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Educación para la Ciudadanía (EpC): la justicia asoma por Bollullos del Condado

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Bollullos del Condado ha sido un lugar con un nombre sonoro, bien conocido entre los andaluces. Quizá desde hoy será aún más conocido

El lugar se llama "Bollullos par del Condado" porque históricamente no perteneció al Condado de la Niebla, en Huelva, sino que fue señorío de los Duques de Medina Sidonia. De ahí lo de par, que tiene el sentido de estar a la altura o al lado de...

Hoy Bollullos es de nuevo "par": es noticia porque esta vez está a la altura y al lado de la justicia.

Así, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido por primera vez el derecho (de unos padres de Bollullos del Condado) a objetar contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC), dado que "emplea conceptos de indudable Almudi.org - Bollullos par del Condadotrascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales".

Aquí hemos hablado en varias ocasiones de este candente asunto, también en lo que tiene de escándalo para la vida pública de la ciudadanía, que con la EpC está viendo cómo es desaforadamente coartada la libertad nativa que tiene cada familia (y no el Estado) para decidir qué educación recibe su prole.

Desde Profesionales por la Ética, que han batallado largo y tendido este asunto, llega la noticia:

El Tribunal Superior ha aplicado correcta e íntegramente la jurisprudencia más vanguardista del Tribunal Europeo de Derechos Humanos al reconocer la objeción de conciencia educativa, sin entrar en enjuiciamientos de naturaleza ideológica. Con justeza entiende que el interés público consiste, precisamente, en garantizar los derechos, lo que “justifica la existencia del Estado y sus potestades”. Esta afirmación del órgano judicial es toda una declaración de principios sobre el comportamiento debido de un Estado que, como en este caso, olvida que su poder está al servicio de los ciudadanos y de las familias.

En términos prácticos, a partir de ahora, la Administración educativa, tanto estatal como autonómica, deberá forzosamente reconocer la realidad de la objeción de conciencia como un derecho constitucional de los padres, tendrá que eximir a los estudiantes de padres objetores de asistir a clase de Educación para la ciudadanía, y habrá de hacer constar en su expediente que no son evaluados de la asignatura.

Algunos periódicos dan noticia de éste asunto, crucial para una democracia cívica, bajo estos titulares:

* El Mundo, El TSJA reconoce el derecho a objetar ante Educación para la Ciudadanía

* El País, El máximo tribunal andaluz reconoce la objeción a la Educación para la Ciudadanía

* El Imparcial, La Justicia permite objetar Educación para la Ciudadanía

* Gaceta de los Negocios, Andalucía reconoce el derecho a objetar a EpC

* El Confidencial, El TSJA reconoce el derecho a objetar ante una asignatura "ideológica"

* La Vanguardia, Golpe judicial a la asignatura de Educación para la Ciudadanía

* Público, "La Abogacía del Estado estudia recurrir la sentencia sobre Ciudadanía"

El TSJA andaluz ha confirmado ahora el derecho de unos padres de Bollullos del Condado (Huelva) a que su hijo no curse la asignatura ni sea evaluado, lo que ya les reconoció en enero pasado en un auto de medidas provisionales.

Veremos qué sucede con los recursos al Supremo que anuncian la Junta de Andalucía y el Ministerio de Educación: siguen empeñados en esta particular "ley del embudo" del socialismo metido a formador (manipulador) de las conciencias de las jóvenes personas que se les pongan involuntariamente a tiro, siguiendo los criterios ideológicos del partido.

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