente, "para ilustrar ni para consolar"195. La Iglesia
forma las conciencias de los fieles a través de la predicación y la catequesis
y atiende a las circunstancias personales de los mismos, sobre todo a través
del "diálogo y coloquio pastoral"196 que no tiene por qué
coincidir con la celebración del sacramento ni tiene por qué ser,
necesariamente, llevado a cabo por un sacerdote.
La confesión de los niños
76.No podemos dejar de decir una palabra a propósito de la confesión
de los niños, que ha de merecer una atención particular por parte de los sacerdotes
y educadores. La participación en el sacramento de la Penitencia supone un
correcto aprendizaje de su práctica. Quien ha experimentado el valor de la
confesión individual, del sacramento de la Penitencia en su infancia no lo
abandonará fácilmente. Por esto se habrá de atender a las confesiones de los
niños velando para que adquieran una experiencia positiva de la confesión.
Conviene poner especial cuidado en atender bien las confesiones de los niños
evitando los peligros de la rutina y de la trivialización. Normalmente se
seguirá el segundo rito pero convendría también que se confiesen conforme a la
forma primera del Ritual. En cualquier caso hay que ayudarles a formar
seriamente su conciencia cuidado los aspectos "pedagógicos" del
sacramento de la reconciliación que, en sus circunstancias, tiene una
importancia capital.
Sabemos que sobre este punto de la confesión de los niños existen pareceres
contrapuestos y prácticas abusivas en uno o en otro sentido. El
"Directorio General de Pastoral catequética", publicado por la
Congregación del Clero en 1971197, nos ofrece importantes
clarificaciones sobre este punto y a él nos remitimos para que sea tenido en
cuenta tanto por los sacerdotes como por los catequistas y educadores. Asimismo
queremos recordar aquí lo que a este propósito dijimos los Obispos en las
"Orientaciones doctrinales y pastorales sobre el ritual de la
penitencia": "La formación de la conciencia del niño y la catequesis
sobre el sacramento de la penitencia, son tareas de máxima importancia, tanto
en sí mismas como en la perspectiva de una renovación en profundidad de la vida
cristiana. Se trata de que el niño pueda ir penetrando conscientemente en el
ámbito de las relaciones filiales con Dios, en el amor de Jesucristo y en la
experiencia de la comunidad cristiana. La acción de los padres, y en general de
la familia y de las personas más cercanas al niño (parvularios, jardines de
infancia, guarderías, etc.), es decisiva, y toda atención pastoral a los mismos
será poca. Al llegar a la edad de la discreción, el niño podrá ir descubriendo,
a través de una catequesis apropiada, el sentido del pecado como crisis de las
relaciones personales con Dios y con los demás, y del perdón como
reconciliación; ir, también, ratificando su opción libre y personal por el
cumplimiento de la voluntad del Padre.
Normalmente se puede pensar que el niño es capaz de celebrar el sacramento
de la penitencia antes de participar por primera vez en la Eucaristía; la Santa
Sede ha considerado oportuna la conservación de la costumbre vigente en este
sentido. El diálogo personal del ministro con el niño y con sus padres es
imprescindible para decidir acerca de su madurez en la formación de la
conciencia, y para captar su situación espiritual. Hay que tener muy en cuenta
que, tanto el precepto de la confesión anual como el de la reconciliación
sacramental antes de comulgar, se refiere a los que tienen conciencia de pecado
moral, y no identificar, por tanto, la capacidad de celebrar el sacramento con
la necesidad de hacerlo antes de comulgar.
La forma más apropiada de iniciar al niño en el sacramento de la
reconciliación son las celebraciones penitenciales, adaptadas a su edad y
situación. A partir de ellas se podrá llegar en el momento oportuno a la
confesión y absolución individual, descartando las confesiones masivas y
cuidando que no tengan ni siquiera la apariencia de coacción, prisa o rutina.
La educación de los niños y adolescentes en el ritmo penitencial de la
comunidad cristiana y la participación incluso en las celebraciones
penitenciales de los adultos, son otros tantos medios para conseguir un sentido
auténtico de la reconciliación con Dios y con la Iglesia, y prevenir la crisis
que fácilmente sobrevendrán"197.
La palabra en la celebración
77.En lo que atañe a la celebración concreta en cada una de las
formas, es preciso resaltar la importancia de la Palabra de Dios, como ya
señalamos anteriormente. Ninguna de las formas de celebración penitencial
previstas en el Ritual, se realizan sin el anuncio, de algún modo, y la aplicación
de la Palabra de Dios a la vida personal y comunitaria. Como dice el Ritual, a
propósito de la segunda forma ordinaria, "es conveniente que el sacramento
de la Penitencia empiece con la lectura de la Palabra. Por ella Dios nos llama
a la Penitencia y conduce a la verdadera conversión"198. Esta
orientación tiene valor también para la celebración personal 199,
que sin la presencia mínima que señala el Ritual quedaría desvirtuada y se
distanciaría significativamente de las restantes celebraciones. Si el anuncio y
la actualización de la Palabra es verdaderamente significativo, el resto de los
elementos alcanzan todo su valor y trascendencia. La confesión y la oración del
penitente serán una respuesta a la iniciativa divina y la absolución a la
proclamación eficaz del perdón de Dios manifestado en la actualización de la
Palabra.
