Almudi.org
  • Inicio
  • Libros
  • Películas
    • Estrenos de CINE
    • Estrenos de DVD - Streaming
    • Series de TV
  • Recursos
    • Oración y predicación
    • La voz del Papa
    • Infantil
    • Documentos y libros
    • Opus Dei
    • Virtudes
    • Kid's Corner
  • Liturgia
    • Misal Romano
    • Liturgia Horarum
    • Otros Misales Romanos
    • Liturgia de las Horas
    • Calendario Liturgico
    • Homilías de Santa Marta
  • Noticias
  • Almudi
    • Quiénes somos
    • Enlaces
    • Voluntariado
    • Diálogos de Teología
    • Biblioteca Almudí
  • Contacto
    • Consultas
    • Colabora
    • Suscripciones
    • Contactar
  • Buscador
  • Noticias antiguas
  • Del Estado confesional a la Iglesia estatal

Noticias antiguas

Del Estado confesional a la Iglesia estatal

  • Imprimir
  • PDF
Lo que se quiere imponer es una aceptación incondicional

Gaceta de los Negocios

Por fin los homosexuales podrán casarse por la Iglesia... luterana de Noruega! No es que esta Iglesia haya tomado tal decisión. Es el Parlamento el que acaba de aprobar una ley de matrimonios gays, que los equipara en todo con los matrimonios entre hombre y mujer. Pero como Noruega, al igual que otros países nórdicos, tiene una Iglesia estatal, la Iglesia Nacional de Noruega se verá obligada a oficiar bodas gays. De donde se deduce que el camino más directo para que los gays puedan casarse en la iglesia es que no haya separación entre la Iglesia y el Estado.Almudi.org - César

Hasta ahora creíamos que el camino de la modernidad pasaba por la independencia de la Iglesia y del Estado, de modo que ni la Iglesia pretendiera imponer sus doctrinas a todos a través de las leyes civiles, ni el Estado se arrogara el derecho a exigir sus criterios en las actividades de la Iglesia. Pero sólo la primera parte ha resultado ser verdad.

La laicidad que le ha seguido no es un problema para los grupos religiosos, siempre que se respete la libertad religiosa de los ciudadanos. La idea de prohibir toda discriminación por razón de la orientación sexual se introdujo en las leyes en nombre del pluralismo y de la libertad. Pero, poco a poco, lo que se presentaba como un signo de libre opción empieza a manifestar su intolerancia frente a quienes hacen otras opciones. Después de la legalización del matrimonio gay en Massachusetts, el Parlamento del estado rehusó reconocer una exención por motivos religiosos a la agencia católica de adopciones para que concediera niños en adopción sólo a parejas de padre y madre.

Lo mismo ha ocurrido en el Reino Unido, donde las agencias católicas pidieron que se les dejara seguir sus propios criterios en las adopciones. En otros casos se discute la posibilidad de seleccionar al cliente en una actividad privada, aunque éste pueda dirigirse a otros proveedores. Así, en el Tribunal Supremo de California se ha celebrado una demanda planteada por una lesbiana que se considera discriminada porque se le negó la inseminación artificial en una clínica privada. Los médicos del North Coast Women’s Care Group rechazaron dar tal tratamiento a la mujer invocando sus convicciones sobre lo que debe ser la maternidad. Aún no ha habido sentencia sobre el caso. Organizaciones profesionales y religiosas han presentado alegaciones por el precedente legal que se podría crear.

Hasta en la selección de personal en instituciones religiosas empieza a meter las narices el Estado. El pasado enero la Asamblea legislativa de Colorado aprobó un proyecto de ley, en virtud del cual las instituciones caritativas de la Iglesia que reciben fondos públicos no podrán seleccionar a su personal teniendo en cuenta sus convicciones religiosas. Con la misma lógica, tampoco Greenpeace podría descartar a un activista pro energía nuclear que quisiera trabajar en la organización. Otra posible fuente de conflictos proviene de los intentos de aplicar en la organización de la Iglesia leyes pensadas para otros ámbitos. Por ejemplo, en España hay algunos apóstatas a machamartillo que no se conforman con dejar de ir a la iglesia, sino que recurren a la Agencia de Protección de Datos para pedir que se anule su inscripción en los libros parroquiales. Algunas diócesis han respondido que esos datos son de carácter histórico —si uno se ha bautizado o casado allí no hay modo de cancelar esos hechos— y no entran en el ámbito de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, como ocurre con un mailing de clientes. Pero los apóstatas creen firmemente en el gesto de cancelación como si fuera un exorcismo laico.

En último término, estas tendencias son un reflejo de lo que Benedicto XVI viene llamando la “dictadura del relativismo”. No se trata ya de una sociedad plural, donde los distintos agentes sociales pueden ofrecer sus doctrinas y sus servicios de acuerdo con sus convicciones. Lo que se quiere imponer —con las leyes, con la distribución de fondos públicos, con la presión mediática— no es el respeto a otras opciones, sino su aceptación incondicional. Una actitud que consagraría como nueva regla de oro, “dad al César lo que es del César y a Dios lo que no moleste al César”.

Colabora con Almudi

Quiero ayudar
ARTÍCULOS
  • La «cooperación orgánica» del sacerdocio común y del sacerdocio ministerial en las Prelaturas personales
    José R. Villar
  • Eucaristía y sacerdocio
    Fernando Ocáriz
  • La Pedagogía del Amor y la Ternura: Una Práctica Humana del Docente de Educación Primaria
    César Enrique López Arrillaga
  • Mons. Álvaro del Portillo y el Concilio Vaticano
    Card. Julián Herranz
  • Una nueva primavera para la Iglesia
    Benedictus.XVI
  • El mensaje y legado social de san Josemaría a 50 años de su paso por América
    Mariano Fazio
  • El pecado: Negación consciente, libre y responsable al o(O)tro una interpretación desde la filosofía de Byung-Chul Han
    Juan Pablo Espinosa Arce
  • El culto a la Virgen, santa María
    Gaspar Calvo Moralejo
  • Ecumenismo y paz
    José Carlos Martín de la Hoz
  • Verdad y libertad I
    Eudaldo Forment
  • La razón, bajo sospecha. Panorámica de las corrientes ideológicas dominantes
    Benigno Blanco
  • La «experiencia» como lugar antropológico en C. S. Lewis IV
    Mª Dolores Odero
  • La «experiencia» como lugar antropológico en C. S. Lewis III
    Mª Dolores Odero
  • La «experiencia» como lugar antropológico en C. S. Lewis II
    Mª Dolores Odero
  • La «experiencia» como lugar antropológico en C. S. Lewis I
    Mª Dolores Odero
MÁS ARTÍCULOS

Copyright © Almudí 2014
Asociación Almudí, Pza. Mariano Benlliure 5, entresuelo, 46002, Valencia. España

  • Aviso legal
  • Política de privacidad