Almudi.org
  • Inicio
  • Libros
  • Películas
    • Estrenos de CINE
    • Estrenos de DVD - Streaming
    • Series de TV
  • Recursos
    • Oración y predicación
    • La voz del Papa
    • Infantil
    • Documentos y libros
    • Opus Dei
    • Virtudes
    • Kid's Corner
  • Liturgia
    • Misal Romano
    • Liturgia Horarum
    • Otros Misales Romanos
    • Liturgia de las Horas
    • Calendario Liturgico
    • Homilías de Santa Marta
  • Noticias
  • Almudi
    • Quiénes somos
    • Enlaces
    • Voluntariado
    • Diálogos de Teología
    • Biblioteca Almudí
  • Contacto
    • Consultas
    • Colabora
    • Suscripciones
    • Contactar
  • Buscador
  1. Noticias antiguas
  2. "Desde el punto de vista del derecho, no existe impedimento para la boda del Príncipe Felipe"

Noticias antiguas

"Desde el punto de vista del derecho, no existe impedimento para la boda del Príncipe Felipe"

Expirado
Almudi.org Cuestión jurídica sobre la futura boda de S.A.R. el Príncipa Doctrina canónica a propósito de la Boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias POR SU INTERÉS, REPRODUCIMOS ÍNTEGRA UNA NOTA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN DE LA DIÓCESIS DE MADRID, EN LA QUE EL ASESOR JURÍDICO-CANÓNICO DEL ARZOBISPADO EXPLICA CUESTIONES SOBRE LA FUTURA BODA DE S.A.R. EL PRÍNCIPE FELIPE CON LETIZIA ORTIZ. "Ante las reiteradas demandas de información acerca de cuáles son los ... Almudi.org Cuestión jurídica sobre la futura boda de S.A.R. el Príncipa

Doctrina canónica a propósito de la Boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias

POR SU INTERÉS, REPRODUCIMOS ÍNTEGRA UNA NOTA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN DE LA DIÓCESIS DE MADRID, EN LA QUE EL ASESOR JURÍDICO-CANÓNICO DEL ARZOBISPADO EXPLICA CUESTIONES SOBRE LA FUTURA BODA DE S.A.R. EL PRÍNCIPE FELIPE CON LETIZIA ORTIZ.

"Ante las reiteradas demandas de información acerca de cuáles son los artículos del Código de Derecho Canónico que permiten celebrar por el rito católico en la Catedral de Santa María la Real de la Almudena de Madrid la boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias con la divorciada Doña Leticia Ortiz Rocasolano, el Asesor Jurídico-canónico del Arzobispado de Madrid, Roberto Serres López de Guereñu, declara lo siguiente:

La legislación canónica aplicable al caso es la contenida en los cánones 1055 y 1058. El primero de ellos establece un principio básico de la doctrina matrimonial de la Iglesia, según el cual entre bautizados no puede haber contrato matrimonial válido que no sea sacramento.

En el caso de un bautizado en la Iglesia Católica, sometido a su ordenamiento canónico (can. 11; can. 1059), ha de contraer matrimonio en forma canónica para que se produzca la realidad matrimonial como contrato y como sacramento (can. 1108). El matrimonio meramente civil de los católicos es un matrimonio celebrado sin forma canónica y, por tanto, inexistente, en su doble dimensión inseparable de contrato matrimonial y sacramento del matrimonio.

Por consiguiente, no produce el impedimento de vínculo, que sólo se origina del matrimonio válido (can. 1085), por lo que la persona sigue siendo libre para contraer matrimonio canónico. El canon 1058, por su parte, establece que "pueden contraer matrimonio todos aquellos a quienes el derecho no se lo prohíbe".

En el caso presente, no hay ningún impedimento canónico, como acabo de señalar, para contraer matrimonio, por lo que la persona tiene derecho al mismo, siempre que acepte rectamente el matrimonio canónico, de lo que queda constancia en el expediente matrimonial previo que se realiza al efecto.

Todo esto es aplicable a cualquier católico, y de hecho se ha aplicado en otros casos idénticos, por lo que no significa privilegio alguno o acepción de personas desde el punto de vista del derecho.

Lo que la doctrina de la Iglesia pone de manifiesto es la irrelevancia canónica del matrimonio meramente civil de los católicos, que no les permite acceder al verdadero estado matrimonial, querido por el Creador desde el principio, y al que sólo pueden llegar aceptando el matrimonio canónico, sin que suponga un obstáculo insalvable la ceremonia civil que se realizó, ya que ésta no tiene la eficacia de crear un vínculo matrimonial entre ellos".

Madrid 11/11/2003

Agenciaveritas.com

Colabora con Almudi

Quiero ayudar
ARTÍCULOS
  • Ratzinger y Polo, dos pensadores a la altura de nuestro tiempo
    Alberto Sánchez León
  • Fundamentos bíblicos de la devoción al Corazón de Jesús
    Cristóbal Sevilla Jiménez
  • La belleza salvará al mundo; me salvó a mí
    Dominic Tanzillo
  • La intervención estatal, la regulación económica y el poder de policía
    Leonardo F. Massimino
  • Historias para reconciliar. Una metodología basada en Storytelling
    Sindy Paola Cortés Barrios, Mario Fernando Guerrero Gutiérrez y Heidy Milena Díaz Martínez
  • Una crítica sustancial del marxismo
    Jorge Uscatescu
  • “Experiencias de Dios” en la vida cotidiana
    Trinidad León
  • La importancia de ser humano
    Jorge V. Arregui
  • «Bodas de sangre» y sus elementos trágicos
    Luis González del Valle
  • Acontecer y acontecimiento en Nietzsche
    Luis Eduardo Gama Barbosa
  • Importancia de la familia en Perú: Un análisis de la realidad a partir de datos estadísticos
    Jorge Rafael Diaz Dumont
  • Palabra de Dios, palabra del hombre
    Martín Gelabert Ballester
  • Libertad y dignidad de la persona humana
    Martín Kriele
  • Bases fundamentales de la cultura de paz
    Egla Cornelio Landeroa
  • Viktor Frankl a la mujer y al hombre de hoy
    Wenceslao Vial
MÁS ARTÍCULOS

Copyright © Almudí 2014
Asociación Almudí, Pza. Mariano Benlliure 5, entresuelo, 46002, Valencia. España

  • Aviso legal
  • Política de privacidad