La absolución
78.En toda celebración ha de destacarse el momento y la relevancia
singular de la absolución, que es el momento central de la celebración.
Bastantes veces los cristianos después de oír los consejos del sacerdote, se
levantan sin esperar ser absueltos. Otras veces rezan alguna oración al mismo
tiempo que son absueltos. Expresar la contricción con una fórmula está
previsto en el Ritual, pero se le debe dejar al penitente que lo haga con pausa
y hablando él sólo. Por su parte, el sacerdote habrá de decir despacio y con
sentido la fórmula de la absolución, explicándola previamente si hiciese falta
en alguna ocasión.
Tiempo y lugar
79.Respecto al tiempo y al lugar de la celebración penitencial
recordamos lo que señala el Ritual: "La reconciliación de los penitentes
puede celebrarse en cualquier tiempo y día. Sin embargo, es conveniente que los
fieles conozcan el día y la hora en que está disponible el sacerdote para ejercer
este ministerio. Acostúmbrese a los fieles para que acudan a recibir el
sacramento de la Penitencia fuera de la celebración de la Misa, principalmente
en horas establecidas"200. En los templos de las grandes
ciudades, sean o no parroquiales, y aún en los medios rurales, se deben dar a
conocer por los medios oportunos las horas que, cada día, dedican los
sacerdotes a oír confesiones. También es conveniente que, en cada templo de
esas ciudades, se den a conocer algunas iglesias de la ciudad donde se puedan
encontrar con facilidad confesores durante varias horas al día. En los
santuarios que, por devoción, frecuentan habitualmente los fieles, se han de
dar las máximas facilidades posibles para que puedan cumplir con su ministerio.
También en los templos atendidos por las comunidades de religiosos, donde sus
miembros sean numerosos, han de facilitar también a los fieles el acudir a
ellos. Asimismo es muy recomendable que los sacerdotes den a conocer el
calendario de celebraciones comunitarias de la penitencia, especialmente
apropiadas en los tiempos fuertes tanto en sus parroquias como de parroquias
vecinas.
"El sacramento de la Penitencia se administra en el lugar y en la sede
que se determina por el derecho"201. Ha de evitarse por todos
lo medios que las sedes para el sacramento de la Penitencia o confesionarios,
estén ubicados en los lugares más oscuros y tenebrosos en las iglesias como en
ocasiones sucede. La misma estructura del "mueble confesionario" tal
y como es en la mayoría de los casos presta un mal servicio a la penitencia que
es lugar de encuentro con Dios, tribunal de misericordia, fiesta de
reconciliación. Por esto y para dar todo el relieve necesario al acto del
coloquio penitencial, debe cuidarse la estética, funcionalidad y discreción de la
sede para oír confesiones. En todo caso tener presente que tanto en la Iglesia,
como fuera de ella, el lugar para la reconciliación debe responder, por una
parte, a la discreción propia de la acción que realiza y así pueda favorecer el
diálogo; pero, a la vez, no debe perder el carácter de lugar visible.
No podemos dejar de recordar aquí el respeto que se debe tener a este
sacramento y la dignidad con la que debe celebrarse, incompatible con algunos
usos que se manifiestan, a veces, en la manera de vestir o de comportarse el
sacerdote durante la celebración. En este sentido recordamos que los ornamentos
propios para celebrar la reconciliación individual en la Iglesia son el alba y
la estola.
Celebraciones comunitarias de la penitencia
80.Son asimismo muy recomendables las celebraciones penitenciales,
comunitarias no sacramentales "muy útiles para promover la conversión y
purificación del corazón"202. Estas celebraciones son reuniones
del pueblo de Dios par oír la Palabra de Dios por la cual se invita a la
conversión y a la renovación de vida y se proclama, además, nuestra liberación
del pecado por la muerte de Cristo 203.
Por la importancia que tienen para la vida penitencial, queremos llamar la
atención sobre los elementos que estructuran estas celebraciones: la
proclamación de la Palabra de Dios que provoca la conversión, la oración
comunitaria, el reconocimiento de los pecados, la oración del Padre Nuestro y
la oración del presidente que pide a Dios el perdón.
