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¿Es el Tribunal el que “salva” al crucifijo; o es más bien, el crucifijo el que “salva” al Tribunal?
«Tribunal de Estrasburgo salva al crucifijo». Así titulaba un periódico la noticia. A mí me vino enseguida a la cabeza —que para algo la tengo— la pregunta que abre estas líneas. ¿Es el Tribunal el que “salva” al crucifijo; o es más bien, el crucifijo el que “salva” al Tribunal?
El Tribunal había dictado sentencia el 3 de noviembre de 2009 indicando al Gobierno de Italia que retirara los crucifijos de las aulas, después de una petición en ese sentido presentada por los padres de un alumno.
Italia apeló —hay cabezas pensantes y valientes en el medio del Mediterráneo— a la Suprema Corte del mismo Tribunal, que ha corregido ahora el error histórico y jurídico cometido por una de sus Salas, con una sentencia hecha pública el pasado viernes 18 de marzo, y tomada con 15 votos a favor y 2 en contra.
¿Qué dice la sentencia? Que «el hecho de que la reglamentación italiana asigne a la religión mayoritaria del país una visibilidad preponderante en el ambiente escolar (…) no es suficiente para caer en el adoctrinamiento por parte de Italia y para establecer una falta de respeto de las prescripciones de la Convención europea». E insiste: «Por lo que se refiere al lugar preponderante de una religión en la historia de un país, el hecho de que se le asigne un espacio más amplio que a las demás religiones en los programas escolares no es en sí un acto de adoctrinamiento».
Una vez más, el Crucifijo, ahora con mayúscula, ha salvado el verdadero sentido de la libertad en Europa. Y el Tribunal ha sido también consciente de que una serie de países han tomado posición oficial de defensa de la presencia del Crucifijo en la vida pública europea, que no se identifica, lógicamente, con la vida política, que es sólo una muy pequeña parte de la vida de la sociedad europea. Han quedado muy lejos, por falta de vida, los días en los que se afirmaba —queriendo “adoctrinar”— que “todo es política”.
Los países defensores de la libertad de expresión y del derecho a contemplar los Crucifijos son: Albania, Armenia, Austria, Bulgaria, Croacia, Chipre, Eslovenia, Grecia, Hungría, Lituania, Malta, Moldavia, Mónaco, Noruega, Polonia, Rumania, Serbia, Federación Rusa, San Marino, Ucrania. Y, lógicamente, Italia. ¿Qué libertad y qué derecho defienden los demás?
En estas situaciones, quizá vale la pena preguntarse a quién molesta el crucifijo en los muros de un aula, en las paredes de una habitación de hospital, en un cruce de caminos. Quien no quiera verlo, basta que no lo mire. ¿Se quiere marginar solamente la propia historia, o se anhela romper los vínculos que han unido la historia de los europeos —y subrayo europeos, no Europa, entidad política—, de las familias europeas con la Cruz?
El Tribunal ha recordado que en los países de tradición cristiana, la Cruz tiene una legitimidad social clara. Y no por concesión de ningún Estado, de ningún Gobierno. Esa legitimidad reconocida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos refleja, en definitiva, la Fe de tantos santos, de tantos mártires, de tantos confesores, de tantos gobernantes que han llenado los caminos de Europa con sus palabras, con su sangre, con sus obras llenas de amor y de caridad.
La Declaración de los Derechos Humanos no hubiera existido nunca sin las raíces cristianas de la dignidad de la persona, de la familia, del valor de la vida y de la muerte, y de la libertad de cualquier ser humano para buscar la Verdad, para encontrar al Crucificado. Es el crucifijo quien de verdad “salva” al Tribunal.
Ernesto Juliá Díaz