No se puede confundir, por otra parte, estas celebraciones con celebraciones
sacramentales aunque gozan de la eficacia de toda oración oficial de la Iglesia
y son muy útiles para fomentar el espíritu de penitencia en la comunidad
cristiana e incluso, "donde no hay sacerdote a disposición para la dar la
absolución sacramental... ayudan a la contrición perfecta por la caridad, por
la cual los fieles pueden conseguir la gracia de Dios con el propósito de
recibir el sacramento de la penitencia"204.
Los fieles
81.Es preciso recordar a los fieles la necesidad de los actos del
penitente, sin los que no se puede realizar el sacramento válida y eficazmente:
necesidad de la contrición, de la confesión de todos los pecados graves, el
propósito de enmienda, la disposición a cumplir la reparación que le fuere
impuesta.
Los fieles habrán de buscar en el sacramento un verdadero encuentro con Dios
que les sale al paso y les salva, un entrar en su presencia y ponerse ante su
mirada y su voluntad, una luz para leer mejor en los pliegues de su propia vida
y de su conciencia.
Habrá asimismo que recordarles que hay otros modos para obtener la gracia
del perdón, aunque no la gracia del sacramento.
Es preciso, también recordar el precepto de la Iglesia de confesarse, al
menos, una vez al año si hay pecado grave, al tiempo que se les exhorta a la
practica de la confesión frecuente; el cristiano que vive en profundidad la
llamada a la conversión no se queda sólo en el precepto ni dirige su vida a
base de prescripciones.
El ministerio del sacerdote
82.Un elemento principal en este sacramento es el ministerio del
sacerdote, maestro, juez y médico. Es muy importante que el sacerdote adopte y
trasparente, lo mejor posible las actitudes de Cristo ante los pecadores:
Jesucristo no buscó a los sanos, sino a los enfermos. El clima del diálogo
penitencial ha de ser de serenidad y confianza. A la luz de la Palabra de Dios
iluminará al penitente con su palabra y tratará de infundir el ánimo, fidelidad
al Evangelio y energía para progresar en el camino emprendido en el Bautismo.
Para un cumplimiento eficaz del ministerio de reconciliación que se le
encomienda, "el sacerdote debe tener necesariamente cualidades humanas
de prudencia, discreción, discernimiento, firmeza moderada por la mansedumbre y
la bondad. El debe tener, también, una preparación seria, no fragmentaria sino
integral y armónica, en las diversas ramas de la teología, en la pedagogía y en
la psicología, en la metodología del diálogo y, sobre todo, en el conocimiento
vivo y comunicativo de la Palabra de Dios. Pero todavía es más necesario que él
viva una vida espiritual intensa y genuina. Para guiar a los demás por el
camino de la perfección cristiana, el ministro de la penitencia debe recorrer
en primer lugar él mismo este camino y, más con los hechos que con largos
discursos, dar prueba de la experiencia real de la oración vivida, de práctica
de las virtudes evangélicas teologales y morales, de fiel obediencia a la
voluntad de Dios, de amor a la Iglesia y de docilidad a su Magisterio"205.
El ministro del sacramento de la penitencia en su diálogo con el penitente,
y por caridad hacia él "no debe menoscabar la saludable doctrina de
Cristo", teniendo en cuanta que "esto debe ir acompañado siempre de
la paciencia y de la bondad de que el mismo Señor dio ejemplo en su trato con
los hombres. Venido no para juzgar, sino para salvar, Él fue ciertamente
intransigente con el mal, pero misericordioso con las personas". Los
penitentes "han de encontrar siempre en las palabras y en el corazón del sacerdote
el eco de la voz y del amor del Redentor"206. Con el recto
consejo, con la palabra iluminadora el sacerdote puede y debe restituir
serenidad a la conciencia, infundir confianza, reavivar la esperanza,
restablecer la libertad frente a los escrúpulos y temores injustificados,
confirmar en la fe, fortalecer la caridad. Y al contrario con el consejo
equivocado, con la arrogancia del juez o la persecución del maestro, puede
lanzar al penitente por caminos de desesperación e impedir el desarrollo hacia
la libertad de la madurez.
Recomendamos muy viva y encarecidamente a los sacerdotes la lectura y
meditación de lo que Juan Pablo II nos dice directamente a nosotros, los
sacerdotes, en su Exhortación Apostólica sobre la "Reconciliación y la
Penitencia". Es verdad que las buenas cualidades del confesor no deben
oscurecer la presencia de Cristo y de la Iglesia, ni la eficacia del sacramento
radica en esas cualidades. Pero también es cierto que ayudarán a una
celebración más fructuosa ya que el sacerdote que actúa in persona Christi
puede ser visto como signo de la presencia del Señor.
Desearíamos que los sacerdotes todos redescubrieran toda la grandeza y el
servicio precioso y sacrificado, de ser ministros de la Reconciliación y les
exhortamos a que aprecien cada vez más este espléndido ministerio suyo como
confesores. "La experiencia de los siglos confirma la importancia de este
ministerio. Si los sacerdotes comprendiesen profundamente cómo, a través del
sacramento de la Penitencia, colaboran estrechamente con el Salvador en la obra
de la conversión, se dedicarían con mayor celo a este ministerio. Más
confesores estarían disponibles con prontitud para los fieles. Otras obras por
falta de tiempo podrían posponerse ya hasta dejarse, pero no la de la
confesión"207. Sólo desde un convencimiento de la importancia
del sacramento de la penitencia muchos sacerdotes que hoy se encuentran
agobiados por exceso de trabajo, que además va aumentando en las parroquias,
podrán encontrar la manera de impulsar la celebración de este sacramento.
Con toda la fuerza y calor de nuestro ministerio apostólico exhortamos a
nuestros hermanos sacerdotes a que, como tantos santos cuyo testimonio perdura,
muestren una mayor disponibilidad para la administración de este sacramento.
Como nos decía el Papa en Valencia "haced de vuestra total disponibilidad
a Dios una disponibilidad para vuestros fieles... Facilitadles todo lo posible
el acceso a los sacramentos y en primer lugar al Sacramento de la Penitencia,
signo e instrumento de la misericordia de Dios y de la reconciliación obrada
por Cristo, siendo vosotros mismos asiduos en su recepción"208.
Exhortamos y pedimos a los sacerdotes que sean testigos gozosos del don de
la gracia que brota de la penitencia y les recordamos aquellas palabras del
Concilio que dicen: (Los sacerdotes) "son los ministros de la gracia
sacramental si se unen íntimamente a Cristo Salvador y Pastor a través de la
recepción fructuosa de los sacramentos, sobre todo con la confesión sacramental
frecuente, ya que ésta, preparada con el cotidiano examen de conciencia,
favorece grandemente la necesaria conversión del corazón al amor del Padre de
la misericordia"209. El sacerdote no es sólo maestro, padre,
médico y juez de las almas. Es también hermano que vive en la comunidad de los
fieles aportando la contribución de purificación y renovación no sólo con el
ministerio presbiteral de la absolución, sino también con su misma vida de
penitente, formando de este modo una comunidad de penitentes, de convertidos y
reconciliados que viven la experiencia de la misericordia fidelidad de Dios.
Harían muy bien, en consecuencia, si, además de la confesión personal
frecuentemente, se confesasen también en las celebraciones comunitarias que se
tengan en sus parroquias y comunidades. También sería deseable promover
celebraciones comunitarias de la penitencia sólo para sacerdotes, presididas
por el Obispo. Todo ello contribuiría, sin duda, a mejorar en los sacerdotes su
condición de evangelizadores de la penitencia cristiana, fieles y devotos celebrantes
de la reconciliación, educadores de la penitencia cristiana y testigos de la
misericordia reconciliadora de Dios.
Sin duda, como reconoce Juan Pablo II, este ministerio de la reconciliación
que se encomienda y apremia a los sacerdotes "es el más difícil y
delicado, el más fatigoso y exigente, pero también uno de los más hermosos y
consoladores del sacerdote" que "no se improvisa ni se adquiere sin
esfuerzo. Para el ministerio de la Penitencia sacramental cada sacerdote debe
ser preparado ya desde los años del seminario junto con el estudio de la
teología dogmática, oral, espiritual y pastoral (que son siempre una sola
teología), las ciencias del hombre, la metodología del diálogo y,
especialmente, del coloquio pastoral"210. Y para esta formación
es urgente cuidar las enseñanzas que se imparten a los futuros sacerdotes en
las Facultades Teológicas y Centros de Estudios Eclesiásticos sobre el pecado y
el sacramento de la penitencia. Los seminaristas y los sacerdotes no han de
sentirse satisfechos y cumplidos con la enseñanza que reciben en su tiempo
privilegiado de Seminario; han de ser iniciados y ayudados en las primeras
experiencias como ministros de la reconciliación y han de estar dispuestos a
cuidar el perfeccionamiento propio y su actualización con una adecuada
formación permanente.
Cuiden los seminarios y casas de formación que los futuros sacerdotes tengan
una experiencia viva, ejemplar y frecuente del sacramento de la penitencia.
Esta será una de las fuentes de su espiritualidad que les capacitará para ser
ministros de la reconciliación. Velen pues los responsables de los seminarios
para que sean escuelas de penitencia y reconciliación a través de una esmerada
y adecuada práctica penitencia 211.
VI. EPÍLOGO
83.Al dirigir esta enseñanza sobre el sacramento de la Penitencia,
estamos persuadidos de que cumplimos el encargo de nuestra misión
reconciliadora y que contribuimos así a la fiel custodia de este especial
sacramento de la Iglesia "sacramento de la unión íntima con Dios y de todo
el género humano"212. De esta manera afirmamos con toda la
Iglesia, nuestra fe en el misterio de la Redención como realidad viva y
vivificante 213 y la ofrecemos a todos los hombres con el firme
deseo de que también ellos puedan gozar en la Iglesia, reconciliada y
reconciliadora, de los beneficios de la misericordia y del don del perdón de
Dios.
Estamos persuadidos, además, de que una Iglesia reconciliada, vivificada en
el sacramento de la reconciliación, será instrumento y fermento de
reconciliación en una sociedad como la nuestra tan necesitada de ella.
Madrid, 15 de abril de 1989
- Mc 1, 15.
- Cfr Pablo VI, Paterna cum
bevevolentia (8, 12, 1974) II.
- Cfr II Cor 5, 20.
- Cfr II Cor 5, 18-20.
- ReP 18.
- Cfr ReP 18.
- Rom 11, 32; 3, 23-25; 4,
25; 5, 8-12.
- GS 13.
- GS 12.
- Rom 3, 9. 19-25.
- Cfr Jn 1, 29.
- ReP 22; I Jn 1, 8.
- Conferencia Episcopal
Española: Catecismo "Esta es nuestra fe. Esta es la fe de la
Iglesia". Madrid, 1987, p. 293. (Lo citamos en lo sucesivo,
"Esta es nuestra fe").
- Cfr Ef 4, 18.
- Cfr Gen 4-8.
- Cfr Rom 8, 19-21.
- Cfr Rom 1, 19-32.
- GS 16, 17.
- "Esta es nuestra
fe" p. 294.
- ReP 14.
- "Esta es nuestra
fe", p. 294.
- ReP 15.
- Prov 14, 31.
- Mt 25, 45.
- Pablo VI, Const. Ap
"Indulgentiarum doctrina", 1, enero 67, nº 4; ReP 16.
- SRS 36.
- LG 11, 8.
- ReP 16.
- Cfr ReP 16.
- ReP 16.
- SRS 36.
- IL 14.
- SRS 16.
- LG 14.
- SRS 36, ReP 16.
- RSR 14, 35, 40.
- RSR 36.
- ReP 16.
- Mc 7, 15, 21-23.
- RP 7.
- ReP 17.
- S.C. Doctrina de la Fe.
Declaración sobre algunas cuestiones referentes a la ética sexual
(22-XII-75).
- Rom 5, 20.
- I Tim 3, 15 s.
- ReP 20.
- Rom 5, 21.
- Prefacio Pascual IV.
- Cfr Plegaria Eucarística
IV.
- Cfr Plegaria Eucarística
IV.
- Cfr Ez 18, 23; 33,
11.
- Cfr DM 5-6; ReP 5.
- II Cor 1, 3.
- Rom 5, 8-10.
- Ef 2, 5.
- Ef 2, 8-9.
- Prefacio III de Navidad.
- GS 22.
- ReP 7; Ef 2, 14.
- Lc 7, 48.
- Mc 2, 5.
- Lc 15, 4-7. 8-10,
11-32; 18, 9-14.
- Mt 26, 27.
- Cfr Rom 4, 25, RP
Praenotanda.
- Cfr Mc 3, 13-15.
- Cfr 6, 12.
- Cfr Mt 16, 19; 18,
18; Jn 20, 23.
- Lc 24, 47-48.
- Cfr He 2, 32-48.
- LG 1.
- Cfr RP.
- ReP 8, 27 y 28.
- Pablo VI, Paterna cum
benevolentia, II.
- Cfr Ef 2, 12.
- Cfr Ez 36, 25-26; Sal 50, 12.
- II Cor 5, 17.
- Gal 6, 15.
- Ef 2, 14-18.
- Col 1, 20.
- Pablo VI, Paterna cum
benevolentia, I.
- Lc 4.
- E N 10.
- Pablo VI, Const. Ap
"Poenitemini" 10, III, 1966.
- ReP 5; DM 5.
- Lc 15, 18 s.
- Lc 18, 9-14.
- Conc. De Trento, sesión
XIV. DS 1676-1677.
- Sal 30.
- ReP 31. III.
- Pablo VI, Exhortación
Apostólica. "Evangelii Nuntiandi".
- Pablo VI, Const. Ap
"Poenitemini", I.
- Jn 3, 5.
- Rom 6, 1.
- I Jn 3, 6-8; Ef 5, 3.
- I Pe 1, 13-16.
- II Cor 3, 18.
- LG 40.
- Juan Pablo II, Bula del año
de la Redención (APR) 5.
- Cfr S. Ireneo, Adv Naer.
III, 24, 1.
- RP, Praenotanda, 8.
- S Cipriano, De unitate
Ecclesiae 6, CSEL, 3/1, 214.
- Cfr ReP, 10, 11.
- Cfr Rom 6, 4-10.
- Pablo VI, Const. Ap
Poenitemini, I.
- Heb, 7, 26.
- II Cor 5, 21.
- Heb 2, 17.
- RP Praenotanda 3, LG 8.
- Ef 2, 4.
- Gal 102, 14.
- DS 1668.
- Tertuliano, De poenitentia
VII, 10.
- Cfr Gregorio Nacianceno,
Oratio, 39, 17, MG, 36, 356 A; Juan Damasceno, De fide orthodoxa, Lib IV,
c. 9; MG 94, 1124 C.
- Cfr D. de Trento, DS
1668-1670; 1701.
- S. Ambrosio, Epist. 41, 12,
PS 16, 1116. RP Praenotanda, 2.
- LG 11.
- Jn 20, 21-23.
- C. Trento, DS 1670.
- Cfr C. Trento DS 1671-73.
- Comisión Teológica
Internacional, La riconciliazione e la Penitenza, Roma 26, 6, 83, IV, 1.
- Cfr C. Trento, DS 1709.
- Cfr ReP 29.
- Sal 50, 6.
- RH 20.
- ReP, 31.
- ReP, 31.
- ReP 31, I.
- ReP 31, II.
- Cfr Jn 20, 21-23; Mt 18, 18.
- ReP 31, II.
- San Juan Crisóstomo,
Homilía sobre la penitencia, 3-4; PG 49, 227.
- ReP 31, II. Cfr S. Agustín
Sermón 352, 3, 8-9; PL 39, 1555.
- RP 102; Cfr Praenotanda
1-5.
- RP Praenotanda 8.
- RP 151.
- Cfr LG 11, SC 109, PO 5a.
- Cfr LG 11, RP, Praenotanda.
- RP, Praenotanda, 11.
- ReP, 31, III.
- RP, Praenotanda 6, b.
- RP, Praenotanda 6, c.
- Cfr Re 26 LG 9.
- RP, Praenotanda 6, d.
- RP, Praenotanda 19.
- RP, Orientaciones
doctrinales y pastorales del Episcopado Español, 63.
- Mc 2, 5.
- Jn 8, 11.
- RH 20.
- Cfr Mt 12, 49 s;
Mc 3, 33; Lc 8, 20 s; Rm 8, 29.
- Cfr Hbr 2, 17; 4, 15.
- Cfr Mt 8, 12; Lc 15, 4-6.
- Cfr Lc 5, 31 s.
- Mt 22, 16.
- Cfr Act. 10, 42.
- ReP 29.
- S C 47.
- Cfr I Cor 11, 28.
- Conc. Trento DS 1743.
- Cfr S. Congregación de
Ritos, Inst. Eucharisticum Mysterium, 35; ReP 27, Con. Trento, DS 1743.
- RH, 20.
- ReP 32.
- "Esta es nuestra
fe" 260.
- Cfr RP, 31 s.
- Cfr CIC 961-963; Sgdo.
Congregación para la Doctrina de la Fe, Normas Pastorales sobre la
absolución general sacramental, 16 Jun. 1972; AAS 64 (1972) 511 ss.; RP,
Praenotanda 31-34. Transcribimos a continuación los cánones que regulan la
disciplina de la absolución general: 961 & 1. "No puede darse la
absolución a varios penitentes a la vez sin previa confesión individual y
con carácter general a no ser que: 1º) amenace un peligro de muerte, y el
sacerdote y los sacerdotes no tengan tiempo para oír la confesión de cada
penitente; 2º) haya una necesidad grave, es decir, cuando, teniendo en
cuenta el número de penitentes, no hay bastantes confesores para oír
debidamente la confesión de cada uno dentro de un tiempo razonable, de
manera que los penitentes, sin culpa por parte, se verían privados durante
notable tiempo de la gracia sacramental o de la sagrada comunión; pero no
se considera suficiente necesidad cuando no se puede disponer de
confesores a causa sólo de una gran concurrencia de penitentes, como puede
suceder en una gran fiesta o peregrinación. & 2. Corresponde al Obispo
diocesano juzgar si se dan las condiciones requeridas a tenor del & 1,
n. 2, el cual, teniendo en cuenta los criterios acordados con los demás
miembros de la Conferencia Episcopal, puede determinar los casos en lo que
se verifica esa necesidad". 962 & 1. "Para que un fiel
reciba válidamente la absolución sacramental dada a varios a la vez, se
requiere no sólo que esté debidamente dispuesto, sino que se proponga a la
vez hacer en su debido tiempo confesión individual de todos los pecados
graves que en las presentes circunstancias no ha podido confesar de ese
modo. & 2. En la medida de lo posible, también al ser recibida la
absolución general, instrúyase a los fieles sobre los requisitos expresados
en el & 1 y exhórtese antes de la absolución general, aun en peligro
de muerte si hay tiempo, a que cada uno haga un acto de contrición".
963 "Quedando firme la obligación de que trata el can. 989, aquel a quien se le
perdonan pecados graves con una absolución general debe acercarse a la
confesión individual lo antes posible, en cuanto tenga ocasión, antes de
recibir otra absolución general, de no interponerse causa justa".
- RP, 34.
- Cfr S. Congregación para la
Doctrina de la Fe, Normas generales sobre la absolución general... pp.
511-512.
- Cfr Nº 6.
- ReP 31, III.
- Rom 10, 8.
- Cfr SC 9.
- Conferencia Episcopal
Española. Orientaciones doctrinales y pastorales sobre el Ritual de la
Penitencia, 55-57.
- Conferencia Episcopal
Española. Orientaciones doctrinales y pastorales sobre el Ritual de la
Penitencia, 57.
- Cfr Catequesis de la
Comunidad, nº 83-105.
- Cfr ReP, 26.
- ReP 26.
- ReP 26.
- Mc 12, 30.
- ReP 29.
- Inst. Eucharisticum
Mysterium 35. Una formación integral de los fieles en el sentido de la
penitencia no deberá olvidar, por tanto, que los cristianos, antes de
acercarse a la Eucaristía, han de examinarse a sí mismos (cfr 1Cor 11, 28)
y "la práctica de la Iglesia declara que nadie, consciente de pecado mortal
por contrito que se estime, debe acudir a la Sagrada Eucaristía sin que
haya precedido la confesión sacramental" (Inst. "Eucharisticum
Mysterium", n. 31: Trento: DS 1646-1647). En el caso de "que
concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse", el
fiel, "tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición
perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes" (canon
916). Supuesta la contrición perfecta, la Iglesia, a iure, dispensa de la
confesión previa a la Eucaristía cuando se dan estas condiciones: 1) causa
grave: peligro de muerte, o de infamia si no se celebra o comulga; 2)
imposibilidad de confesarse previamente, por falta de confesor idóneo (Cfr
Trento: 1647). Sobre la obligación de confesarse después "quamprimum",
las normas de la moral clásica -que contemplaban, particularmente, el caso
de los sacerdotes que tenían que celebrar Misa- parece que podrían
aplicarse hoy a los seglares, dada su mayor sensibilidad respecto a la
participación plena en la Eucaristía que tiene lugar en la comunión
eucarística.
- I Cor 11, 28-29.
- ReP 31, III.
- Pablo VI, Discurso a los
Obispos de la Región Pastoral de Nueva York (20, VI, 1978); AAS 1978, 331.
- Pablo VI, Discurso a los
Obispos de la Región Pastoral de Nueva York -20.IV.1978; AAS 1978, 331.
- Cfr LG 26.
- ReP, 33.
- ReP, 33.
- ReP, 33.
- Cfr LG 11.
- RH 20.
- Cfr ReP 31, III.
- ReP 32.
- RP Praenotanda 7b.
- ReP 32.
- Cfr ReP 31, II.
- ReP 31, III.
- Conc. Trento DS 1707.
- Cfr ReP 29.
- Congregación del Clero,
Directorium catechisticum generale, II, IV, 1971. Conferencia Episcopal
Española, orientaciones doctrinales y pastorales sobre el Ritual de la
Penitencia. Madrid 1978, IV.
- RP, Praenotanda 24.
- Cfr RPP, 17.
- RP, Praenotanda 13.
- RP, Praenotanda 12.
- RP, Praenotanda 37.
- RP, Praenotanda 36.
- RP, Praenotanda 37.
- ReP, 29.
- Pablo VI, Encíclica
"Humanae vitae", 29.
- Pablo VI, Discurso a los
Obispos de la Región Pastoral de Nueva York, (20, IV, 1978), AAS, 1978,
331; Cfr ReP 29.
- Juan Pablo II, Homilía a
los sacerdotes pronunciada en Valencia.
- PO 18.
- ReP, 29.
- Cfr Congregación para la
educación católica. Sobre la formación espiritual de los seminaristas.
Carta Circular, 6 enero 1980.
- LG 1.
- RH 20.
ANEXO
CRITERIOS ACORDADOS
PARA LA ABSOLUCIÓN SACRAMENTAL COLECTIVA,
A TENOR DEL CANON 961 § 2
1. TEXTO APROBADO POR LA XLIX ASAMBLEA PLENARIA Y
RECONOCIDO CANÓNICAMENTE POR LA SANTA SEDE
I. La Conferencia Episcopal Española estima que, en el conjunto de su
territorio, no existen casos generales y previsibles en los que se den los
elementos que constituyen la situación de necesidad grave en la que se puede
recurrir a la absolución sacramental general (c. 961 § 1.2). Por consiguiente,
la forma ordinaria de reconciliación sacramental, que debe facilitarse por
todos los medios a los fieles, es y seguirá siendo la confesión individual en
las dos formas determinadas en el Ritual.
Para tal fin se aconseja encarecidamente a los pastores de almas que fijen
con anterioridad los días y las horas más idóneos para poder oír las
confesiones de los fieles, según la forma ordinaria, y se comuniquen a los
mismos (can. 986 § 1).
II. Con todo, la Conferencia Episcopal Española reconoce que puede
darse algún caso excepcional de grave necesidad según cuanto dice el can. 961 § 1 n. 2 y por ello juzga
oportuno establecer de común acuerdo los criterios siguientes como ayuda para
el discernimiento del Obispo Diocesano, en vista a poder autorizar la
absolución general sin previa confesión individual:
1. Si, a causa de una gran afluencia de turistas en los lugares de verano,
mar o montaña, o con motivo de la fiesta patronal o de otra celebración
similar, no se puede disponer de un suficiente número de sacerdotes para oír
las confesiones individuales en un tiempo oportuno de forma que los fieles
participantes, sin culpa de su parte, se vieran privados, durante notable
tiempo, de la gracia sacramental o de la Sagrada Comunión, el Obispo podría
autorizar, en cada uno de los casos, el uso de la absolución general, siempre
que se tomen las cautelas requeridas y se den las oportunas instrucciones.
Una gran concurrencia religiosa o una peregrinación no justifica por sí sola
el recurso a la absolución general, sino que habrá que cuidar, en todos los
casos, que existen tiempos y lugares para la confesión individual, así como
confesores en número suficiente.
Entre las cautelas requeridas hay que recordar particularmente:
a) La imposibilidad de recibir la absolución sacramental por parte de
aquellos que, habiendo pecado gravemente, no estén dispuestos a reparar los
daños causado o a cambiar de vida v. gr. los culpables de grandes injusticias,
los que viven en situaciones incompatibles con la moral cristiana (parejas que
conviven sin estar casados, divorciados que volvieron a casarse, etc.).
b) La obligación de acercarse a la confesión individual, lo antes posible, y
siempre antes de recibir otra absolución general, para lo fieles cuyos pecados
graves hubieran sido perdonados mediante una absolución general, conforme a lo
dispuesto en el can. 963.
- Siempre que se dé un caso
de necesidad grave según las condiciones requeridas por el can. 961, 1 n. 2 y no previsto
anteriormente por la Conferencia Episcopal, corresponde a cada Obispo
Diocesano decidir si éste puede ser incluido (por analogía) entre los ya
previstos por la Conferencia Episcopal.
- Finalmente, en lo relativo
a los niños, a los que tiene aplicación todo lo que se ha dicho a
propósito de los adultos para que pueda darse la absolución general, hay
que recordar que los casos de necesidad grave que puedan sobrevenir nunca
dispensan de formarlos para la confesión individual y de iniciarlos en su
celebración.
- Los Obispos que autoricen,
de acuerdo con el can. 961 §
2, y teniendo en cuenta los criterios acordados por la Conferencia
Episcopal Española, el uso de la absolución sacramental general,
procurarán informar de ello a los Obispos diocesanos de las Diócesis
limítrofes y a los Obispos de su Provincia Eclesiástica.
18 noviembre 1988
2. RECOGNITIO CANONICA
SACRA CONGREGATIO PRO EPISCOPIS
Prot. N. 38/84
HISPANIAE DECRETUM
Em.mus P.D. Angelus S.R.E. Cardinalis Suquía Goicoechea, Archiepiscopus
Matritensis-Complutensis et Conferentiae Episcopalis Hispanieae Praeses, ab
Apostolica Sede postulavit ut norma complementaris can. 961 § 2Codicis Iuris Canonici
respiciens, a coetu plenario ad norman iuris approbata, rite regognosceretur.
Quappropter Summus Pontifex IOANNES PAULUS, Divina Providentia PP. II,
referente infrascripto Cardinali Congregationis pro Episcopis Praefecto, audita
Congregatione pro Sacramentis, in Audientia diei 3 Februarii 1989, praefatam
normam, prout in adnexo exemplari continetur, probavit seu confirmavit.
Contrariis quibusvis minime obstantibus.
Datum Romae, ex Aedibus Congregationis pro Episcopis, die 3 mensis
Frebruarii anno 1989.
† Bernardinus Card. Gantin Praf.
† Ioannes B. Rea Secretis